Exención en el IVA de gar...a vivienda
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Última revisión
19/12/2023

Exención en el IVA de garajes y trasteros arrendados como anejos a vivienda

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 19/12/2023


El alquiler de un inmueble para su uso exclusivo como vivienda y los garajes y anexos accesorios con los que se alquile estará sujeto y exento del IVA, salvo los supuestos excluidos. Los arrendamientos individuales de garajes, trasteros u otros anexos no estarán exentos y tributarán en IVA

La exención del IVA en caso de alquiler conjunto de vivienda y anexos accesorios a ella

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