Otras actividades incluidas en el régimen simplificado del IVA
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Última revisión
21/12/2023

Otras actividades incluidas en el régimen simplificado del IVA

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 21/12/2023


En este tema se recogen los índices y módulos del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que se establecen por la orden ministerial que se apruebe para cada ejercicio

NOVEDAD

Publicada en el BOE de 21/12/2023 la Orden de módulos para el ejercicio 2024, aprobada por la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA. Entrará en vigor el 22 de diciembre de 2023, con efectos para el año 2024.


Índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA para el resto de actividades del año 2024

Figuran regulados en el anexo II de la Orden de módulos para 2024 (Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido):

Actividad: Industrias del pan y de la bollería. Epígrafe I.A.E. 419.1

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.1.693,54
2Superficie del local.Metro cuadrado.7,09
3Superficie del horno.100 decímetros cuadrados.30,47

Cuota mínima por operaciones corrientes: 20?% de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye la derivada del ejercicio de las actividades que faculta la nota del epígrafe 644.1 del I.A.E.

Actividad: Industrias de la bollería, pastelería y galletas. Epígrafe I.A.E. 419.2 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.3.064,67
2Superficie del local.Metro cuadrado.8,86
3Superficie del horno.100 decímetros cuadrados.59,34

Cuota mínima por operaciones corrientes: 30?% de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de la fabricación de pastelería "salada" y "platos precocinados", siempre que estas actividades se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye la derivada del ejercicio de las actividades que faculta la nota del epígrafe 644.3 del I.A.E.

Actividad: Industrias de elaboración de masas fritas. Epígrafe I.A.E. 419.3 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.550,92
2Superficie del local.Metro cuadrado.10,63

Cuota mínima por operaciones corrientes: 32?% de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye la derivada del ejercicio de las actividades que faculta la nota del epígrafe 644.6 del I.A.E.

Actividad: Elaboración de patatas fritas, palomitas de maíz y similares. Epígrafe I.A.E. 423.9 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.550,92
2Superficie del local.Metro cuadrado.10,63

Cuota mínima por operaciones corrientes: 32 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye la derivada del ejercicio de las actividades que faculta la nota del epígrafe 644.6 del I.A.E.

Actividad: Elaboración de productos de charcutería por minoristas de carne. Epígrafe I.A.E. 642.1, 2 y 3 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.1.753,76
2Superficie del local.Metro cuadrado.2,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 32?% de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores, incluye, en su caso, la derivada de la elaboración de platos precocinados, siempre que se desarrolle con carácter accesorio a la actividad principal.

Nota: Se entiende por superficie del local, en este caso, la dedicada a la elaboración de productos de charcutería y platos precocinados.

Actividad: Comerciantes minoristas matriculados en el epígrafe 642.5 por el asado de pollos. Epígrafe I.A.E. 642.5 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado asado de pollos.Persona.673,16
2Superficie del local.Metro cuadrado.13,29
3Capacidad del asador.Pieza.62,89

Cuota mínima por operaciones corrientes: 32 % de la cuota devengada por operaciones corrientes. 

Actividad: Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos. Epígrafe I.A.E. 644.1 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.090,35
2Superficie del local.Metro cuadrado.8,86
3Superficie del horno.100 decímetros cuadrados.40,75
4Importe total de las comisiones por loterías.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de la fabricación de productos de pastelería salada y platos precocinados, la degustación de los productos objetos de su actividad acompañados de cualquier tipo de bebidas, cafés, infusiones o solubles y las actividades de «catering», así como de la comercialización de loterías, siempre que estas actividades se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Despachos de pan, panes especiales y bollería. Epígrafe I.A.E. 644.2 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.090,35
2Superficie del local.Metro cuadrado.8,86
3Superficie del horno.100 decímetros cuadrados.40,75
4Importe total de las comisiones por loterías.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye exclusivamente la derivada de las actividades para las que faculta el epígrafe 644.2, exceptuando las que tributen por el régimen especial del recargo de equivalencia, así como la de la comercialización de loterías, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Comercio al por menor de productos de pastelería, bollería y confitería. Epígrafe I.A.E. 644.3 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.3.064,67
2Superficie del local.Metro cuadrado.8,86
3Superficie del horno.100 decímetros cuadrados.59,34
4Importe total de las comisiones por loterías.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 30 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de la fabricación de productos de pastelería salada y platos precocinados, la degustación de los productos objetos de su actividad acompañados de cualquier tipo de bebidas, cafés, infusiones o solubles y las actividades de «catering», así como la de la comercialización de loterías, siempre que estas actividades se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Comercio al por menor de masas fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas, productos de aperitivo, frutos secos, golosinas, preparados de chocolate y bebidas refrescantes. Epígrafe I.A.E. 644.6

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.550,92
2Superficie del local.Metro cuadrado.10,63
3Importe total de las comisiones por loterías.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 32 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye exclusivamente la derivada de las actividades para las que faculta el epígrafe 644.6, exceptuando las que tributen por el régimen especial del recargo de equivalencia, así como la de la comercialización de loterías, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Reparación de artículos de su actividad efectuadas por comerciantes minoristas matriculados en el epígrafe 653.2. Epígrafe I.A.E. 653.2 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado reparación.Persona.5.819,91
2Superficie taller reparación.Metro cuadrado.5,71

Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye exclusivamente la derivada de la reparación de los artículos de su actividad.

Actividad: Comercio al por menor de materiales de construcción, artículos y mobiliario de saneamiento, puertas, ventanas, persianas, etc. Epígrafe I.A.E.: 653.4 y 5 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.12.317,71
2Consumo de energía eléctrica.100 kWh.239,74
3Superficie del local.Metro cuadrado.9,10

Cuota mínima por operaciones corrientes: 13 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos terrestres. Epígrafe I.A.E. 654.2 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.15.558,35
2Consumo de energía eléctrica.100 kWh.272,80
3Potencia fiscal vehículo.CVF.620,03

Cuota mínima por operaciones corrientes: 13 % de la cuota devengada por operaciones corrientes. 

Actividad: Comercio al por menor de toda clase de maquinaria (excepto aparatos del hogar, de oficina, médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos). Epígrafe I.A.E. 654.5 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.18.021,89
2Consumo de energía eléctrica.100 kWh.74,41
3Potencia fiscal vehículo.CVF.82,66

Cuota mínima por operaciones corrientes: 13 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandajes y cámaras de aire para toda clase de vehículos. Epígrafe I.A.E. 654.6 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.14.152,98
2Consumo de energía eléctrica.100 kWh.206,67
3Potencia fiscal vehículo.CVF.372,02

Cuota mínima por operaciones corrientes: 13 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Comerciantes minoristas matriculados en el epígrafe 659.3 por el servicio de recogida de negativos y otro material fotográfico impresionado para su procesado en laboratorio de terceros y la entrega de las correspondientes copias y ampliaciones. Epígrafe I.A.E. 659.3 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado recogida material fotográfico.Persona.14.533,25
2Superficie del local.Metro cuadrado.30,59

Cuota mínima por operaciones corrientes: 13 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Comerciantes minoristas matriculados en el epígrafe 659.4 por el servicio de publicidad exterior y comercialización de tarjetas para el transporte público, tarjetas de uso telefónico y otras similares, así como loterías. Epígrafe I.A.E. 659.4 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Importe total de las comisiones o contraprestaciones percibidas por estas operaciones.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 75 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Comerciantes minoristas matriculados en los epígrafes 647.1, 2 y 3, 652.2 y 3 y 662.2 por el servicio de comercialización de loterías. Epígrafe I.A.E. 647.1, 2 y 3, 652.2 y 3 y 662.2 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Importe total de las comisiones percibidas por estas operaciones.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 75 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente dedicado exclusivamente a la comercialización de masas fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas, productos de aperitivo, frutos secos, golosinas, preparación de chocolate y bebidas refrescantes y facultado para la elaboración de los productos propios de churrería y patatas fritas en la propia instalación o vehículo. Epígrafe I.A.E. 663.1 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.5.881,32
2Potencia fiscal del vehículo.CVF.43,40

Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye exclusivamente la derivada de la elaboración y simultáneo comercio de los productos fabricados y comercializados en la forma prevista en la nota del epígrafe 663.1 del I.A.E.

Actividad: Restaurantes de dos tenedores. Epígrafe I.A.E.: 671.4 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.993,81
2Potencia eléctrica.Kw. Contratado.150,57
3Mesas.Mesa.168,29
4Máquinas tipo «A».Máquina tipo «A».239,15
5Máquinas tipo «B».Máquina tipo «B».841,46
6Importe total de las comisiones por loterías y por máquinas de apuestas deportivas.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 13 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de máquinas de recreo tales como billar, futbolín, dardos, etc., así como de los expositores de cintas, vídeos, compact-disc, expendedores de bolas, etc., máquinas de juegos infantiles, máquinas reproductoras de compact-disc y vídeos musicales, loterías, máquinas de apuestas deportivas y el servicio de uso de teléfono, siempre que se realicen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Restaurantes de un tenedor. Epígrafe I.A.E.: 671.5 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.400,36
2Potencia eléctrica.Kw. Contratado.70,86
3Mesas.Mesa.124,00
4Máquinas tipo «A».Máquina tipo «A».239,15
5Máquinas tipo «B».Máquina tipo «B».841,46
6Importe total de las comisiones por loterías y por máquinas de apuestas deportivas.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de máquinas de recreo tales como billar, futbolín, dardos, etc., así como de los expositores de cintas, vídeos, compact-disc, expendedores de bolas, etc., máquinas de juegos infantiles, máquinas reproductoras de compact-disc y vídeos musicales, loterías, máquinas de apuestas deportivas y el servicio de uso de teléfono, siempre que se realicen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Cafeterías. Epígrafe I.A.E.: 672.1, 2 y 3 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.356,07
2Potencia eléctrica.KW contratado.124,00
3Mesas.Mesa.70,86
4Máquinas tipo «A».Máquina tipo «A».221,43
5Máquinas tipo «B».Máquina tipo «B».832,60
6Importe total de las comisiones por loterías y por máquinas de apuestas deportivas.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 13 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de máquinas de recreo tales como billar, futbolín, dardos, etc., así como de los expositores de cintas, vídeos, compact-disc, expendedores de bolas, etc., máquinas de juegos infantiles, máquinas reproductoras de compact-disc y vídeos musicales, loterías, máquinas de apuestas deportivas y el servicio de uso de teléfono, siempre que se realicen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Cafés y bares de categoría especial. Epígrafe I.A.E.: 673.1 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.3.294,97
2Potencia eléctrica.KW contratado.69,09
3Mesas.Mesa.60,23
4Longitud de la barra.Metro.77,95
5Máquinas tipo «A».Máquina tipo «A».221,43
6Máquinas tipo «B».Máquina tipo «B».655,45
7Importe total de las comisiones por loterías y por máquinas de apuestas deportivas.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 6 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de máquinas de recreo tales como billar, futbolín, dardos, etc., así como de los expositores de cintas, vídeos, compact-disc, expendedores de bolas, etc., máquinas de juegos infantiles, máquinas reproductoras de compact-disc y vídeos musicales, loterías, máquinas de apuestas deportivas y el servicio de uso de teléfono, siempre que se realicen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Otros cafés y bares. Epígrafe I.A.E.: 673.2 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.577,52
2Potencia eléctrica.KW Contratado.47,83
3Mesas.Mesa.56,69
4Longitud de la barra.Metro.62,89
5Máquinas tipo «A».Máquina tipo «A».177,15
6Máquinas tipo «B».Máquina tipo «B».655,45
7Importe total de las comisiones por loterías y por máquinas de apuestas deportivas.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 6 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de máquinas de recreo tales como billar, futbolín, dardos, etc., así como de los expositores de cintas, vídeos, compact-disc, expendedores de bolas, etc., máquinas de juegos infantiles, máquinas reproductoras de compact-disc y vídeos musicales, loterías, máquinas de apuestas deportivas y el servicio de uso de teléfono, siempre que se realicen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos. Epígrafe I.A.E. 675 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.4.357,86
2Potencia eléctrica.KW contratado.50,48
3Superficie del local.Metro cuadrado.4,06
4Importe total de las comisiones por loterías.Euro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 3 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de la comercialización de loterías, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías. Epígrafe I.A.E. 676 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.3.817,55
2Potencia eléctrica.KW contratado141,72
3Mesas.Mesa46,05
4Máquinas tipo "A".Máquina tipo «A»177,15
5Importe total de las comisiones por loterías.Euro0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores, incluye, en su caso, la derivada de las actividades de elaboración de chocolates, helados y horchatas, el servicio al público de helados, horchatas, chocolates, infusiones, café y solubles, bebidas refrescantes, así como productos de bollería, pastelería, confitería y repostería que normalmente se acompañan para la degustación de los productos anteriores, y de máquinas de recreo tales como balancines, caballitos, animales parlantes, etc., así como de la comercialización de loterías, siempre que se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Servicio de hospedaje en hoteles y moteles de una o dos estrellas. Epígrafe I.A.E.: 681 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleadoPersona.2.604,09
2Número de plazasPlaza.53,14
3Importe total de las comisiones por loteríasEuro.0,21

Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de la comercialización de loterías, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Servicio de hospedaje en hostales y pensiones. Epígrafe I.A.E.: 682 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.533,22
2Número de plazas.Plaza.55,80

Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Servicio de hospedaje en fondas y casas de huéspedes. Epígrafe I.A.E.: 683 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.1.762,62
2Número de plazas.Plaza.29,22

Cuota mínima por operaciones corrientes: 30 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Reparación de artículos eléctricos para el hogar. Epígrafe I.A.E.: 691.1 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.5.819,91
2Superficie del local.Metro cuadrado.5,71

Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Reparación de vehículos automóviles, bicicletas y otros vehículos. Epígrafe I.A.E.: 691.2

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.8.556,27
2Superficie del local.Metro cuadrado.16,54

Cuota mínima por operaciones corrientes: 30 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Reparación de calzado. Epígrafe I.A.E.: 691.9 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.3.000,89
2Consumo de energía eléctrica.100 Kwh.36,37

Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Reparación de otros bienes de consumo n.c.o.p. (excepto reparación de calzado, restauración de obras de arte, muebles, antigüedades e instrumentos musicales). Epígrafe I.A.E.: 691.9

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.5.381,76
2Superficie del local.Metro cuadrado.13,23

Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Reparación de maquinaria industrial. Epígrafe I.A.E.: 692 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.9.721,90
2Superficie del local.Metro cuadrado.53,75

Cuota mínima por operaciones corrientes: 30 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Otras reparaciones n.c.o.p. Epígrafe I.A.E.: 699 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.7.671,69
2Superficie del local.Metro cuadrado.46,31

Cuota mínima por operaciones corrientes: 32 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Transporte urbano colectivo y de viajeros por carretera. Epígrafe I.A.E.: 721.1 y 3 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.1.700,62
2Número de asientos.Asiento.79,72

Cuota mínima por operaciones corrientes: 1 % de la cuota devengada por operaciones corrientes. 

Actividad: Transporte por autotaxis. Epígrafe I.A.E.: 721.2 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.903,46
2Distancia recorrida.1.000 kilómetros.8,78

Cuota mínima por operaciones corrientes: 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de la prestación de servicios de publicidad que utilicen como soporte el vehículo siempre que se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Transporte de mercancías por carretera, excepto residuos. Epígrafe I.A.E.: 722 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleadoPersona.4.149,99
2Carga vehículosTonelada.388,55

Cuota mínima por operaciones corrientes: 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de las actividades auxiliares y complementarias del transporte, tales como agencias de transportes, depósitos y almacenamiento de mercancías, etc., siempre que se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Nota: En los casos en que se realicen transportes de residuos y transportes de mercancías distintas de los mismos, los módulos aplicables a dichos sectores de la actividad se prorratearán en función de su utilización efectiva en cada uno. Asimismo, a cada sector de la actividad se le aplicará la cuota mínima por operaciones corrientes que le corresponda. La suma de dichas cuotas mínimas será la que se utilice para el cálculo de la cuota derivada del régimen simplificado del conjunto de la actividad.

Actividad: Transporte de residuos por carretera. Epígrafe I.A.E.: 722 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.1.948,64
2Carga vehículos.Tonelada.181,58

Cuota mínima por operaciones corrientes: 1 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de las actividades auxiliares y complementarias del transporte, tales como agencias de transportes, depósitos y almacenamiento de mercancías, etc., siempre que se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Nota: En los casos en que se realicen transportes de residuos y transportes de mercancías distintas de los mismos, los módulos aplicables a dichos sectores de la actividad se prorratearán en función de su utilización efectiva en cada uno. Asimismo, a cada sector de la actividad se le aplicará la cuota mínima por operaciones corrientes que le corresponda. La suma de dichas cuotas mínimas será la que se utilice para el cálculo de la cuota derivada del régimen simplificado del conjunto de la actividad.

Actividad: Engrase y lavado de vehículos. Epígrafe I.A.E.: 751.5 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.8.556,27
2Superficie del local.Metro cuadrado.16,54

Cuota mínima por operaciones corrientes: 30 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Servicios de mudanzas. Epígrafe I.A.E.: 757 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.5.712,43
2Carga vehículos.Tonelada.256,27

Cuota mínima por operaciones corrientes: 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Transporte de mensajería y recadería, cuando la actividad se realice exclusivamente con medios de transporte propios. Epígrafe I.A.E.: 849.5 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.4.149,99
2Carga vehículos.Tonelada.388,55

Cuota mínima por operaciones corrientes: 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos, etc. Epígrafe I.A.E.: 933.1 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.3.000,89
2Número de vehículos.Vehículo.256,27
3Potencia fiscal vehículo.CVF.107,47

Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: Los módulos anteriores no serán de aplicación en la medida en que se utilicen en la realización de operaciones exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido por aplicación de lo previsto en el artículo 20.uno.9.º de la Ley 37/92.

Actividad: Otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, corte y confección, mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares n.c.o.p. Epígrafe I.A.E.: 933.9 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleadoPersona.2.413,95
2Superficie del localMetro cuadrado.2,64

Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: Los módulos anteriores no serán de aplicación en la medida en que se utilicen en la realización de operaciones exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido por aplicación de lo previsto en el artículo 20.Uno.9.º de la Ley 37/92.

Actividad: Escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte. Epígrafe I.A.E.: 967.2 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.3.441,10
2Superficie del local.Metro cuadrado.5,58

Cuota mínima por operaciones corrientes: 3 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Tinte, limpieza en seco, lavado y planchado de ropas hechas y de prendas y artículos del hogar usados. Epígrafe I.A.E.: 971.1 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.3.844,13
2Consumo de energía eléctrica.100 kWh.14,06

Cuota mínima por operaciones corrientes: 48?% de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Servicios de peluquería de señora y caballero. Epígrafe I.A.E. 972.1 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.562,75
2Superficie del local.Metro cuadrado.41,33
3Consumo de energía eléctrica.100 kWh.17,48

Cuota mínima por operaciones corrientes: 13 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de servicios de manicura, depilación, pedicura y maquillaje, siempre que estas actividades se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Salones e institutos de belleza. Epígrafe I.A.E. 972.2 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.2.562,75
2Superficie del local.Metro cuadrado.41,33
3Consumo de energía eléctrica.100 Wh.17,36

Cuota mínima por operaciones corrientes: 32 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Actividad: Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras. Epígrafe I.A.E.: 973.3 

MóduloDefiniciónUnidad

Cuota devengada anual por unidad

Euros

1Personal empleado.Persona.13.136,13
2Potencia eléctrica.KW contratado.239,74

Cuota mínima por operaciones corrientes: 30 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la derivada de los servicios de reproducción de planos y la encuadernación de sus trabajos, siempre que estas actividades se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal de servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras.

Mientras que el anexo III de la Orden de módulos para 2024 contiene las normas comunes a todas las actividades.

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