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Generalidades del derecho administrativo
Relacionados:
Estado: VIGENTE
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 15/12/2020
Dentro de las múltiples posibilidades que brinda la materia, se puede abordar el estudio sobre las generalidades del derecho administrativo a partir del siguiente esquema:
- Concepto de derecho administrativo.
- Concepto de administración pública.
- Fuentes del derecho administrativo.
- Potestades administrativas.
- Relaciones entre la Administración y el administrado.
- Organización administrativa.
- Función pública.
Aspectos principales del derecho administrativo
Bajo el rótulo de generalidades y, siguiendo principalmente, en cuanto a textos normativos, la
- El análisis del concepto de derecho administrativo en el derecho administrativo actual, entendido como derecho público, común y estatutario en las relaciones que surjan en el seno de las Administraciones públicas.
- La determinación de las fuentes del derecho administrativo que se constituyen por: la Constitución, leyes orgánicas, leyes ordinarias, decretos legislativos, decretos ley, reglamentos, actos administrativos, la costumbre, los principios generales del derecho, los tratados internacionales y, la jurisprudencia.
- Las potestades administrativas: concepto, clases y el control de la discrecionalidad.
Esto es, las competencias que se le reconocen a las Administraciones públicas y su tipología o clasificación (de supremacía general y especial, regladas y discrecionales, o potestades innovativas y conservativas. Así mismo, el poder ejecutivo que ostenta la Administración se somete a un control de discrecionalidad, a fin de evitar la desviación de poder.
- Relaciones entre la Administración y el administrado, capacidad y derechos del administrado y su relación con el principio de legalidad.
Dentro de las relaciones con las AAPP concurren una serie de elementos, esto es, el objeto, el origen y la extinción de la relación jurídico-administrativa. Así mismo, la persona del interesado se configura como aquel ciudadano o entidad que tiene relación directa con la Administración en el marco de una actuación administrativa. Para tener la consideración de interesado ha de gozar de capacidad suficiente para ello.
Es el artículo
El administrado podrá calificarse como cualificado o simple y, como parte en la relación administrativa se le reconocen una serie de derechos. Estos derechos se regulan y complementan entre las diferentes normas Administrativas, como es la Ley 39/2015, de 1 octubre, que hace relación expresa de estos derechos en sus artículos
La citada
Establece los principios de potestad sancionadora (irretroactividad, legalidad, tipicidad, proporcionalidad, responsabilidad y principio de prescripción y concurrencia de sanciones), y regula la responsabilidad patrimonial de la Administración, así como la responsabilidad de las autoridades y personas de las administraciones públicas o el funcionamiento electrónico del sector público.
Dedica la
Para finalizar, el título III trata las relaciones interadministrativas, con sus especificaciones, como veremos en otros temas, y las relaciones electrónicas entre las AAPP, quienes están obligadas a comunicarse por medios digitalizados desde la entrada en vigor de la
De manera breve, en esta materia debemos destacar, primeramente, conforme a la
«1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes».
Así mismo, el artículo 103 de la CE establece que el estatuto de los funcionarios públicos se regulará por ley y se accederá a las funciones públicas de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, de ahí la confección y actual vigencia de la Ley del