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Normativa sectorial
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A TENER EN CUENTA. La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, ha sido derogada con efectos del 10/04/2022, por la disposición derogatoria primera.1 de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
La forma de aproximación a la norma sectorial para que sea jurídicamente válida deberá efectuarse desde:
- La necesidad de conocimiento (o de trabajo) interdisciplinar (interdisciplinariedad externa);
- La necesidad del conocimiento jurídico interdisciplinar (interdisciplinariedad interna);
- La necesidad de enfatizar los aspectos remediales (procedimientos, procesos, legislación, accionabilidad, restauración...) más que las normas sustantivas reguladoras de conducta;
- La necesidad de reconocer el policentrismo del derecho ambiental;
- La necesidad de valorar de forma especial los principios cuasi constitucionales en que se basa el moderno derecho ambiental y que implican una concepción de «lo justo» a veces radicalmente distinta de la tradicional (principios de efectividad, de internalización de costos, de precaución, de desarrollo sostenible, de relativización del dato técnico o científico...); y
- La necesidad de dar relevancia a unas normas u otras en función del objetivo perseguido por el profesional del derecho (asesor de empresa, involucrado o no en técnicas de gestión ambiental o auditoría de la empresa, gestor de políticas públicas —con diferencias, naturalmente, entre sus niveles internacional, europeo, nacional, autonómico o local—, juez-abogado, asesor de ONGs...), para quien la visión y el tipo de conocimiento que deben de tener de la legislación sectorial debe ser, por responsabilidad profesional, claramente distinta.
TEMA PENDIENTE DE REVISIÓN
A TENER EN CUENTA. Este contenido fue redactado en el año 2020, por lo que, la normativa local ha podido cambiar.
A TENER EN CUENTA. La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, ha sido derogada con efectos del 10/04/2022, por la disposición derogatoria primera.1 de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
La ratio primaria de la legislación medioambiental es constituir grupos normativos básicos de ordenación de la política medioambiental sectorial en el sentido de asegurar la uniformidad en la protección del medio o de asegurar la regulación del agente contaminador y su ordenación en el mercado.
La legislación sectorial cumple aquí la función de dotar de contenido los estándares exigibles por esta legislación horizontal.
Además, la legislación sectorial sirve básicamente como marco de referencia para el discurso jurídico en técnicas de negociación, ya sea de solución de conflictos (ADRs) ya sea de regímenes paralelos a los sectorialmente regulados (acuerdos voluntarios).
Pero, además, la legislación sectorial sirve para la reforma de la legislación procesal aplicativa, que ya van aplicando los jueces de forma creativa.
También existe un derecho sectorial que técnicamente no lo es, cual es optar por analiza todo tipo de norma jurídica con impacto incentivador de conductas acertadas o no en sectores concretos.
Tampoco lo es la aplicación de una multiplicidad de normas, a veces mezcla de derecho público y de derecho privado, a la solución de un problema formalizado.
Finalmente, existe otro derecho sectorial cuya «construcción» sólo puede producirse a través de la utilización del método comparativo de las leyes y reglamentos sobre las decisiones judiciales y actos administrativos adoptados en determinado sector.
Principales normas sectoriales:
- Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad medioambiental.
- Ley de Aguas, regulada por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
- Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de envases.
- Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
- Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control integrados de la Contaminación.
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
- Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- Ley 8/2010, e 31 de marzo, por la que se establece el régimen sancionador previsto en los Reglamentos (CE) relativos al registro, a la evaluación, a la autorización y a la restricción de las sustancias y mezclas (CLP), que lo modifica.
- A lo anterior se añaden las Normas ISO que seguidamente se detallan:
- ISO 14001; que establece los procedimientos de calidad que las empresas deben asumir en la gestión del medio ambiente y supone las siguientes ventajas:
- Se generan menos residuos.
- Se logra un ahorro de costes.
- Hay una mejora de la imagen corporativa.
- Se evitan sanciones y multas.
- ISO 50001; certifica los sistemas de gestión de energía en las empresas que llevan a un uso eficaz de los recursos energéticos.
- ISO 45001; es el estándar internacional de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo.
- ISO 14001; que establece los procedimientos de calidad que las empresas deben asumir en la gestión del medio ambiente y supone las siguientes ventajas:
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