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12/12/2025
Indemnización por despido colectivo
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Tiempo de lectura: 9 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 12/12/2025
En caso de despido colectivo, el empresario, simultáneamente a la adopción de la decisión extintiva, deberá abonar (salvo pacto individual o colectivo que fije una cuantía superior), a los trabajadores afectados, una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, con un máximo de doce mensualidades (art. 51 del ET) .
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