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26/03/2026
Cuota resultante de la autoliquidación, cuota diferencial y deducciones de la misma (IRPF)
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Tiempo de lectura: 5 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 26/03/2026
La cuota resultante de la autoliquidación es el resultado de aplicar las deducciones previstas en el artículo 79 de la LIRPF.
La cuota diferencial se obtendrá deduciendo de la cuota resultante de la autoliquidación el importe de los pagos a cuenta del ejercicio que corresponda. Además, se podrá aplicar la deducción por maternidad e incremento adicional por gastos de custodia en guarderías o centr...
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