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06/06/2025
Mínimo vital y cuantía de la pensión de alimentos a los hijos
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Tiempo de lectura: 9 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 06/06/2025
El artículo 146 del Código Civil estipula que la cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medio de quien los da y a las necesidades de quien los recibe.
¿Qué se entiende por mínimo vital?
La cantidad mínima imprescindible para el desarrollo de la existencia en condiciones de suficiencia y dignidad se denomina mínimo vital.
Así, en palabras de la Audiencia Provincial de Vizcaya, a travé...
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