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Novedades I. Sociedades 2024
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 24/07/2024
En este tema podrá consultar las novedades más destacadas que se han producido en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades (IS) a lo largo de 2024, junto con una breve explicación de su alcance y la remisión a la información correspondiente a cada una de ellas.
NOVEDADES IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES AÑO 2024
Aprobado el reglamento que desarrolla el Régimen fiscal especial de las Islas Baleares
Se publica en el BOE del 24/07/2024 el Real Decreto 710/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Régimen fiscal especial de las Illes Balears. La norma desarrolla los extremos de dicho régimen especial en base a la habilitación recogida en la D.A 70.ª de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOE; aunque las normas contenidas en el reglamento que se aprueba producirán efectos para los períodos impositivos del IS, del IRNR y del IRPF que se inicien entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2028.
El RD-ley 4/2024, de 26 de junio, introduce novedades en materia de IS
Se publica en el BOE del 27/06/2024 el
En el caso del IS:
- Se refuerza el incentivo fiscal destinado a promover las inversiones en nuevos vehículos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV o en nuevas instalaciones de recarga de vehículos eléctricos, contenido en la D.A. 18.ª de la
LIS , sustituyendo la hasta ahora vigente amortización acelerada por una amortización libre, siempre que se trate de inversiones nuevas que entren en funcionamiento en los períodos impositivos iniciados en 2024 y 2025. Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 01/01/2024 y que no hayan concluido a la entrada en vigor de este RD-ley. - Se potencia la reserva de capitalización, modificando el artículo 25.1 de la
LIS , para elevar la reducción del 10 al 15 % y rebajar de 5 a 3 años el plazo de mantenimiento del incremento de los fondos propios de la entidad y de indisponibilidad de la reserva que se dote. Igualmente, se introduce una D.T. 43.ª de laLIS , referida al plazo de mantenimiento del incremento de fondos propios y de indisponibilidad de la reserva de capitalización pendiente de expirar. En ambos casos, las reformas se realizan con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 01/01/2024.
Publicados los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y el IRNR 2023
En el BOE del 27/05/2024, se publica la Orden HAC/495/2024, de 21 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, y por la que se modifican la
La orden entrará en vigor el día 1 de julio de 2024, salvo las disposiciones finales primera y segunda (modificación de la
El RD 117/2024, de 30 de enero, regula el procedimiento para el intercambio de información sobre operadores digitales y modifica distintos reglamentos tributarios (entre ellos, el RIS )
En el BOE del 31/01/2024 se publica el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, que desarrolla las normas y los procedimientos de diligencia debida en el ámbito del intercambio automático obligatorio de información comunicada por los operadores de plataformas y regula nuevas obligaciones de registro e información en ese ámbito. Asimismo, introduce modificaciones en distintos reglamentos tributarios (RGAT,
Concretamente, conviene destacar que, en el ámbito del
El RD entrará en vigor, con carácter general, el 01/02/2024; aunque establece ciertas particularidades para la aplicación o entrada en vigor de algunas de sus previsiones. En lo que aquí interesa, la DF quinta, que es la que modifica el
El TC declara inconstitucionales varias medidas introducidas en el Impuesto sobre Sociedades por el RD-ley 3/2016, de 2 de diciembre
El Pleno del TC ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada en relación con varias modificaciones introducidas en el IS por el
En concreto, las modificaciones del Impuesto sobre Sociedades objeto de enjuiciamiento eran las siguientes (las dos primeras medidas solo serían aplicables a las grandes empresas, mientras que la tercera puede afectar a cualquier sujeto pasivo del impuesto):
- La fijación de topes más severos para la compensación de bases imponibles negativas.
- La introducción ex novo de un límite a aplicación de las deducciones por doble imposición.
- La obligación de integrar automáticamente en la base imponible los deterioros de participaciones deducidos en ejercicios anteriores.
Siguiendo el principio de seguridad jurídica, la sentencia establece que no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en ella aquellas obligaciones tributarias devengadas por el IS que, a la fecha de dictarse la sentencia, hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada (artículo 40.1 de la
El RD-ley 8/2023, de 27 de diciembre, introduce novedades en IRPF, IP, ITSGF, IS, IVA y otros impuestos
El RD-ley 8/2023, de 27 de diciembre, publicado en el BOE del 28/12/2023, introduce múltiples medidas fiscales y en materia de financiación local. Fundamentalmente, por lo que se refiere al IS, la norma prorroga un año más la libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
Con carácter general, la norma entró en vigor el 29/12/2023.
El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre , mejora los incentivos fiscales de la Ley de Mecenazgo
El
Por ejemplo y entre otras novedades, se incluye la cesión de uso de un bien mueble o inmueble sin contraprestación como tipología específica de donativo que puede generar la deducción; se actualiza la relación de actividades económicas que, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, en cumplimiento de su objeto o finalidad específica, pueden gozar de la exención en el IS; o se mejora la deducción por donativos en el IS (elevando el porcentaje de deducción, reduciendo de cuatro a tres años el número de ejercicios durante los cuales el donante o aportante debe realizar donativos a una misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio inmediato anterior, para aplicar el incremento de 10 puntos en el porcentaje de deducción y aumentando al 15 % el límite que opera sobre la base imponible del período, a efectos de determinar la base de la deducción).
De una manera general, la norma entrará en vigor el 21/12/2023; pero se precisa expresamente que el mencionado libro cuarto (y por tanto las medidas referidas a esos incentivos fiscales) entrará en vigor el 1 de enero de 2024.