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25/01/2023
Órgano de control interno y representante ante el SEPBLAC en la prevención del blanqueo de capitales
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Tiempo de lectura: 8 min
Estado: VIGENTE
Orden: penal
Fecha última revisión: 25/01/2023
Los sujetos obligados a la prevención del blanqueo de capitales deben establecer un órgano adecuado de control interno responsable de la aplicación de las políticas y procedimientos.
Órgano de control interno ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias
El artículo 26 ter de la Ley 10/2010, de 28 de abril, y el artículo 35 del Real Decre...
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