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19/01/2026
Falsedad, alteración e impugnación del finiquito
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Tiempo de lectura: 9 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 19/01/2026
La falsedad, alteración o firma en blanco con anterioridad a la extinción del finiquito constituye un delito penal contra los derechos de los trabajadores. En caso de falsedad o alteración se exige la suspensión del proceso laboral de reclamación y la interposición de querella criminal en el plazo de 8 días.
El plazo para la impugnación del finiquito es de un año desde el día siguiente a la termina...
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