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31/03/2026
El informe pericial médico en las reclamaciones por accidente de circulación
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Tiempo de lectura: 6 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 31/03/2026
El artículo 37 de la LRCSCVM, en su apartado 1, comienza diciendo:
«1. La determinación y medición de las secuelas y de las lesiones temporales ha de realizarse mediante informe médico ajustado a las reglas de este sistema».
La figura del informe pericial médico en los accidentes de circulación
El artículo 37 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor ...
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