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02/02/2024

Escala autonómica Impuesto sobre el Patrimonio Comunidad Valenciana

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 02/02/2024


La base liquidable del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) será gravada a los tipos de la escala aprobada por la comunidad autónoma y la Comunidad Valenciana regula dicha escala en su Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas y restantes tributos cedidos. A través de este tema podrá conocerla y descubrir los tipos impositivos que resultarán de aplicación en cada uno de los tramos.


Resumen

En la Comunidad Valenciana, en lo que respecta al tipo de gravamen a aplicar a la base liquidable del impuesto, es preciso estar a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre.

Explicación Técnica

El Impuesto sobre el Patrimonio se regula, fundamentalmente, en la Ley 19/1991, de 6 de junio.

Competencias IP tramo

En la Comunidad Valenciana, en lo que respecta al tipo de gravamen, el artículo 9 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, señala que la cuota íntegra del impuesto se obtendrá aplicando a la base liquidable los tipos de la escala siguiente:

Base liquidable

Hasta euros

Cuota

euros

Resto Base liquidable

Hasta euros

Tipo aplicable

%

0,00

0,00

167.129,45

0,25

167.129,45

417,82

167.123,43

0,37

334.252,88

1.036,18

334.246,87

0,62

668.499,75

3.108,51

668.499,76

1,12

1.336.999,51

10.595,71

1.336.999,50

1,62

2.673.999,01

32.255,10

2.673.999,02

2,12

5.347.998,03

88.943,88

5.347.998,03

2,62

10.695.996,06

229.061,43

En adelante

3,5

Así, la cuota íntegra será el resultado de la siguiente fórmula:

Base liquidable x tipo de gravamen según escala = cuota íntegra 

Ejemplo

Base liquidable: 200.000 euros.

El tramo que corresponde a una base liquidable de 200.000 euros es el comprendido entre 167.129,45 euros y 334.252,88 euros:

  • A los primeros 167.129,45 euros les corresponde una cuota de 417,82 euros

  • Al resto, esto es, 32.870,55 euros (200.000 euros - 167.129,45 euros) ha de aplicarse el tipo aplicable del tramo: 32.870,55 euros x 0,37 por ciento= 121,62 euros.

Cuantía resultante: 417,82 euros + 121,62 euros = 539,44 euros.

aplicación escala



A TENER EN CUENTA. La D.T. 4ª de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, relativa a la escala autonómica del IP aplicable a los devengos producidos en los años 2023 y 2024, ha quedado derogada por la Ley 7/2023, de 26 de diciembre, con entrada en vigor el 31 de diciembre de 2023.



Referencia Normativa

Artículos 25, 31 y 47 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre.

Artículo 9 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre.

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