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Cuenta 513. Otras deudas a corto plazo con partes vinculadas
Relacionados:
Detalle del contenido de la cuenta:
En esta cuenta se recoge el importe de las deudas contraídas con partes vinculadas por préstamos recibidos y otros débitos no incluidos en otras cuentas de este subgrupo, con vencimiento no superior a un año.
Cabe destacar que esta cuenta habrá de figurar en el Pasivo Corriente del Balance. Ver en Cuadro de Cuentas.
Ver adicionalmente T-62561.
Subcuentas o cuentas de siguiente orden:
La “ Cuenta 513, subcuenta 5133. Otras deudas a corto plazo con empresas del grupo ”.
La “ Cuenta 513, subcuenta 5134. Otras deudas a corto plazo con empresas asociadas ”.
La “ Cuenta 513, subcuenta 5135. Otras deudas a corto plazo con otras partes vinculadas ”.
Cuentas relacionadas:
La “ Cuenta 163. Otras deudas a largo plazo con partes vinculadas y subcuentas ”.
La " Cuenta 662. Intereses de deudas ".
Cargos (1):
Será cargada por el reintegro, total o parcial, al vencimiento; con abono a cuentas del Subgrupo 57.
Abonos (1):
Será abonada:
- b1) En el momento de la formalización de la deuda o préstamo, por el importe recibido, minorado en los costes de la transacción; con cargo por lo general a cuentas del Subgrupo 57.
- b2) Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente, a la " Cuenta 662. Intereses de deudas ".
Casos prácticos:
"Caso práctico: aspectos contables del socio de una Agrupación de Interés Económico".
"Caso práctico: Intereses de deudas con partes vinculadas".
(1) Recordemos que se denomina “cargo” a todo aquel apunte contable anotado en el Debe de la cuenta contable y “abono” a todo aquel apunte contable anotado en el Haber de la cuenta contable.