Ver Indice
»Última revisión
22/05/2024
Derecho de reunión en la CE
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Tema
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Tiempo de lectura: 4 min
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 22/05/2024
El artículo 21 de la Constitución española garantiza el derecho de reunión pacífica sin armas y sin requerir autorización previa. Para reuniones en lugares públicos y manifestaciones, se exige notificación a la autoridad, que solo podrá prohibirlas si hay riesgos para el orden público o la seguridad.
Derecho de reunión
En cuanto al derecho de reunión, la CE dispone en su art. 21:
«1. Se reconoce el d...
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 2 temas
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder