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20/02/2026
El silencio administrativo
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Tiempo de lectura: 11 min
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 20/02/2026
El silencio administrativo, regulado en la actualidad en los artículos 24 y 25 de la LPAC, se puede definir, siguiendo el Diccionario del español jurídico de la RAE y el CGPJ, como «la estimación o desestimación tácita que la ley anuda al silencio de la Administración respecto de la petición de un ciudadano, una vez transcurrido el plazo legalmente establecido».
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