Los estatutos sociales de la Sociedad Responsabilidad Limitada
Temas
Los estatutos sociales de...d Limitada
Ver Indice
»

Última revisión
07/04/2023

Los estatutos sociales de la Sociedad Responsabilidad Limitada

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Orden: mercantil

Fecha última revisión: 07/04/2023


Los estatutos sociales son aquellas normas que han de regir el funcionamiento y la organización de la sociedad, formando parte de la escritura. 

Contenido de los estatutos socialess de la SL

En los estatutos sociales se deberá contener (art. 23 de la LSC)

A TENER EN CUENTA. El artículo 23 de la LSC ha sido modificado por la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, con entrada en vigor el 07/04/2023.

a) La denominación de la sociedad.

b) El objeto social, determinando las actividades que lo integran.

c) El domicilio social.

d) El capital social, las participaciones en que se divida, su valor nominal y su numeración correlativa. En el caso de las sociedades de responsabilidad limitada en régimen de formación sucesiva, en tanto la cifra de capital sea inferior al mínimo fijado en el artículo 4 de la LSC, los estatutos contendrán una expresa declaración de sujeción de la sociedad a dicho régimen. Los Registradores Mercantiles harán constar, de oficio, esta circunstancia en las notas de despacho de cualquier documento inscribible relativo a la sociedad, así como en las certificaciones que expidan.

Si la sociedad fuera de responsabilidad limitada expresará el número de participaciones en que se divida el capital social, el valor nominal de las mismas, su numeración correlativa y, si fueran desiguales, los derechos que cada una atribuya a los socios y la cuantía o la extensión de estos.

e) El modo o modos de organizar la administración de la sociedad, el número de administradores o, al menos, el número máximo y el mínimo, así como el plazo de duración del cargo y el sistema de retribución, si la tuvieren.

f) El modo de deliberar y adoptar sus acuerdos los órganos colegiados de la sociedad.

El art. 28 de la LSC establece que en la escritura y en los estatutos se podrán incluir todos los pactos y condiciones que los socios juzguen conveniente, siempre que no se opongan a las leyes ni contradigan los principios configuradores del tipo social elegido, lo que se entiende como una clara referencia a los principios informadores de la Sociedad de Responsabilidad Limitada.

 

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

El acto de certificación
Disponible

El acto de certificación

José Joaquín Jiménez Vacas

17.00€

16.15€

+ Información

Manual de Derecho societario
Disponible

Manual de Derecho societario

Miguel Ángel Tenas Alós

17.00€

16.15€

+ Información

Conceptos de Derecho administrativo para opositores
Disponible

Conceptos de Derecho administrativo para opositores

Francisco Javier Puentenueva Sánchez

12.75€

12.11€

+ Información

La regulación de las Sociedades Comanditarias por Acciones y Simples
Disponible

La regulación de las Sociedades Comanditarias por Acciones y Simples

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Sociedad de Responsabilidad Limitada
Disponible

Sociedad de Responsabilidad Limitada

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información