Última revisión
24/02/2026
Instituto Social de la Marina (ISM)
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 24/02/2026
principales funciones del ISM como entidad gestora y de protección social del sector marítimo-pesquero.
Instituto Social de la Marina (ISM)
El Instituto Social de la Marina (ISM) es una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia y ámbito nacional, que actúa bajo la dirección y tutela del Ministerio competente en materia de Seguridad Social, a través de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social. El ISM, regulado actualmente por la Ley 47/2015, de 21 de octubre y el Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, desarrolla competencias propias de la gestión social y de la protección del colectivo marítimo-pesquero en España.
A TENER EN CUENTA. El ISM es el organismo exclusivo para la atención social y la protección de los trabajadores del mar, garantizando, bajo un enfoque integral e institucional, la gestión de las prestaciones y servicios específicos, el control sanitario, la formación y promoción profesional y la coordinación internacional del sector marítimo-pesquero en España.
Las funciones principales del Instituto Social de la Marina son:
- Gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar como entidad gestora, incluyendo la administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas y servicios sociales asistenciales. (Art. 3.1, RD 504/2011)
- Inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores y empresas adscritos al Régimen Especial del Mar, colaborando con la Tesorería General de la Seguridad Social. (Art. 3.1, a) RD 504/2011)
- Colaboración en la gestión de la cotización y función recaudatoria en período voluntario en el sector marítimo-pesquero.
- Gestión de las prestaciones por desempleo y por cese de actividad de los trabajadores del mar cuando corresponda, conforme a lo dispuesto en la normativa reguladora de esta protección específica.
- Asistencia sanitaria integral a los trabajadores del mar y sus beneficiarios, tanto en territorio español como a bordo y en el extranjero, utilizando medios propios (centro radio-médico, buques sanitarios, centros en el extranjero, etc.), o gestionando la evacuación y repatriación de accidentados/enfermos, así como el abono de gastos de asistencia médica en casos habilitados legalmente. (Art. 3.1, e) RD 504/2011 y art. 21 L 47/2015)
- Sanidad marítima y medicina preventiva: realización de los reconocimientos médicos de embarque marítimo, información y educación sanitaria a los trabajadores del mar, inspección y control de los medios sanitarios y botiquines de a bordo, vigilancia de la salud laboral en el medio marítimo, y demás funciones de prevención y promoción de la salud en el sector marítimo-pesquero.
- Formación profesional marítima y sanitaria y promoción profesional de los trabajadores del mar en activo, atendiendo a las necesidades del sector y adaptándose a los convenios y directrices internacionales. (Art. 3.1, g) RD 504/2011, art. 41 L 47/2015)
- Promoción del bienestar y asistencia social de los trabajadores del mar y sus familias, prestación de auxilios asistenciales y de apoyo en casos de abandono, naufragio u otros hechos análogos, gestionando también los servicios asistenciales en puertos y en el extranjero.
- Gestión y control de recursos materiales específicos para la protección social marítima: gestión de buques sanitarios, centros en el extranjero y programas sociales específicos.
- Participación en los órganos y programas internacionales relativos al sector marítimo-pesquero y en la elaboración y desarrollo de proyectos normativos y convenios internacionales.
- Colaboración con las cofradías de pescadores para la prestación de servicios de protección social y desarrollo de actuaciones conjuntas en el ámbito marítimo-pesquero.
