Última revisión
Escala autonómica Impuesto sobre el Patrimonio Comunidad Valenciana
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 02/02/2024
La base liquidable del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) será gravada a los tipos de la escala aprobada por la comunidad autónoma y la Comunidad Valenciana regula dicha escala en su Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas y restantes tributos cedidos. A través de este tema podrá conocerla y descubrir los tipos impositivos que resultarán de aplicación en cada uno de los tramos.
Resumen
En la Comunidad Valenciana, en lo que respecta al tipo de gravamen a aplicar a la base liquidable del impuesto, es preciso estar a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre.
Explicación Técnica
El Impuesto sobre el Patrimonio se regula, fundamentalmente, en la Ley 19/1991, de 6 de junio.
En la Comunidad Valenciana, en lo que respecta al tipo de gravamen, el artículo 9 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, señala que la cuota íntegra del impuesto se obtendrá aplicando a la base liquidable los tipos de la escala siguiente:
Base liquidable Hasta euros | Cuota euros | Resto Base liquidable Hasta euros | Tipo aplicable % |
---|---|---|---|
0,00 | 0,00 | 167.129,45 | 0,25 |
167.129,45 | 417,82 | 167.123,43 | 0,37 |
334.252,88 | 1.036,18 | 334.246,87 | 0,62 |
668.499,75 | 3.108,51 | 668.499,76 | 1,12 |
1.336.999,51 | 10.595,71 | 1.336.999,50 | 1,62 |
2.673.999,01 | 32.255,10 | 2.673.999,02 | 2,12 |
5.347.998,03 | 88.943,88 | 5.347.998,03 | 2,62 |
10.695.996,06 | 229.061,43 | En adelante | 3,5 |
Así, la cuota íntegra será el resultado de la siguiente fórmula:
Base liquidable x tipo de gravamen según escala = cuota íntegra |
Ejemplo
Base liquidable: 200.000 euros.
El tramo que corresponde a una base liquidable de 200.000 euros es el comprendido entre 167.129,45 euros y 334.252,88 euros:
- A los primeros 167.129,45 euros les corresponde una cuota de 417,82 euros.
- Al resto, esto es, 32.870,55 euros (200.000 euros - 167.129,45 euros) ha de aplicarse el tipo aplicable del tramo: 32.870,55 euros x 0,37 por ciento= 121,62 euros.
Cuantía resultante: 417,82 euros + 121,62 euros = 539,44 euros.
A TENER EN CUENTA. La D.T. 4ª de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, relativa a la escala autonómica del IP aplicable a los devengos producidos en los años 2023 y 2024, ha quedado derogada por la Ley 7/2023, de 26 de diciembre, con entrada en vigor el 31 de diciembre de 2023.
Referencia Normativa
Artículos 25, 31 y 47 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre.
Artículo 9 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre.