Cuenta 510, subcuenta 510... del grupo
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Última revisión
20/05/2016

Cuenta 510, subcuenta 5103. Deudas a corto plazo con entidades de crédito, empresas del grupo

Tiempo de lectura: 2 min

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Relacionados:

Estado: VIGENTE

Orden: contable

Fecha última revisión: 20/05/2016


Detalle del contenido de la cuenta:

En esta cuenta se recoge el importe de las deudas contraídas con entidades de crédito pertenecientes al mismo grupo empresarial por préstamos recibidos y otros débitos, con vencimiento a corto plazo.

Esta cuenta contable se valora de acuerdo a la segunda parte del PGC sobre las Normas de Registro y Valoración apartado 21º. Cabe destacar que esta cuenta  habrá de figurar en el Pasivo Corriente del Balance.  Ver en Cuadro de Cuentas.

NOTA: El PGC especifica que habrá de incluirse, con el debido desarrollo en subcuentas de cinco o más cifras, el importe de las deudas a corto plazo por efectos descontados.

Ver adicionalmente T-62561.

                                   

Cuentas relacionadas:

La “ T-61039 ”.

La " Cuenta 662. Intereses de deudas ".

 

Cargos (1):

Será cargada por el reintegro, total o parcial, al vencimiento; con abono a cuentas del Subgrupo 57.

 

Abonos (1):

Será abonada:

  • b1) En el momento de la formalización de la deuda o préstamo, por el importe recibido, minorado en los costes de la transacción; con cargo por lo general a cuentas del Subgrupo 57.
  • b2) Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente, a la " Cuenta 662. Intereses de deudas ".

 

Casos prácticos:

"Caso práctico: asiento contable sobre concesión y devolución de un préstamo por una entidad de crédito del grupo".

 

(1)  Recordemos que se denomina “cargo” a todo aquel apunte contable anotado en el Debe de la cuenta contable y “abono” a todo aquel apunte contable anotado en el Haber de la cuenta contable.