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25/06/2024
Incumplimientos y sanciones relacionados con la ausencia de registro horario
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Tiempo de lectura: 14 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 25/06/2024
El art. 34 del ET establece el deber de la empresa de garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente.
Incumplimientos y sanciones de las empresas relacionados con la ausencia de registro horario
El Estatuto de los Trabajadores, establece ...
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