Última revisión
Instrumentos Financieros: Pasivos Financieros
Relacionados:
Estado: VIGENTE
Orden: contable
Fecha última revisión: 10/01/2017
La 14ª Norma de Registro y Valoración del
Se denomina Instrumento financiero a todo aquel contrato que deriva en un activo financiero en una empresa y, de forma coincidente en el tiempo, en un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa. A continuación enfocaremos nuestra atención en el tratamiento contable para la empresa en cuyo caso se derivan en un pasivo financiero.
Aquellos instrumentos financieros emitidos, incurridos o asumidos recibirán la denominación de pasivos financieros, tanto en su totalidad como en una de sus partes, siempre que conforme a su realidad económica signifiquen una obligación contractual directa o indirecta para la empresa de una de las siguientes opciones:
- Entregar cualquier activo financiero.
- Intercambiar activos o pasivos financieros con terceros en condiciones potencialmente desfavorables.
- Cualquier contrato que pueda o vaya a ser liquidado con los instrumentos de patrimonio propio de la empresa, siempre que:
- a) En el caso de que no sea un derivado, obligue o pueda hacerlo, a la entrega de una cantidad variable de sus instrumentos de patrimonio propio.
- b) En el caso de que sea un derivado y pueda o vaya a ser liquidado mediante una forma distinta al intercambio de una cantidad fija de efectivo o de otro activo financiero por una cantidad fija de los instrumentos de patrimonio propio de la empresa; a estos efectos no se incluirán entre los instrumentos de patrimonio propio, aquéllos que sean, en sí mismos, contratos para la futura recepción o entrega de instrumentos de patrimonio propio de la empresa.
Como ejemplos de pasivos financieros detallados en el
- Un instrumento financiero que prevea su recompra obligatoria por parte del emisor.
- Un instrumento financiero que otorgue al tenedor el derecho a exigir al emisor su rescate en una fecha y por un importe determinado o determinable.
- Un instrumento financiero que otorgue al tenedor el derecho a recibir una remuneración predeterminada siempre que haya beneficios distribuíbles.
- En particular, determinadas acciones rescatables y acciones o participaciones sin voto.
Los pasivos financieros, a efectos de su valoración, se clasificarán según las siguientes clases:
- Débitos y partidas a pagar.
- Pasivos financieros mantenidos para negociar.
- Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Además, los pasivos financieros generados como consecuencia de transferencias de activos, en los que la empresa no haya cedido ni retenido sustancialmente sus riesgos y beneficios, se valorarán de manera consistente con el activo cedido.
Debido su longitud, y para facilitar una mejor comprensión, cada uno de los tipos se desarrollará en un apartado propio.