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Cuadro resumen de la extinción de la relación laboral
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 17/01/2022
NOVEDAD
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre (reforma laboral 2022):
- A la finalización del contrato, excepto en los contratos formativos y el contrato de duración determinada por causa de sustitución, la persona trabajadora tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación (nueva redacción del art. 49.1.c) del ET vigente desde 31/12/2021).
- La extinción del nuevo contrato indefinido de obra por motivos inherentes a la persona trabajadora en el sector de la construcción(vigente desde el 31/12/2021) dará lugar a una indemnización del siete por ciento calculada sobre los conceptos salariales establecidos en las tablas del convenio colectivo que resulte de aplicación y que hayan sido devengados durante toda la vigencia del contrato, o la superior establecida por el Convenio General del Sector de la Construcción.
- Con efectos de 30/03/2022:
El contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido.
Desaparecen las antiguas modalidades de contratación temporal de obra o servicio determinado, eventuales y de interinidad y solo podrán celebrarse el contrato de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora.
Se establece un régimen transitorio para los contratos de duración determinada vigentes a 31/12/2021 y los concertados entre el 31/12/2021 y el 30/03/2022 (DD.TT. 3.ª y 4.ª del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre).
Cuadro sinóptico sobre causas de extinción de la relación laboral, preaviso necesario, forma de impugnación, calificación jurídica, indemnización y readmisión, procedencia de salarios de tramitación y derecho a prestación por desempleo
Causas | Preaviso | Impugnación | Calificación | Indemnización/readmisión
| Desempleo |
Despido por motivos disciplinarios
| NO | ACTOS PREVIOS:
conciliación/reclamación previa
DEMANDA DE DESPIDO (20 días hábiles)
JURISDICCION SOCIAL | Procedente | NO | SI |
Improcedente | OPCION EMPRESARIO a) 33 días/año trabajado max. 24 mensualidades b) Readmisión |
a) SI b) NO | |||
Nulo a) General b) Repres. Trabaj.
c) Violación derchs. fundamentales d) Adm. Pública |
a) Readmisión
b) OPCION TRABAJADOR b.1) 33 días/año trabajado max. 24 mensualidades b.2) Readmisión
c) Readmisión + Indemn.
d) OPCION ADM. PÚBLICA d.1) 33 días/año trabajado max. 24 mensualidades* d.2) Readmisión como indefinido |
a) NO b) b.1) SI
b.2) NO
c) NO
d) d.1) SI
d.2) NO | |||
| 15 días | ACTOS PREVIOS: conciliación/reclamación previa DEMANDA DE DESPIDO 20 días hábiles JURISDICCION SOCIAL | Procedente | 20 días/año trabajado max. 12 mensualidades | SI |
Improcedente a) General
b) Fom. Contratación Indefinidad |
a) OPCION EMPRESARIO a.1) 33 días/año trabajado max. 24 mensualidades* a.2) Readmisión
b) OPCION EMPRESARIO b.1) 33 días/año trabajado max. 24 mensualidades b.2) Readmisión |
a) a.1) SI a.2) NO
b) b.1) SI b.2) NO | |||
Nulo | Readmisión | NO | |||
| Periodo de consultas | AUTORIZADO Recurso de Alza (1 mes dsd Resl.) Despido | Autorizado | 20 días/año trabajado max. 12 mensualidades | SI |
NO AUTORIZADO Demanda de despido | Nulo | Readmisión | NO | ||
Extinción del contrato laboral por decisión de las partes
| NO | Se pone fin a la relación laboral de forma voluntaria. | .. | Se establecen libremente las condiciones de la extinción. | NO |
Extinción del contrato de trabajo por causas consignadas válidamente en el mismo | NO | Se pone fin a la relación laboral de forma establecida en contrato | .. | Se establecen libremente las condiciones de la extinción. | SI |
Regulación de los contratos de duración determinada a) Fin contrato b) Anticipadamente | a) Más de 1 año de antigüedad: 15 días b) NO | a) En caso de desacuerdo proceder como desp. discip.
b) Según causa alegada |
… | a) 12 días/año trabajado (excepto en los contratos formativos y el contrato de duración determinada por causa de sustitución) b) Según causa alegada | a) SI
b) Según causa alegada |
Contratos temporales formativos a) Fin contrato b) Anticipadamente | a) Más de 1 año de antigüedad: 15 días b) NO | a) En caso de desacuerdo proceder como desp. discip.
b) Según causa alegada | … | a) No existe indem. para este supuesto [art. 491. b) del ET]
b) Según causa alegada | a) SI
b) Según causa alegada |
Bonificación para la transformación de contratos temporales en indefinidos año 2022 a) Fin contrato b) Anticipadamente |
a) NO
b) NO | a) En caso de desacuerdo proceder como desp. discip.
b) Según causa alegada | … | a) 12 días/año trabajado o acuerdo entre las partes
b) Según causa alegada | a) SI
b) Según causa alegada |
Extinción del contrato laboral por dimisión, abandono o inasistencia al trabajo
| Costumbre (15 días) o según Conv. Colc. | … | … | NO | NO |
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo a) Traslado
b) Sustancial c) Perjuicio formación/menoscabo dignidad
| NO | ACCIÓN INDIVIDUAL a) Ejercicio facultad de rescisión contractual (20 días hábiles) b) Ejercicio facultad de rescisión contractual (20/30 días hábiles). Desde efectividad medida 1 año c) Ejercicio acción extintiva (1 año) ACCIÓN COLECTIVA: medidas de conflicto colectivo (20 días hábiles) |
Rescisión autorizada |
a) 20 días/año trabajado max. 12 mensualidades
b) 20 días/año trabajado max. 9 mensualidades
c) 33 días/año trabajado max. 24 mensualidades |
SI |
Extinción del contrato por incumplimiento grave y culpable del empresario (impago)
| NO | Ejercicio acción extintiva (1 año) | Rescisión autorizada | 33 días/año trabajado max. 24 mensualidades | SI |
Extinción durante el Periodo de prueba en el contrato de trabajo
| NO | .. | .. | .. | SI |
Extinción del contrato de trabajo por muerte, incapacidad o jubilación del trabajador
| NO | … | … | a) Muerte: 15 días de salario b) Jubilación: NO c) IP: NO | a) NO b) NO c) SI |
Extinción del contrato laboral por desaparición, incapacidad o jubilación de las partes
| NO | ACTOS PREVIOS: conciliación/reclamación previa DEMANDA DE DESPIDO 20 días hábiles JURISDICCION SOCIAL | Procedente | 1 mes de salario | SI |
Improcedente (SUBROGACIÓN EMPRESARIAL) | 33 días/año trabajado max. 24 mensualidades | SI | |||
Nulo (Igual despido disciplinario excepto Adm. Publ.) | Igual que el despido disciplinario | Igual que el despido disciplinario | |||
Despido objetivo por extinción de la personalidad jurídica del contratante
| Igual que el despido colectivo | Igual que el despido colectivo | Igual que el despido colectivo | Igual que el despido colectivo | Igual que el despido colectivo |