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Extensión y límites del derecho de propiedad
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Orden: civil
Fecha última revisión: 05/10/2016
El derecho de propiedad se puede perfilar desde el punto de vista negativo, como son sus límites, puesto que, a pesar de ser un derecho real pleno, no es absoluto. Las principales limitaciones que tiene este derecho son las establecidas por la ley y aquellas que emanan de la no intromisión o respeto del derecho de tercero.
O`Callaghan distingue entre límites y limitaciones. Para este autor los límites son las fronteras, que es el punto normal hasta donde llega el poder del propietario, es decir, el régimen normal de restricciones a que está sometido su poder; por el contrario, las limitaciones proceden de diversas causas y reducen, en casos singulares, el poder que de ordinario (dentro de los límites) tiene el propietario sobre la cosa.
Por tanto, se entiende que los límites, en relación al art. 348 de Código Civil , serán las leyes y también el derecho de tercero.
Se pueden diferenciar varios tipos de límites del derecho de propiedad, que son:
- Límites intrínsecos
- Límites de interés público
- Límites de interés privado
- Prohibiciones de disponer