La organización administrativa
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Última revisión
29/08/2024

La organización administrativa

Tiempo de lectura: 7 min

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Orden: administrativo

Fecha última revisión: 29/08/2024


Las cuestiones sobre organización administrativa abordadas por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, reguladora del Régimen Jurídico del Sector Público, se desarrollan en cuatro títulos diferentes: 

  • Principios de actuación y funcionamiento del sector público (título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre).
  • La Administración General del Estado (título I, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre).
  • Organización y funcionamiento del sector público institucional (título II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre).
  • Relaciones interadministrativas (título III de la Ley 40/2015, de 1 de octubre).

¿Cómo se estructura la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público?

La LRJSP aborda la cuestión de la organización administrativa siguiendo un esquema como el que sigue:

A TENER EN CUENTA. Por la publicación de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, se modifica el artículo 54.1 y se introducen los artículos 55 bis y 84 bis a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, con entrada en vigor el 22/08/2024.

  • TÍTULO PRELIMINAR: «Principios de actuación y funcionamiento del Sector Público»:
    • Capítulo I: «Disposiciones generales», que regula el objeto, ámbito subjetivo, los principios generales y principios de intervención (artículos 1 a 4 de la LRJSP).
    • Capítulo II: «De los órganos de las administraciones públicas»:
    • Capítulo III: «Principios de la potestad sancionadora»:
    • Capítulo IV: «Responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas»:
      • Sección 1.ª: principios de responsabilidad (artículo 32 de la LRJSP), responsabilidad concurrente de las Administraciones públicas (artículo 33 de la LRJSP), indemnización y responsabilidad de derecho privado (artículos 34 y 35 de la LRJS).
      • Sección 2.ª: exigencia de la responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas y responsabilidad penal (artículos 36 y 37 de la LRJSP).
    • Capítulo V: «Funcionamiento electrónico del sector público» (artículos 38 a 46 bis de la LRJSP).
    • Capítulo VI: «Convenios»:
      • Definición y tipos (artículo de la 47 de la LRJSP).
      • Requisitos de validez y eficacia de los convenios (artículo 48 de la LRJSP).
      • Contenido de los convenios (artículo 49 de la LRJSP).
      • Trámites preceptivos para la suscripción de convenios y sus efectos (artículo 50 de la LRJSP).
      • Extinción de los convenios y efectos de la resolución de los convenios (artículo 51 y 52 de la LRJSP).
      • Remisión de convenios al Tribunal de Cuentas (artículo 53 de la LRJSP).
  • TÍTULO I: «Administración General del Estado»:
    • Capítulo I: «Organización administrativa» (artículos 54 a 56 de la LRJSP).
    • Capítulo II: «Los Ministerios y su estructura interna»:
      • Los ministerios (artículo 57 de la LRJSP).
      • Organización interna de los ministerios, creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas y ordenación jerárquica de los órganos ministeriales (artículos 58 a 60 de la LRJSP).
      • Los ministros (artículo 61 de la LRJSP).
      • Los secretarios de Estado (artículo 62 de la LRJSP).
      • Los subsecretarios (artículo 63 de la LRJSP).
      • Los secretarios generales (artículo 64 de la LRJSP).
      • Los secretarios generales técnicos (artículo 65 de la LRJSP).
      • Los directores generales (artículo 66 de la LRJSP).
      • Los subdirectores generales (artículo 67 de la LRJSP).
      • Reglas generales sobre los servicios comunes de los ministerios (artículo 68 de la LRJSP).
    • Capítulo III: «Órganos territoriales»:
      • Sección 1.ª: la organización territorial de la Administración General del Estado (artículos 69 a 71 de la LRJSP).
      • Sección 2.ª: los delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas (artículos 72 y 73 de la LRJSP).
      • Sección 3.ª: los subdelegados del Gobierno en las provincias (artículos 74 y 75 de la LRJSP).
      • Sección 4.ª: estructura de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno (artículos 76 y 77 de la LRJSP).
      • Sección 5.ª: órganos colegiados (artículos 78 y 79 de la LRJSP).
    • Capítulo IV: «De la Administración general del estado en el exterior».
  • TÍTULO II: «Organización y funcionamiento del sector público institucional»:
    • Capítulo I: «Del sector público institucional»:
      • Principios generales de actuación (artículo 81 de la LRJSP).
      • Inventario de entidades del sector público e inscripción en el inventario de entidades del sector público, estatal, autonómico y local (artículos 82 y 83 de la LRJSP).
    • Capítulo II: «Organización y funcionamiento del Sector Público Institucional Estatal»:
      • Composición y clasificación (artículo 84 de la LRJSP).
      • Presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado (artículo 84 bis de la  LRJSP). 
      • Control de eficacia y supervisión continua de las entidades integrantes del sector público institucional estatal (artículo 85 de la LRJSP).
      • Medio propio y servicio técnico (artículo 86 de la LRJSP).
      • Transformación de las entidades integrantes del sector público institucional estatal (artículo 87 de la LRJSP).
    • Capítulo III: «De los Organismos públicos estatales»:
      • Sección 1.ª: definición, personalidad jurídica y estructura organizativa en el sector público estatal (artículos 88 a 90 de la LRJSP), creación de organismos públicos estatales (artículo 91 de la LRJSP), contenido y efectos del plan de actuación y contenido de los estatutos (artículos 92 y 93 de la LRJSP), fusión de organismos públicos estatales y gestión compartida de servicios comunes (artículos 94 y 95 de la LRJSP) y disolución de organismos públicos estatales y liquidación y extinción de organismos públicos estatales (artículos 96 y 97 de la LRJSP).
      • Sección 2.ª: organismos autónomos estatales (artículos 98 a 102 de la LRJSP).
      • Sección 3.ª: entidades públicas empresariales de ámbito estatal (artículos 103 a 108 de la LRJSP).
      • Sección 4.ª: agencias estatales, definición, régimen jurídico, régimen jurídico de personal, régimen económico, financiero y contratación, régimen presupuestario, de contabilidad y control económico financiero (artículos 108 bis a 108 sexies de la LRJSP).
    • Capítulo IV: «Las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal» (artículos 109 y 110 de la LRJSP).
    • Capítulo V: «De las sociedades mercantiles estatales»:
      • Régimen jurídico, creación y extinción y régimen de responsabilidad aplicable a los miembros de los consejos de administración de las sociedades mercantiles estatales designados por la Administración General del Estado (artículos 113 a 115 de la LRJSP).
      • Tutela (artículo 116 de la LRJSP).
      • Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y de personal (artículo 117 de la LRJSP).
    • Capítulo VI: «De los consorcios»:
      • Definición y actividades propias, régimen jurídico, régimen de adscripción, régimen de personal, régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial (artículos 118 a 122 de la LRJSP).
      • Creación y contenido de los estatutos (artículos 123 y 124 de la LRJSP).
      • Causas y procedimiento para el ejercicio del derecho de separación de un consorcio y efectos del ejercicio del derecho de separación de un consorcio (artículos 125 y 126 de la LRJSP).
      • Disolución del consorcio (artículo 127 de la LRJSP).
    • Capítulo VII: «De las fundaciones del sector público estatal»:
      • Definición y actividades propias (artículo 128), régimen de adscripción de las fundaciones, régimen jurídico, régimen de contratación, régimen presupuestario, de contabilidad, de control económico-financiero y de personal (artículos 129 a 132 de la LRJSP).
      • Creación de fundaciones del sector público estatal, protectorado, estructura organizativa (artículos 133 a 135 de la LRJSP) y fusión, disolución, liquidación y extinción (artículo 136 de la LRJSP).
    • Capítulo VIII: «De los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal» (artículos 137 a 139 de la LRJSP).
  • TÍTULO III: «Relaciones interadministrativas»:
    • Capítulo I: «Principios generales de las relaciones interadministrativas» (artículo 140 de la LRJSP).
    • Capítulo II: «Deber de colaboración»:
    • Capítulo III: «Relaciones de cooperación»:
      • Sección 1.ª: cooperación entre Administraciones públicas y técnicas de cooperación (artículos 143 y 144 de la LRJSP).
      • Sección 2.ª: técnicas orgánicas de cooperación, órganos de cooperación (artículo 145 de la LRJSP), Conferencia de Presidentes (artículo 146 de la LRJSP), conferencias sectoriales, funciones de las conferencias sectoriales, convocatoria de las reuniones de las conferencias sectoriales, secretaría de las conferencias sectoriales, clases de decisiones de la conferencia sectorial, comisiones sectoriales y grupos de trabajo (artículos 147 a 152 de la LRJSP), comisiones bilaterales de cooperación (artículo 153 de la LRJSP) y comisiones territoriales de coordinación (artículo 154 de la LRJSP).
    • Capítulo IV: «Relaciones electrónicas entre las Administraciones» (artículos 155 a 158 de la LRJSP).
  • 30 disposiciones adicionales, 4 disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y 18 disposiciones finales.