Jornada laboral en el interior de minas
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 13/01/2016
Cómputo de la jornada máxima
La jornada máxima empezará a computarse desde la entrada de los primeros trabajadores en el pozo o galería y concluirá con la llegada a bocamina de los primeros que salgan, salvo que a través de la negociación colectiva se estableciere otro sistema de cómputo.
Descanso entre jornadas
El cómputo del descanso intermedio en jornadas continuadas se ceñirá a lo siguiente (art. 34.4, ET):
- Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma de duración no inferior a 15 minutos.
- El período de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por Convenio Colectivo o contrato de trabajo.
- En el caso de los trabajadores menores de 18 años, el período de descanso tendrá una duración mínima de 30 minutos, y deberá establecerse siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de cuatro horas y media.
Jornada de trabajo subterránea
La jornada de trabajo subterránea se verá reducida a seis horas diarias cuando concurran circunstancias de especial penosidad (condiciones anormales de temperatura o humedad, esfuerzo, etc).
En las labores de interior en que el personal haya de realizar el trabajo completamente mojado desde el principio de la jornada, ésta será de cinco horas como máximo. Si la situación comenzase con posterioridad a las dos horas del inicio de la jornada, la duración de ésta no excederá de seis horas.
El trabajador que habitualmente no preste sus servicios en el interior de las minas acomodará su jornada diaria a la de interior cuando trabaje en labores subterráneas.
Si por razones organizativas un trabajador de interior fuese destinado ocasionalmente a realizar trabajos en el exterior deberá serle respetada la jornada y las percepciones económicas de su puesto anterior.
Descanso semanal
Los trabajadores que presten servicios en puestos de trabajo subterráneo, así como aquellos trabajadores de exterior cuya actividad sólo pueda producirse simultáneamente a la de los primeros, tendrán derecho a un descanso semanal de dos días .
Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo (art. 37.1, ET).
La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.
Horas extraordinarias
La realización de horas extraordinarias sólo podrá darse por alguno de los siguientes supuestos:
- Reparación o prevención de siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes.
- Riesgo grave de pérdida o deterioro importante de materias primas.
- Por circunstancias de carácter estructural derivadas de la naturaleza de la actividad en los términos que en Convenio Colectivo se definan.
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Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 255 Fecha de Publicación: 24/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 13ª. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- D.T. 12ª. Salarios de tramitación.
Real Decreto 1561/1995 de 21 de Sep (jornadas especiales de trabajo) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 230 Fecha de Publicación: 26/09/1995 Fecha de entrada en vigor: 26/09/1995 Órgano Emisor: Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social
- ANEXO II. Modelo de registro de las horas de trabajo o descanso de los trabajadores a bordo de buques dedicados a la marina mercante.
- ANEXO I. Modelo de cuadro en el que se indica la organización de trabajo a bordo.
- D.F. 2ª. Entrada en vigor.
- D.F. 1ª. Habilitación reglamentaria.
- DISPOSICIONES FINALES
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Sentencia SOCIAL Nº 137/2018, AN, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 125/2018, 20-09-2018
Orden: Social Fecha: 20/09/2018 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Gallo Llanos, Ramon Num. Sentencia: 137/2018 Num. Recurso: 125/2018
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Sentencia SOCIAL Nº 755/2020, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 268/2020, 22-06-2020
Orden: Social Fecha: 22/06/2020 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Guadalupe Hernandez, Humberto Num. Sentencia: 755/2020 Num. Recurso: 268/2020
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Sentencia Social Nº 239/2016, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 60/2016, 17-03-2016
Orden: Social Fecha: 17/03/2016 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Toubes Torres, Ramón Jesús Num. Sentencia: 239/2016 Num. Recurso: 60/2016
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Sentencia Social Nº 381/2014, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1106/2012, 06-03-2014
Orden: Social Fecha: 06/03/2014 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Toubes Torres, Ramon Jesus Num. Sentencia: 381/2014 Num. Recurso: 1106/2012
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La Audiencia Nacional pregunta al TUE si el registro de la jornada diaria incumpliría las normas europeas. Auto SOCIAL Nº 3/2018, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 252/2017 de 19 de Enero de 2018
Orden: Social Fecha: 19/01/2018 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Gallo Llanos, Ramon Num. Sentencia: 3/2018 Num. Recurso: 252/2017
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Tiempo de descanso para el bocadillo en la jornada laboral
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Contratos de figuración para la realización de una obra audiovisual (figurantes)
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Fecha última revisión: 21/09/2017
En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [ANIO]REUNIDOS, la empresa [NOMBRE] representada por D./Dña. [NOMBRE] y D./Dña. [NOMBRE], [ESPECIFICAR_CARGO_EMPRESA_Y_ORIGEN_PODERES] y la representación legal de sus trabajadores representada por D./Dña. [NOMBRE...
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Solicitud genérica de permiso para el cuidado del lactante
Fecha última revisión: 18/10/2022
En [LUGAR], a [DÍA] de [MES] de [AÑO]D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA]DNI [NÚMERO] Sr./Sra. Director/a de la empresa [NOMBRE_EMPRESA]Muy Sr./Sra. mío: Por la presente, le notifico que, en ejercicio del derecho concedido por el artículo 37...
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Formulario de acuerdo entre RLT y empresa sobre la forma de realizar el registro de la jornada obligatorio (art. 34.9 del ET)
Fecha última revisión: 07/05/2019
ACUERDO SOBRE FORMALIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DEL REGISTRO DE JORNADA PARA LA EMPRESA [EMPRESA]En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [ANIO].REUNIDOSLa representación legal de la empresa [NOMBRE_EMPRESA] representada por D./D.ª [NOMB...
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Fecha última revisión: 27/10/2021
En [LUGAR], a [DÍA] de [MES] de [AÑO] REUNIDOSD./D.ª [NOMBRE], como [REPRESENTANTE] de la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con domicilio social en [DOMICILIO_SOCIAL].Y de la otra D./D.ª [NOMBRE_PERSONA TRABAJADORA], con el grupo profesional de [GRUP...
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Caso práctico: Registro horario: ¿el trabajador ha de firmar de forma separada entrada y salida?
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Caso práctico: Obligación de registro horario ¿Debemos registrar las pausas o tiempo de descanso?
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Caso práctico: cómputo del periodo de IT a efectos de jornada máxima
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Caso práctico: Parte de reposo. Consideración como partes de baja
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Análisis del RD-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
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PLANTEAMIENTOAnte la entrada en vigor de la obligación de registro horario el próximo 12 de mayo de 2019¿Cómo debemos computar las pausas o tiempo de descanso? ¿han de registrarse?RESPUESTALa fundamental es la consideración de ese tiempo como ...
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Resolución Vinculante de DGT, V0384-15, 02-02-2015
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 02/02/2015 Núm. Resolución: V0384-15
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Resolución Vinculante de DGT, V1332-15, 29-04-2015
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 29/04/2015 Núm. Resolución: V1332-15
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Resolución de TEAC, 2787/2014/00/00, 04-12-2017
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 04/12/2017 Núm. Resolución: 2787/2014/00/00
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Resolución de TEAF Bizkaia, 11747, 07-09-2007
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 07/09/2007
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Resolución de TEAF Bizkaia, 12513, 16-02-2011
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 16/02/2011