Cuenta 172. Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados
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Última revisión
03/06/2021

Cuenta 172. Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados

Tiempo de lectura: 2 min

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Estado: VIGENTE

Orden: contable

Fecha última revisión: 03/06/2021


Cuenta 172: Cantidades concedidas por las Administraciones Públicas, tanto nacionales como internacionales, empresas o particulares con carácter de subvención, donación o legado reintegrable, con vencimiento superior a un año.

Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados

La financiación ajena a largo plazo contraída con terceros que no tenga la calificación de partes vinculadas, incluyendo los intereses devengados con vencimiento superior a un año.  En  el caso que las deudas devenguen intereses explícitos con vencimiento suprior a 12 meses, se crearán las cuentas necesarias para identificarlos. Deberán figurar en el balance en la misma partida en la que se incluya el pasivo que los genera. 

En esta cuenta 172 "deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados" se registran aquellas cantidades concedidas por las Administraciones Públicas, nacionales o internacionales, empresas o particulares, con carácter de subvención, donación o legado reintegrable, cuyo vencimiento sea superior a un año.

Una vez que se cumplan las condiciones para ser transformables en subvenciones se regirá por la Norma de Registro y Valoración apartado 18º, que regula las subvenciones, donaciones y legados se contabilizarán como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Las que tengan carácter de reintegrables se registrarán como pasivos y con respecto a la Norma de Registro y Valoración 9ª del PGC que regula los instrumentos financieros y en particular los pasivos financieros,  hasta que tenga la calidad de no reintegrable.

Cabe destacar que de esta cuenta  habrá de figurar en el Pasivo No Corriente, que forma parte del Patrimonio Neto y Pasivo del Balance. 

Será abonada

  • Por las cantidades concedidas a la empresa con cargo, generalmente, a cuentas de los Subgrupos 47 ó 57.

Será cargada:

  • Por cualquier circunstancia que determine la reducción total o parcial de las mismas, con arreglo a los términos de su con cesión, con abono, generalmente, a la cuenta 4758 "HP acreedora por subvenciones a reintegrar"
  • Si pierde su carácter de reintegrable, con abono de su saldo a cuentas 940,941 ó 942 o a cuentas del subgrupo 74.

CUESTIÓN

Una empresa solicitó un préstamo para la adquisición de una nueva furgoneta. Se lo han concedido el 1 de Febrero y espera cumplir los requisitos para que sea considerada como subvención. ¿Cuál será el asiento a realizar en el momento de recepción del dinero?

Cuenta y ConceptoDebeHaber
218 Elementos de transporte20.000 € 
172 Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados 20.000 €

 

 

 

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