Pago único de la prestación por cese de actividad de trabajadores autónomos
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 15/01/2019
El pago único constituye una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación.
El nuevo supuestos y requisitos para que los beneficiarios del derecho a la prestación por cese en la actividad , (en redacción aportada por la Ley 31/2015 de 9 de Sep) fija, con efectos de 10/10/2015, los supuestos y requisitos para que los beneficiarios del derecho a la prestación por cese en la actividad puedan percibir, una parte o en su totalidad, el valor actual del importe de la prestación que pudiera corresponderles en función de las cotizaciones efectuadas.
Al igual que ocurre con los Trabajadores por Cuenta Ajena, que pueden capitalizar en Pago único de la prestación por desempleo (Capitalización)que hayan generado con el fin de destinar esas cantidades a la realización de una actividad profesional como socios de una Cooperativa de Trabajo Asociado (o Sociedad Laboral), o como trabajadores por cuenta propia o autónomos, la
1.Quienes sean titulares del
2. El beneficiario que desee percibir su prestación de una sola vez podrá
3. El órgano gestor, teniendo en cuenta la viabilidad del proyecto a realizar, reconocerá el derecho en el plazo de treinta días contados desde la solicitud del pago único. Contra la decisión del órgano gestor se podrá reclamar.
La solicitud del abono de la prestación por cese de actividad, en todo caso deberá ser de fecha anterior a la fecha de incorporación del beneficiario a la sociedad o a la de inicio de la actividad como trabajador autónomo, considerando que tal inicio coincide con la fecha que como tal figura en la solicitud de alta del trabajador en la Seguridad Social.
4. Una vez percibida la prestación por su valor actual, el beneficiario deberá iniciar, en el plazo máximo de un mes, la actividad para cuya realización se le hubiera concedido y darse de alta como trabajador por cuenta propia en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social, o acreditar, en su caso, que está en fase de iniciación.
5. El abono de la prestación se realizará de una sola vez por el importe que corresponda a las aportaciones al capital social o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad como trabajadores autónomos, incluidas las cargas tributarias para el inicio de la actividad.
En ambos casos, quienes perciban el pago único de la prestación por cese de actividad podrán destinar la misma a los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de una entidad, así como al pago de las tasas y tributos. Podrán, además, destinar hasta el 15 % de la cuantía de la prestación capitalizada al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.
Se abonará como pago único la cuantía de la prestación, calculada en días completos, de la que se deducirá el importe relativo al interés legal del dinero.
6. El órgano gestor, a solicitud de los beneficiarios de esta medida, podrá destinar todo o parte del pago único de la prestación por cese de actividad a cubrir los costes de cotización a la Seguridad Social. En tal caso, habrá que atenerse a las siguientes reglas:
I. Si no se obtiene la prestación por su importe total, el importe restante se podrá obtener conforme a lo establecido en la regla segunda siguiente.
Asimismo, el beneficiario de la prestación podrá optar por obtener toda la prestación pendiente por percibir conforme a lo establecido en la regla segunda siguiente.
II. El órgano gestor podrá abonar mensualmente el importe de la prestación por cese de actividad para compensar la cotización del trabajador a la Seguridad Social, y en este supuesto:
- a) La cuantía a abonar, calculada en días completos de prestación, será fija y corresponderá al importe de la aportación íntegra del trabajador a la Seguridad Social en el momento del inicio de la actividad sin considerar futuras modificaciones.
- b) El abono se realizará mensualmente por la entidad u organismo gestor al trabajador, previa comprobación de que se mantiene en alta en la Seguridad Social en el mes correspondiente.
7. La percepción de la prestación en un pago único será compatible con otras ayudas que para la promoción del trabajo autónomo pudieran obtenerse, bien con carácter individual o bien a través de la constitución de una sociedad de capital.
8. La no afectación de la cantidad percibida a la realización de la actividad para la que se haya concedido será considerada pago indebido. (1)
(1) A estos efectos, se entenderá, salvo prueba en contrario, que no ha existido afectación cuando el trabajador, en el plazo de un mes, no haya acreditado los extremos indicados en el apartado 4 .
No hay versiones para este comentario
- Novedades laborales y de Seguridad Social
- Reforma laboral 2022
- Reforma de las pensiones 2022
- Medidas laborales y de seguridad social por COVID-19
- Contratación laboral
- Modificación, suspensión, nulidad y extinción del contrato de trabajo
- Seguridad Social
- Jornada Laboral
- Salario y régimen retributivo
- Negociación colectiva y Conflictos colectivos
- Economía social
- Infracciones y sanciones laborales
- Prevención de riesgos laborales
- Derecho Procesal Laboral
- Contingencias profesionales
- Nuevas tecnologías en el ámbito laboral
Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 166 Fecha de Publicación: 12/07/2007 Fecha de entrada en vigor: 12/10/2007 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
RDLeg. 8/2015 de 30 de Oct (TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 261 Fecha de Publicación: 31/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/01/2016 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 8ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 7ª. Competencias sobre la incapacidad temporal.
- D.F. 6ª bis. Ampliación del régimen de compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo por cuenta ajena.
- D.F. 6ª. Trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio.
- D.F. 5ª. Disposiciones relativas a trabajadores por cuenta ajena agrarios.
Ley 31/2015 de 9 de Sep (Se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo; medidas de fomento y promoción de trabajo autónomo y de Economía Social) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 217 Fecha de Publicación: 10/09/2015 Fecha de entrada en vigor: 10/10/2015 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
-
Sentencia Social Nº 517/2015, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 11/2015, 09-06-2015
Orden: Social Fecha: 09/06/2015 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Garcia Alarcon, Maria Virginia Num. Sentencia: 517/2015 Num. Recurso: 11/2015
-
Sentencia SOCIAL Nº 3053/2019, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1587/2019, 12-06-2019
Orden: Social Fecha: 12/06/2019 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Agustí Maragall, Joan Num. Sentencia: 3053/2019 Num. Recurso: 1587/2019
-
Sentencia Social Nº 457/2007, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2684/2006, 14-02-2007
Orden: Social Fecha: 14/02/2007 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: Capilla Ruiz-coello, Jose Maria Num. Sentencia: 457/2007 Num. Recurso: 2684/2006
-
Sentencia SOCIAL TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1709/2017, 14-09-2017
Orden: Social Fecha: 14/09/2017 Tribunal: Tsj Galicia Ponente: López, José Elias Paz Num. Recurso: 1709/2017
-
Sentencia SOCIAL Nº 620/2017, TSJ Asturias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 148/2017, 21-03-2017
Orden: Social Fecha: 21/03/2017 Tribunal: Tsj Asturias Ponente: Martin Morillo, Jesus Maria Num. Sentencia: 620/2017 Num. Recurso: 148/2017
-
Pago único de la prestación por desempleo (Capitalización)
Orden: Laboral Fecha última revisión: 09/09/2021
Aquellas personas que están en desempleo y pretendan desarrollar una nueva actividad como trabajadores autónomos o incorporarse como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales pueden solicitar el pago único, o capi...
-
Compatibilidad e Incompatibilidad de la prestación por desempleo
Orden: Laboral Fecha última revisión: 29/09/2020
Las compatibilidades e incompatibilidades de la prestación contributiva por desempleo y el subsidio se regulan de manera unificada en el art. 282LGSS. Cuando así lo establezca algún programa de fomento al empleo destinado a colectivos con mayor d...
-
Prestación por cese de actividad en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Orden: Laboral Fecha última revisión: 23/09/2020
El sistema específico de protección por el cese de actividad forma parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social, es de carácter obligatorio desde el 1 de enero de 2019 y tiene por objeto dispensar a los trabajadores autóno...
-
Campo de aplicación del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Orden: Laboral Fecha última revisión: 30/06/2021
Estarán obligatoriamente incluidas en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos las personas físicas mayores de dieciocho años que realicen de forma habitual, personal,...
-
Compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia
Orden: Laboral Fecha última revisión: 09/03/2016
En aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 del Art. 282 ,LGSS, se permite la compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propiaHASTA 09/10/2015: Las medidas sobre la prestación por desempleo par...
-
Formulario genérico de demanda para la impugnación de alta de oficio en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Fecha última revisión: 28/07/2021
AL JUZGADO DE LO SOCIAL [NUM_JUZGADO] DE [PROVINCIA]D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], letrado en ejercicio del Ilte. Colegio de Abogados de [PROVINCIA], con despacho abierto en [LOCALIDAD], calle [CALLE] n.º [NUMERO], el cual vengo a designar a efe...
-
Recurso de alzada contra la Resolución de la TGSS por la que se deniega al autónomo societario la devolución de cantidades abonadas (no aplicación de tarifa plana).
Fecha última revisión: 20/10/2020
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE [PROVINCIA] NÚMERO DE EXPEDIENTE / REFERENCIA [NUMERO]En [LUGAR] a [DIA] de [MES] de [ANIO].D./Dª. [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE] (1), Abogado, en representación de D./Dª. [...
-
Papeleta de conciliación para reconocimiento de relación laboral por parte de un falso autónomo durante la vigencia de la prestación de servicios.
Fecha última revisión: 04/05/2017
AL SERVICIO DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE [PROVINCIA]D/Dña. [NOMBRE_LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL], en calidad de Letrado y representante de D/Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR], mayor de edad, en posesión del DNI núm. [DNI], y domicilio a efect...
-
Modelo de memoria explicativa del proyecto de actividad profesional para la solicitud de la prestación por desempleo en Pago único
Fecha última revisión: 19/11/2020
-
Solicitud de alta, baja o variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos Socios para socios de cooperativas de trabajo asociado (modelo TA.0521/4)
Fecha última revisión: 20/12/2016
-
Caso práctico: Pago único de la prestación por desempleo para realizar como autónomo la misma actividad que como trabajador por cuenta ajena.
Fecha última revisión: 07/01/2016
-
Caso práctico: Capitalización prestación por desempleo de trabajador que continua con negocio tras jubilación empresario
Fecha última revisión: 23/01/2019
-
Caso práctico: encuadramiento en la Seguridad Social de los administradores de sociedades y altos directivos
Fecha última revisión: 28/02/2020
-
Caso práctico: Solicitud de prestación de desempleo en pago único compatible con el alta en la mutualidad de previsión social
Fecha última revisión: 25/01/2022
-
Caso práctico: Trámites laborales para darse de alta como Autónomo.
Fecha última revisión: 29/04/2016
PLANTEAMENTOUn trabajador que había prestado servicios en una empresa - hasta que fue despedido - solicitó la prestación de desempleo en la modalidad de pago único para trabajadores autónomos con el fin de realizar la misma actividad que realiz...
PLANTEAMIENTOTrabajador al que se le extingue el contrato por jubilación del empresario el 31/12/2018. El trabajador solicita el desempleo y se lo conceden. el trabajador paga cesión de negocio por transmisión al antiguo empresario¿Puede ser con...
PLANTEAMIENTO Un consejero de una sociedad mercantil a titulo lucrativo y poseedor de 56 % de la mercantil, ante la proximidad de la llegada de una Inspección de Trabajo y Seguridad Social se le suscitan las siguientes dudas:1.- ¿Qué característ...
PLANTEAMIENTOUna persona que actualmente está cobrando una prestación por desempleo, pretende comenzar a ejercer profesionalmente como abogado por cuenta propia. Para poder ejercer la profesión decide darse de alta en la mutualidad de la abogací...
PLANTEAMIENTOUna mujer pretende darse de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos para desarrollar su actividad profesional de ebanista:1.- ¿Está obligada a darse de alta como autónoma? ¿Y si quisiera que su cónyuge trabajase co...
-
Resolución de TEAF Bizkaia, 014217, 03-04-2018
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 03/04/2018
-
Resolución de TEAF Bizkaia, 5602, 18-09-2008
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 18/09/2008
-
Resolución Vinculante de DGT, V0856-21, 12-04-2021
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 12/04/2021 Núm. Resolución: V0856-21
-
Resolución Vinculante de DGT, V1867-21, 15-06-2021
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 15/06/2021 Núm. Resolución: V1867-21
-
Resolución Vinculante de DGT, V1660-21, 31-05-2021
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 31/05/2021 Núm. Resolución: V1660-21