Cuenta 140. Provisión po...l personal
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Última revisión
02/06/2021

Cuenta 140. Provisión por retribuciones a largo plazo al personal

Tiempo de lectura: 3 min

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Estado: VIGENTE

Orden: contable

Fecha última revisión: 02/06/2021


Cuenta 140: Obligaciones legales, contractuales o implícitas con el personal de la empresa, distintas de las recogidas en las cuentas 146 y 147, sobre las que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento, tales como retribuciones postempleo de prestación definida o prestaciones por incapacidad.

Provisión para retribuciones y otras prestaciones al personal

En esta cuenta 140 "provisión para retribuciones y otras prestaciones al personal" se registran las obligaciones legales, contractuales o implícitas con el personal de la empresa  de las que existe incertidumbre sobre su cuantía o vencimiento, tales como retribuciones post-empleo de prestación definida o prestaciones por incapacidad.

Las provisiones se regulan en la Norma de Registro y Valoración 15ª del PGC, donde establece que la empresa reconocerá como provisiones  los pasivos que  contenidos en el Marco Conceptual 4ª y 5ª de  la contabilidad estableciendo el criterio de pasivo o los criterios de reconocimiento y de registro para incorporar al balance o a la cuenta de pérdidas y ganancias.

La provisión correspondiente a retribuciones a largo plazo de prestación definida será cuantificada teniendo en cuenta los eventuales activos afectos, en los términos recogidos en la Norma de Registro y Valoración 16ª, que regula las retribuciones a largo plazo al personal y otras prestaciones por jubilación o retiro. 

Cabe destacar que de esta cuenta  habrá de figurar en el Pasivo No Corriente, que forma parte del Patrimonio Neto.

El movimiento será el siguiente:

a) Se abonará:

a1) Por las estimaciones de los devengos anuales, con cargo a cuentas del subgrupo 64.

a2) Por el reconocimiento de pérdidas actuariales, con cargo a la cuenta 850, en caso de tratarse de retribuciones postempleo, debiendo cargarse a una cuenta del subgrupo 64 en las restantes retribuciones a largo plazo al personal.

a3) Por el importe de los ajustes que surjan por la actualización de valores, con cargo a la cuenta 660.

a4) Por el importe imputado a la cuenta de pérdidas y ganancias de los costes por servicios pasados, con cargo a la cuenta 6442.

b) Se cargará:

b1) Por la disposición que se realice de la provisión, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

b2) Por el reconocimiento de ganancias actuariales, con abono a la cuenta 950, en caso de tratarse de retribuciones postempleo, debiendo abonarse a una cuenta del subgrupo 64 en las restantes retribuciones a largo plazo al personal.

b3) Por el rendimiento esperado de los activos afectos, con abono a la cuenta 767. b 4) Por el exceso de provisión, con abono a la cuenta 7950.

CUESTIÓN

A finales de año se registran las contribuciones a planes de pensiones internos de los empleados.

Cuenta y ConceptoDebeHaber
6440 Contribuciones anuales5.500 € 
140 Provisión por retribuciones a largo plazo al personal 5.500 €