Forma, contenido y duración del contrato de Especialistas en Ciencias de la Salud
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 09/12/2019
El contrato de trabajo se celebrará por escrito entre el residente (trabajador) y la entidad titular de la unidad docente acreditada para impartir la formación (empleador o empresario). Será necesario su formalización por cuadruplicado debiendo constar los siguientes puntos:
- La identidad de las partes que lo suscriben.
- El domicilio social de la empresa.
- La unidad docente donde se desarrollará el programa de formación y centro al que pertenece o, en su caso, los dispositivos que la integran. Si en la acreditación de la misma se prevé la rotación por más de un centro se hará constar esta circunstancia.
- La convocatoria en la que el residente ha obtenido la plaza.
- La fecha del comienzo de la relación laboral y su duración.
- No podrá establecerse período de prueba.
- El título universitario del residente y el programa de formación que va a cursar.
- Las cuantías de sus retribuciones.
- La jornada laboral.
- La duración de las vacaciones y la modalidad para su atribución y determinación.
- El convenio colectivo que, en su caso, resulte aplicable.
- Diligencias de las renovaciones que en cada caso correspondan según la duración del programa formativo de la especialidad.
Antes de la formalización del contrato, cada residente se someterá a un examen médico para comprobar que no padece enfermedad ni está afectado por alguna limitación, física o psíquica, que sea incompatible con las actividades profesionales que exige el correspondiente programa formativo. El contrato quedará sin efecto si, cumplido el procedimiento previsto en la convocatoria por la que el residente obtuvo la plaza, se resolviese la no superación de dicho examen médico.
Duración de la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud.
1.- La duración del contrato será de un año, renovable por períodos iguales durante el tiempo que dure su programa de formación, siempre que, al final de cada año, el residente haya sido evaluado positivamente por el Comité de evaluación de la especialidad correspondiente. STSJ Castilla y León, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 770/2019 de 5 de julio de 2019
2.- Cuando la extinción del contrato se produzca por las siguientes causas:
- Previstas en el art. 49.1 ET, letras g), h), i) y j).
- Porque la autoridad competente retire a la unidad docente la acreditación para la formación de especialistas.
- Por superación de un periodo de seis meses de suspensión del contrato motivada por fuerza mayor temporal o causas económicas, técnicas organizativas o de producción.
- Por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar definitivamente su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
La Administración sanitaria ofertará a los residentes afectados la posibilidad de continuar su formación como especialistas en otras unidades docentes, suscribiendo nuevos contratos con las entidades titulares de las mismas que darán por válidos los períodos de formación ya realizados y evaluados positivamente en la unidad docente de procedencia. La duración del nuevo contrato podrá ser inferior al año, celebrándose por el tiempo necesario para finalizar el curso que fue interrumpido.
3.- Cuando el residente obtenga una evaluación anual negativa por no alcanzar los objetivos formativos fijados, pero el Comité de evaluación considere que puede alcanzarlos mediante un plan de recuperación específica y programada, el contrato se prorrogará por el período de duración de dicho plan, que deberá realizarse dentro de los tres primeros meses del siguiente año lectivo conjuntamente con las actividades propias de éste, quedando supeditada la prórroga por los restantes nueve meses al resultado de la evaluación de la recuperación.
Esta prórroga de recuperación será también autorizada, finalizado el último año de residencia, si el Comité de evaluación considera posible la recuperación mediante dicho plan.
4.- Cuando la evaluación negativa se deba a la imposibilidad de la prestación de servicios superior al 25 por 100 de la jornada anual como consecuencia de la suspensión del contrato o de otras causas legales, se autorizará la prórroga del contrato por el tiempo necesario para completar el período formativo o su repetición completa, previo informe de la Comisión de docencia correspondiente. La propuesta de repetición será resuelta por el Ministerio de Sanidad y Consumo.
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Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 255 Fecha de Publicación: 24/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 13ª. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- D.T. 12ª. Salarios de tramitación.
Real Decreto 1146/2006 de 6 de Oct (Relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 240 Fecha de Publicación: 07/10/2006 Fecha de entrada en vigor: 08/10/2006 Órgano Emisor: Ministerio De La Presidencia
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Sentencia Social Nº 3473/2010, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1069/2010, 11-05-2010
Orden: Social Fecha: 11/05/2010 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Garcia Ros, Amador Num. Sentencia: 3473/2010 Num. Recurso: 1069/2010
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Sentencia Supranacional Nº C-14/09, TJUE, 04-02-2010
Orden: Supranacional Fecha: 04/02/2010 Tribunal: Tribunal De Justicia De La Union Europea Ponente: Cunha Rodrigues Num. Sentencia: C-14/09
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Sentencia Social Nº 3943/2008, TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2963/2005, 16-10-2008
Orden: Social Fecha: 16/10/2008 Tribunal: Tsj Galicia Ponente: Yebra-pimentel Vilar, Pilar Num. Sentencia: 3943/2008 Num. Recurso: 2963/2005
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Sentencia Social Nº 3275/2012, TSJ Asturias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2828/2012, 28-12-2012
Orden: Social Fecha: 28/12/2012 Tribunal: Tsj Asturias Ponente: Martin Morillo, Jesus Maria Num. Sentencia: 3275/2012 Num. Recurso: 2828/2012
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Sentencia Social Nº 918/2013, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 5, Rec 1498/2013, 04-11-2013
Orden: Social Fecha: 04/11/2013 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: De Oro-pulido Sanz, Jose Ignacio Num. Sentencia: 918/2013 Num. Recurso: 1498/2013
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Suspensión y extinción de la relación laboral especial para formación de especialistas en Ciencias de la Salud
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La suspensión y extinción del contrato en la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud, se regula en los Art. 9,Art. 11 ,Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre.El contrato se suspenderá ...
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En [PROVINCIA], a [DIA] de [MES] de [ANIO]REUNIDOSDe una parte D./D.ª [NOMBRE], en representación del Despacho de Abogados [NOMBRE_EMPRESA], en posesión del DNI n.º [DNI] y con domicilio a efectos de notificación en su despacho con dirección [...
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Contrato de trabajo de empleado/a de hogar
Fecha última revisión: 28/07/2016
En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [ANIO]REUNIDOSDe una parte, Don/Doña [NOMBRE], en calidad de empleador/a, con DNI [DNI] y domicilio en [DOMICILIO] de [LOCALIDAD], yDe otra parte, Don/Doña [NOMBRE_TRABAJADOR_A], en calidad de empleado/a de hogar...
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Fecha última revisión: 12/04/2018
REUNIDOS De una parte, en su condición de empleador D./D.ª [NOMBRE], Director/ra de [ESPECIFICAR] (1) en representación de la entidad titular de la Unidad Docente acreditada para impartir la formación en la que se ha obtenido plaza [ESPECIFICAR]...
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Preaviso de finalización del contrato en la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos (duración del contrato superior a un año).
Fecha última revisión: 16/11/2017
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO].[DATOS_EMPRESA]D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A]La empresa [NOMBRE_EMPRESA] preavisa por escrito al artista D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A] de la finalización del contrato con [NUMERO] (1) días naturales de an...
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Demanda de extinción del contrato de relación laboral especial de artista por incumplimiento del empresario.
Fecha última revisión: 04/05/2018
AL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº [NUM_JUZGADO] DE [PROVINCIA]D/Dña. [NOMBRE_LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL], en calidad de Letrado/a y representante de D/Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A], representación que acredito mediante copia de escritura de apoderamiento ...
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Caso práctico: ¿deben llevar un registro horario las empleadas del hogar?
Fecha última revisión: 22/05/2019
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IRPF HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - COMUNIDAD VALENCIANA 2007 - DEDUCCIÓN ARRENDTO VIVIENDA PARA ACTIVIDAD: PRORRATEO
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Caso práctico: tributación de los matadores de toros, novilleros y rejoneadores
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Resolución de TEAF Gipuzkoa, 28.319, 26-02-2009
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Gipuzkoa Fecha: 26/02/2009
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Resolución de TEAC, 00/4099/2002, 03-06-2005
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 03/06/2005 Núm. Resolución: 00/4099/2002
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Resolución Vinculante de DGT, V0458-16, 05-02-2016
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 05/02/2016 Núm. Resolución: V0458-16
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Resolución Vinculante de DGT, V1068-15, 08-04-2015
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 08/04/2015 Núm. Resolución: V1068-15
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Resolución Vinculante de DGT, V2509-18, de 19/09/2018. Retención indemnización por despido según la relación laboral.
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 18/09/2018 Núm. Resolución: V2509-18