La jurisdicción contencioso-administrativa
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Última revisión
17/05/2024

La jurisdicción contencioso-administrativa

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Orden: administrativo

Fecha última revisión: 17/05/2024


Las transformaciones que ha sufrido la Administración han ido repercutiendo de una manera u otra en la jurisdicción contencioso-administrativa, que se sitúa como la jurisdicción especializada en la resolución de un limitado número de conflictos jurídicos entre los ciudadanos y las Administraciones.

Objeto de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (en adelante, LJCA), nace —conforme se indica en su preámbulo— con el objeto de someter al control de la jurisdicción la actividad de la Administración pública de cualquier clase que esté sujeta al derecho administrativo, articulando para ello las acciones procesales oportunas. La verdadera justificación de la jurisdicción contencioso-administrativa es asegurar, en beneficio de los interesados y del interés general, el exacto sometimiento de la Administración al derecho en todas las actuaciones que realiza en su condición de poder público y en uso de las prerrogativas que, como tal, le corresponden. Y añade que no toda la actuación administrativa se expresa a través de reglamentos, actos administrativos o contratos públicos, sino que la actividad prestacional, las actividades negociables de diverso tipo, las actuaciones materiales y las inactividades u omisiones de actuaciones debidas expresan también la voluntad de la Administración, que ha de estar sometida, en todo caso, al imperio de la ley.

El esquema de la LJCA es el siguiente: 

A TENER EN CUENTA. El siguiente índice se halla actualizado a las reformas que el RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, ha operado en la LJCA y que se encuentran en vigor desde el 20 de marzo de 2024.

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

TÍTULO I.

Del orden jurisdiccional contencioso-administrativo

CAPÍTULO I. Ámbito:

Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3.
Artículo 4.
Artículo 5.

CAPÍTULO II. Órganos y competencias:

Artículo 6.
Artículo 7.
Artículo 8.
Artículo 9.
Artículo 10. Competencias de las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia.
Artículo 11.
Artículo 12.
Artículo 13.

CAPÍTULO III. Competencia territorial de los Juzgados y Tribunales:

Artículo 14.

CAPÍTULO IV. Constitución y actuación de las Salas de lo Contencioso-administrativo:

Artículo 15.
Artículo 16.

CAPÍTULO V. Distribución de asuntos:

Artículo 17.

TÍTULO II.

Las partes

CAPÍTULO I. Capacidad procesal:

Artículo 18.

CAPÍTULO II. Legitimación:

Artículo 19.
Artículo 20.
Artículo 21.
Artículo 22.

CAPÍTULO III. Representación y defensa de las partes:

Artículo 23.
Artículo 24.

TÍTULO III.

Objeto del recurso contencioso-administrativo

CAPÍTULO I. Actividad administrativa impugnable:

Artículo 25.
Artículo 26.
Artículo 27.
Artículo 28.
Artículo 29.
Artículo 30.

CAPÍTULO II. Pretensiones de las partes:

Artículo 31.
Artículo 32.
Artículo 33.

CAPÍTULO III. Acumulación:

Artículo 34.
Artículo 35.
Artículo 36.
Artículo 37.
Artículo 38.
Artículo 39.

CAPÍTULO IV. Cuantía del recurso:

Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.

TÍTULO IV.

Procedimiento contencioso-administrativo

CAPÍTULO I. Procedimiento en primera o única instancia:

Sección 1.ª Diligencias preliminares:

Artículo 43.
Artículo 44.

Sección 2.ª Interposición del recurso y reclamación del expediente:

Artículo 45.
Artículo 46.
Artículo 47.
Artículo 48.

Sección 3.ª Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso:

Artículo 49.
Artículo 50.
Artículo 51.

Sección 4.ª Demanda y contestación:

Artículo 52.
Artículo 53.
Artículo 54.
Artículo 55.
Artículo 56.
Artículo 57.

Sección 5.ª Alegaciones previas:

Artículo 58.
Artículo 59.

Sección 6.ª Prueba:

Artículo 60.
Artículo 61.

Sección 7.ª Vista y conclusiones:

Artículo 62.
Artículo 63.
Artículo 64.
Artículo 65.
Artículo 66.

Sección 8.ª Sentencia:

Artículo 67.
Artículo 68.
Artículo 69.
Artículo 70.
Artículo 71.
Artículo 72.
Artículo 73.

Sección 9.ª Otros modos de terminación del procedimiento:

Artículo 74.
Artículo 75.
Artículo 76.
Artículo 77.

CAPÍTULO II. Procedimiento abreviado:

Artículo 78.

CAPÍTULO III. Recursos contra resoluciones procesales:

Sección 1.ª Recursos contra providencias y autos:

Artículo 79.
Artículo 80.

Sección 2.ª Recurso ordinario de apelación:

Artículo 81.
Artículo 82.
Artículo 83.
Artículo 84.
Artículo 85.

Sección 3.ª Recurso de casación:

Artículo 86.
Artículo 87.
Artículo 87 bis.
Artículo 87 ter.
Artículo 88.
Artículo 89.
Artículo 90.
Artículo 91.
Artículo 92.
Artículo 93.
Artículo 94.
Artículo 95. (Suprimido).

Sección 4.ª Recursos de casación para la unificación de doctrina: (Suprimida)

Artículo 96.  (Suprimido).
Artículo 97.  (Suprimido).
Artículo 98.  (Suprimido).
Artículo 99.  (Suprimido).

Sección 5.ª Recursos de casación en interés de la Ley: (Suprimida)

Artículo 100.  (Suprimido).
Artículo 101. (Suprimido).

Sección 6.ª De la revisión de sentencias:

Artículo 102.

Sección 7.ª Recursos contra las resoluciones del Secretario judicial:

Artículo 102 bis.

CAPÍTULO IV. Ejecución de sentencias y demás títulos ejecutivos:

Artículo 103.
Artículo 104.
Artículo 105.
Artículo 106.
Artículo 107.
Artículo 108.
Artículo 109.
Artículo 110.
Artículo 111.
Artículo 112.
Artículo 113.

TÍTULO V.

Procedimientos especiales

CAPÍTULO I. Procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona:

Artículo 114.
Artículo 115.
Artículo 116.
Artículo 117.
Artículo 118.
Artículo 119.
Artículo 120.
Artículo 121.
Artículo 122.
Artículo 122 bis.
Artículo 122 ter. Procedimiento de autorización judicial de conformidad de una decisión de la Comisión Europea en materia de transferencia internacional de datos.
Artículo 122 quater. Autorización o ratificación judicial de las medidas que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen limitación o restricción de derechos fundamentales.

CAPÍTULO II. Cuestión de ilegalidad:

Artículo 123.
Artículo 124.
Artículo 125.
Artículo 126.

CAPÍTULO III. Procedimiento en los casos de suspensión administrativa previa de acuerdos:

Artículo 127.

CAPÍTULO IV. Procedimiento para la garantía de la unidad de mercado:

Artículo 127 bis.
Artículo 127 ter.
Artículo 127 quáter.

CAPÍTULO V. Procedimiento para la declaración judicial de extinción de partidos políticos:

Artículo 127 quinquies.

TÍTULO VI.

Disposiciones comunes a los Títulos IV y V

CAPÍTULO I. Plazos:

Artículo 128.

CAPÍTULO II. Medidas cautelares:

Artículo 129.
Artículo 130.
Artículo 131.
Artículo 132.
Artículo 133.
Artículo 134.
Artículo 135.
Artículo 136.

CAPÍTULO III.  Incidentes e invalidez de actos procesales:

Artículo 137.
Artículo 138.

CAPÍTULO IV. Costas procesales:

Artículo 139.

DISPOSICIONES ADICIONALES

D.A. 1.ª Territorios Históricos y Comisión Arbitral del País Vasco.
D.A. 2.ª Actualización de cuantías.
D.A. 3.ª Registro de sentencias.
D.A. 4.ª Recursos contra determinados actos, resoluciones y disposiciones.
D.A. 5.ª Modificación del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
D.A. 6.ª Modificación del texto articulado de la Ley de Bases sobre el procedimiento económico-administrativo.
D.A. 7.ª
D.A. 8.ª Referencias al recurso de súplica.
D.A. 9.ª Incidencia de las competencias de la Unión Europea en el proceso contencioso-administrativo tributario.
D.A. 10.ª Delitos contra la Hacienda pública.
D.A. 11ª. Referencias al expediente administrativo contenidas en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

D.T. 1.ª Asuntos de la competencia de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo.
D.T. 2.ª Procedimiento ordinario.
D.T. 3.ª Recursos de casación.
D.T. 4.ª Ejecución de sentencias.
D.T. 5.ª Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona.
D.T. 6.ª Cuestión de ilegalidad.
D.T. 7.ª Procedimiento especial en materia de suspensión administrativa de acuerdos.
D.T. 8.ª Medidas cautelares.
D.T. 9.ª Costas procesales.

DISPOSICIONES DEROGATORIAS

D.DT. 1.ª Cláusula general de derogación.
D.DT. 2.ª Derogación de normas.

DISPOSICIONES FINALES

D.F. 1.ª Supletoriedad de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
D.F. 2.ª Desarrollo de la Ley.
D.F. 3.ª Entrada en vigor.

 

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