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01/07/2024
Infracción por dejar de ingresar la deuda tributaria
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Tiempo de lectura: 8 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/07/2024
Según el artículo 191 de la Ley General Tributaria, se considera una infracción tributaria dejar de ingresar dentro del plazo establecido en la normativa de cada tributo la totalidad o parte de la deuda tributaria que debiera resultar de la correcta autoliquidación de éste, excepto:
- Que la regularice mediante una autoliquidación extemporánea, sin previo requerimiento.
- Que se presente autoliquidació...
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