Contenido y duración del contrato de trabajo
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 03/12/2020
Empresario
El empresario persona física
- Cualquier persona física mayor de 18 años que poseyendo capacidad de obrar plena contrate a un trabajador.
- En el supuesto de menores de 18 y mayores de 16 años, sólo podrán contratar trabajadores si se encuentran independizados de sus padres y cuenten con la autorización de su tutor legal (ART. 314 Código Civil).
Respecto al empresario persona jurídica, ha de estarse a las siguientes reglas (art. 35-38Código Civil):
- La persona jurídica válidamente constituida puede celebrar contratos de trabajo como empresario .
- Las personas jurídicas privadas, de carácter asociativo (mercantiles y civiles), han de contraer representantes en la forma prevista en el contrato de sociedad o en los estatutos.
- Las personas jurídicas públicas y las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público contratarán representares en la forma prevista en sus normas ordenadoras.
- Las anteriores reglas sobre capacidad negocial presuponen la existencia de personalidad jurídica en el empresario social; personalidad que depende de la válida constitución del ente social.
- La celebración de contratos de trabajo por los representantes de las personas jurídicas excediendo los poderes concedidos en estatutos o escritura fundacional podrían servir en base a declaraciones indemnizatorias y acciones de anulabilidad frente a los negocias no autorizados estatutariamente.
Personas trabajadora
- Todas aquellas personas, mayores de 16 años, que no tengan privada su capacidad de obrar por medio de sentencia judicial.
- En el caso de los menores de 16 años y previa autorización de sus representantes legales, se les permite participar en espectáculos públicos de mantenerse a salvo su integridad física y psicológica.
- Por otra parte, la legislación vigente establece limitaciones para los menores de 18 años para trabajos en horario nocturno, realización de horas extraordinarias o la realización de servicios en puestos de trabajo declarados insalubres, penosos o nocivos que puedan afectar de forma directa o indirecta a su desarrollo.
El contrato no tendrá validez aunque se den todos y cada uno de los requisitos necesarios para ello, si es celebrado con falta de consentimiento, bajo amenazas o coacciones, o cuando el mismo tuviese por objeto la realización de servicios ilegales o imposibles. Del mismo modo, la naturaleza de los contratos no se determina por la denominación que le otorgan las partes sino por la realidad de las funciones que en su virtud tengan lugar, por ello si estas funciones entran dentro de lo previsto en el art. 1.1Estatuto de los Trabajadores, el contrato tendrá índole laboral cualquiera que sea el nombre que los contratos le dieran. STSJ Madrid, 157/2002, de 5 de abril
En un plano comunitario, el concepto de trabajador ha sido definido por la STJUE (Sala Primera) de 11 de abril de 2019 (asunto C-603/17), atendiendo a los criterios objetivos que deriven de los derechos y deberes de las partes en la relación, de modo que la persona realice, durante un cierto tiempo, en favor de otra y bajo la dirección de ésta, ciertas prestaciones a cambio de las cuales percibe una remuneración.
Contenido del contrato
El empresario debe facilitar al trabajador unos criterios básicos en el contrato por escrito (salvo en los supuestos de las relaciones laborales especiales del servicio del hogar familiar y los presos de instituciones penitenciarias). Los aspectos fundamentales que, con carácter general, deben aparecer en el contrato de trabajo son:
- La identidad de las partes que firman el contrato.
- La fecha de comienzo de la relación laboral.
- La duración previsible del contrato (en caso de un contrato temporal).
- El domicilio del centro de trabajo o empresa el donde prestará su relación laboral el trabajador.
- La categoría profesional del puesto que va a desempeñar el trabajador o, en su defecto, una descripción resumida del mismo.
- El salario base inicial y sus complementos.
- La periodicidad con que se devengará el salario.
- La distribución y duración de la jornada de trabajo.
- La duración de las vacaciones.
- Los plazos de preaviso en el supuesto de extinción del contrato.
- El Convenio Colectivo aplicable en cada supuesto.
- Pactos entre trabajador y empresa (Pacto de no competencia postcontractual, Pacto contractual de dedicación exclusiva o plena dedicación, Pacto de permanencia en la empresa, etc.). STS, Rec. 476/2008, de 29 de enero de 2009
- La interpretación de un contrato o de una cláusula contractual es facultad privativa del Tribunal de instancia, a no ser que esta sea ilógica, arbitraria o vulneradora de las normas legales, sin que pueda sustituirse el criterio del tribunal objetivo e imparcial, por el subjetivo e interesado del recurrente. STSJ Comunidad Valenciana, de 04 de mayo 1999
Exclusiones y excepciones
Quedarán excluidos de la aplicación del Estatuto de los Trabajadores, y por lo tanto de todas características citadas para el contrato de trabajo (art. 1.3ET):
1.- La relación de servicio de los funcionarios públicos, así como la del personal al servicio del Estado, las Corporaciones locales y las Entidades Públicas Autónomas.
- Estas relaciones se regularán por el Estatuto de la Función Pública o por normas administrativas o estatutarias.
2.- Las prestaciones personales obligatorias
- a) Trabajos que determinadas personas se ven obligados a realizar, so pena de perder los beneficios que disfrutan o de que les impongan una sanción.
- b) Poseen esta consideración: el extinguido servicio militar o prestación social sustitutoria, todo trabajo de colaboración que el SEPE podrá exigir a aquellos trabajadores desempleados beneficiarios de la Prestación contributiva por desempleoo el Subsidio por desempleo (Prestación por desempleo a nivel asistencial)de Prestación por desempleo.
3.- La actividad que se limite al Encuadramiento en la Seguridad Social de administradores y socios en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad y siempre que su actividad en la empresa sólo comporte la realización de cometidos inherentes a tal cargo.
4.- Los trabajos realizados a Características de los trabajos amistosos, benévolos o de buena vecindad.
- Estos "servicios" se prestan sin ningún tipo de obligaciones jurídicas al no haber contrato de trabajo.
5.- Los Contratación de familiares
- a) Salvo prueba de la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo.
- b) Se considerarán familiares aquellas personas que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción. STSJ Castilla-La Mancha, de 25/01/2000
- c) La remuneración de las actividades no implica la inclusión en el ámbito del Estatuto de los Trabajadores.
6.- La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, siempre que queden personalmente obligados a responder del buen fin de la operación asumiendo el riesgo y ventura de la misma.
7.- Todo trabajo que se efectúe en relación distinta a la de los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.
No hay versiones para este comentario
- Novedades laborales y de Seguridad Social
- Reforma laboral 2022
- Reforma de las pensiones 2022
- Medidas laborales y de seguridad social por COVID-19
- Contratación laboral
- Contenido del contrato de trabajo ESTOY AQUÍ
- Precontrato laboral
- Formalización del contrato de trabajo
- Periodo de prueba
- Elementos del contrato de trabajo
- Comunicación del contenido de los contratos/copias básicas
- Centro de trabajo
- Pactos y cláusulas
- Tipos de contratos y sus características
- Medidas de fomento a la contratación
- Empresas de Trabajo Temporal/Agencias de colocación
- Actividades excluidas del contrato de trabajo
- Modificación, suspensión, nulidad y extinción del contrato de trabajo
- Seguridad Social
- Jornada Laboral
- Salario y régimen retributivo
- Negociación colectiva y Conflictos colectivos
- Economía social
- Infracciones y sanciones laborales
- Prevención de riesgos laborales
- Derecho Procesal Laboral
- Contingencias profesionales
- Nuevas tecnologías en el ámbito laboral
Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 206 Fecha de Publicación: 25/07/1889 Fecha de entrada en vigor: 25/07/1889 Órgano Emisor: Presidencia Del Consejo De Ministros
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 255 Fecha de Publicación: 24/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 13ª. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- D.T. 12ª. Salarios de tramitación.
- Precontrato laboral
- Formalización del contrato de trabajo
- Periodo de prueba
- Elementos del contrato de trabajo
- Comunicación del contenido de los contratos/copias básicas
- Centro de trabajo
- Pactos y cláusulas
-
Sentencia Supranacional Nº C-175/99, TJUE, 26-09-2000
Orden: Supranacional Fecha: 26/09/2000 Tribunal: Tribunal De Justicia De La Union Europea Ponente: Moitinho De Almeida Num. Sentencia: C-175/99
-
Sentencia CIVIL Nº 791/2019, AP - Cordoba, Sec. 1, Rec 929/2019, 22-10-2019
Orden: Civil Fecha: 22/10/2019 Tribunal: Ap - Cordoba Ponente: Villamor Montoro, Pedro Roque Num. Sentencia: 791/2019 Num. Recurso: 929/2019
-
Sentencia CIVIL Nº 21/2018, AP - Madrid, Sec. 20, Rec 908/2016, 24-01-2018
Orden: Civil Fecha: 24/01/2018 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: Rodilla Rodilla, Maria Del Carmen Num. Sentencia: 21/2018 Num. Recurso: 908/2016
-
Sentencia Social TSJ Andalucia, 15-12-1999
Orden: Social Fecha: 15/12/1999 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: Lopez Delgado, Antonio
-
Sentencia CIVIL Nº 287/2018, AP - Barcelona, Sec. 18, Rec 1206/2017, 04-04-2018
Orden: Civil Fecha: 04/04/2018 Tribunal: Ap - Barcelona Ponente: Perez Tormo, Maria Jose Num. Sentencia: 287/2018 Num. Recurso: 1206/2017
-
Tipos de pactos y cláusulas adicionales al contrato de trabajo
Orden: Laboral Fecha última revisión: 04/02/2022
Las partes de una relación laboral pueden formalizar, por voluntad de ambas o unilateralmente, cláusulas adicionales y pactos al contrato de trabajo.Pactos y cláusulas adicionales en el contrato laboralA pesar de la regulación específica de alg...
-
Régimen Especial del Personal civil en establecimientos militares
Orden: Laboral Fecha última revisión: 14/12/2012
El trabajo del personal civil no funcionario en los establecimientos militares se regula en el vigente Real Decreto 2205/1980, de 13 de junioEl Estatuto de los Trabajadores aprobado por la Ley 8/1980, de 10 de marzo, en su disposición final séptim...
-
Exigencia de forma escrita del contrato de trabajo
Orden: Laboral Fecha última revisión: 13/01/2022
Según el art. 8.2 ET es obligatorio formalizar el contrato de trabajo por escrito en las siguientes modalidades:Contratos formativos.Contratos a tiempo parcial.Contratos de fijos-discontinuos.Contratos de relevo.Contratos por tiempo determinado.Co...
-
Prestaciones personales obligatorias excluidas del ámbito laboral
Orden: Laboral Fecha última revisión: 10/06/2021
El apdo. 3 b), art. 1Estatuto de los Trabajadores, excluye del ámbito laboral las denominadas prestaciones personales obligatorias a las que una persona puede venir obligado por expresa disposición de una ley. Falta en ellas una nota esencial del ...
-
Derechos en materia laboral
Orden: Laboral Fecha última revisión: 28/10/2015
El Estatuto de los Trabajadores y los Convenios Colectivos de cada empresa establecen derechos y deberes tanto para los empresarios como para los trabajadores (Art. 4-Art. 5-Art. 8-Art. 19-Art. 20-21-Art. 29 ,ET, Art. 1-5 ,LOLS.Derechos y obligacion...
-
Estatutos de una Asociación (CATALUÑA)
Fecha última revisión: 24/05/2016
NOTA: Las disposiciones de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro III del Código Civil de Cataluña se aplican a:a) Las asociaciones que ejerzan sus funciones mayoritariamente en Cataluña, salvo que estén sometidas a una regulación propia q...
-
Contrato de trabajo de personal civil de establecimientos militares
Fecha última revisión: 06/04/2018
En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [ANIO]. De una parte, el [ORGANISMO], representado por D/ Dña. [NOMBRE], mayor de edad, con domicilio en [DOMCILIO], y con DNI núm. [DNI], en su calidad de [ESPECIFICAR]Y de otra, D/ Dña. [NOMBRE_TRABAJADORA_A], ma...
-
Formulario de escrito de contestación a requerimiento tributario aportando datos o documentos
Fecha última revisión: 19/12/2017
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ADMINISTRACIÓN DE LA A.E.A.T. DE [LUGAR]ÓRGANO COMPETENTE [ESPECIFICAR] Don/Doña [NOMBRE] mayor de edad, con NIF [NIF] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en nombre p...
-
Constitución y estatutos de una asociación
Fecha última revisión: 19/05/2016
NOTA: Una asociación es una unión organizada de una pluralidad de personas, de la cual resulta un organismo social que es independiente de esas personas que lo integran. Una vez constituida la asociación, es necesario determinar las normas de ...
-
Demanda individual para la impugnación de ERTE por suspensión temporal de contratos
Fecha última revisión: 09/02/2022
AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [LOCALIDAD]/ A LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL DE [LOCALIDAD]/A LA SALA DE LO SOCIAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL DE [LOCALIDAD] (1)D./D.ª [NOMBRE] en calidad [LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL] y representante de D./D.ª [NOMBR...
-
Caso práctico: ¿Cómo se implementan los nuevos apoderamientos de la Seguridad Social?
Fecha última revisión: 23/04/2021
-
Caso práctico: Jubilación parcial. Exigencia de que el trabajador relevista ocupe el mismo o similar puesto de trabajo del que accede a la jubilación parcial.
Fecha última revisión: 21/04/2016
-
Caso práctico: La persona jurídica. Capacidad de obrar plena en el ámbito patrimonial y limitada en el extrapatrimonial
Fecha última revisión: 09/05/2022
-
Caso práctico: ¿A qué puede hacer referencia la palabra persona en el Derecho?
Fecha última revisión: 15/11/2012
-
Caso práctico: Cuestiones sobre las asociaciones, ¿podría una persona jurídica formar parte de la Asamblea General de una asociación? ¿Puede el patrimonio estar compuesto por una herencia?¿Puede ésta repudiarse?
Fecha última revisión: 21/10/2014
PLANTEAMIENTOEn la orden Orden ISM/189/2021, de 3 de marzo, por la que se regula el Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social, art. 4.2 se establece que podrán ser apoderados las personas físicas que ostenten capacidad de obra...
PLANTEAMIENTOAnálisis de la exigencia de que el trabajador relevista ocupe el mismo o similar puesto de trabajo del que accede a la jubilación parcial.Un trabajador con la categoría profesional de Gestor de Ventas- Supervisor, en el grupo profes...
PLANTEAMIENTOEn cuanto a las personas jurídicas, ¿tienen capacidad de obrar plena en el campo patrimonial? ¿y en el campo extrapatrimonial?RESPUESTALas personas jurídicas en el campo patrimonial tienen capacidad de obrar plena, mientras que en ...
PLANTEAMIENTO Cuando intervienen personas en el tráfico jurídico, ¿únicamente puede referirse a personas individuales?RESPUESTA No.ANÁLISIS En Derecho, no sólo se considera persona a los seres humanos, que son denominados personas física...
PLANTEAMIENTO1.- ¿Qué personas pueden constituir asociaciones y formar parte de las mismas?2.-¿Podría una persona jurídica formar parte de la Asamblea General de una asociación? 3.- ¿Podría el patrimonio de una asociación estar compuesto po...
-
Resolución de TEAF Bizkaia, 12155, 29-05-2009
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 29/05/2009
-
Resolución de TEAF Bizkaia, 12213, 07-08-2009
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 07/08/2009
-
Resolución de TEAF Bizkaia, 013765, 12-02-2016
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 12/02/2016
-
Resolución de TEAC, 00/2476/2004, 14-06-2006
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 14/06/2006 Núm. Resolución: 00/2476/2004
-
Resolución de TEAF Bizkaia, 11747, 07-09-2007
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 07/09/2007