Derecho a la negociación colectiva
Ver Indice
»

Última revisión
24/11/2020

Derecho a la negociación colectiva

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min

Relacionados:

Orden: laboral

Fecha última revisión: 24/11/2020


El Derecho a la negociación colectiva se reconoce en el art. 37.1 Constitución Española.

El Derecho a la negociación colectiva se reconoce en el apdo. 1, art. 37 Constitución Española, precepto ubicado en la Sección 2ª , que lleva por rúbrica "De los Derechos y deberes de los ciudadanos"; del Capítulo II, intitulado "Derechos y libertades", del Título Primero de la Constitución, que tiene por denominación "De los Derechos y deberes fundamentales". STC 58/1985, de 30 de abril, FJ 3

La negociación colectiva tiene lugar entre un empleador/es, por un lado, y una o más organizaciones de trabajadores, por el otro; existiendo requisitos legales en relación con los Sujetos legitimados en la negociación de convenios colectivos y una Materias laborales cuya regulación se realiza por Negociación Colectiva sobre las materias negociadas.

Ver

Regulación del derecho a la negociación colectiva.

Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional de los Empleados Públicos

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Disponible

Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

Editorial Colex, S.L.

5.06€

4.81€

+ Información

Plus salarial: Conceptos básicos a conocer
Disponible

Plus salarial: Conceptos básicos a conocer

6.83€

6.49€

+ Información

La negociación colectiva de la industria de los juegos de azar en España
Disponible

La negociación colectiva de la industria de los juegos de azar en España

José Jesús de Val Arnal

14.45€

13.73€

+ Información

Excedencia laboral. Paso a paso
Disponible

Excedencia laboral. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

12.75€

12.11€

+ Información