Derecho de reunión en la CE
Ver Indice
»

Última revisión
22/05/2024

Derecho de reunión en la CE

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 4 min

Orden: administrativo

Fecha última revisión: 22/05/2024


El artículo 21 de la Constitución española garantiza el derecho de reunión pacífica sin armas y sin requerir autorización previa. Para reuniones en lugares públicos y manifestaciones, se exige notificación a la autoridad, que solo podrá prohibirlas si hay riesgos para el orden público o la seguridad.

Derecho de reunión

En cuanto al derecho de reunión, la CE dispone en su art. 21:

«1. Se reconoce el d...

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.