Periodo de prueba y formalización de la contratación de personas con discapacidad
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 04/05/2022
El periodo de prueba para la contratación de personas con discapacidad se encuentra sujeto a la duración máxima y los limites establecidos de forma genérica en el art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.
La duración y características del periodo de prueba se encuentran reguladas por el convenio colectivo de aplicación y sujetas a los límites que establece el art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.
Como es sabido, la libertad de desistimiento reconocida al empresario en el periodo de prueba no es omnímoda, sino que tiene ciertos límites, apuntados en la ley y que se ha encargado de concretar la jurisprudencia tanto del Tribunal Constitucional como de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Por un lado, «(e)l empresario y el trabajador están respectivamente obligados a realizar las experiencias que constituyan el objeto de la prueba" (art. 14.1 del ET); lo que significa que, salvo imposibilidad, el desistimiento no puede producirse sin que haya tenido lugar la comprobación sobre el terreno de que el mantenimiento de la relación de trabajo no conviene a los intereses de una u otra parte del contrato. Por otro lado, la decisión de desistimiento no debe comportar una discriminación o lesión de derechos fundamentales» (STS, rec. 5013/2005, de 2 de abril de 2007, ECLI:ES:TS:2007:2461, entre muchas).
SENTENCIA RELEVATE
STSJ de Extremadura n.º 645/2019, de 29 de enero de 2020, ECLI:ES:TSJEXT:2020:4,
Se declarada nula la extinción del contrato de un trabajador por no superación del periodo de prueba considerando que la empresa había encomendado a la persona trabajadora con discapacidad labores incompatibles con su discapacidad.
En el caso concreto, el demandante fue contratado con pleno conocimiento de su situación de discapacidad (Directiva 2000/78), lo que se tuvo en consideración para adaptar el puesto de trabajo que debía desempeñar a sus condiciones físicas. Condiciones de adaptación que no fueron respetadas por la empresa demandada, lo que provocó la caída del trabajador al manipular un contenedor cuando le estaban vedados tanto cargar pesos como trabajos que requieran bipedestación prolongada o desplazamiento por terreno irregular.
Habiendo sido despido por no superación del periodo de prueba en base a «no cumplir las "expectativas" del puesto de trabajo establecidas en el expediente de selección, y con sus obligaciones como trabajador», para el TSJ concurren indicios suficientes de discriminación, ex art. 96.1 y 181.2 de la LRJS, y ello sitúa a la empleadora en la obligación procesal de aportar una justificación razonable y objetiva de la decisión adoptada, carga procesal que no ha cumplido.
1. Centros Especiales de Empleo: período de adaptación al trabajo
Con el fin de facilitar la adaptación profesional de la personas trabajadora con discapacidad para el desempeño de las tareas que constituyen el contenido de su puesto de trabajo o, en su caso, completar la formación necesaria para el mismo, podrá establecerse en el contrato un período de adaptación al trabajo que, a su vez, tendrá el carácter de período de prueba, con sujeción a los límites de duración que, en su caso, se establezcan en los convenios colectivos, no pudiendo exceder en ningún caso de seis meses. (art. 10 del Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio).
La ineptitud existente con anterioridad al cumplimiento del período de adaptación o de prueba, no podrá alegarse con posterioridad a dicho cumplimiento como motivo de extinción del contrato de trabajo al amparo del art. 16 del Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio.
2. Contrato de formación en alternancia con personas con discapacidad
Atendiendo a la regulación general de esta modalidad contractual [art. 11.2 l) del ET], no podrá establecerse periodo de prueba en estos contratos.
Formalización del contrato con una persona trabajadora con discapacidadTras la simplificación administrativa de modelos de contrato los diferentes modelos disponibles para la contratación de trabajadores con discapacidad han de formalizarse utilizando la opción de contrato indefinido, contrato temporal, contrato en prácticas o formación, donde podemos encontrar las siguientes modalidades.
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Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 255 Fecha de Publicación: 24/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 13ª. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- D.T. 12ª. Salarios de tramitación.
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 245 Fecha de Publicación: 11/10/2011 Fecha de entrada en vigor: 11/12/2011 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Directiva 2000/78/CE de 27 de Nov DOUE (establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación) VIGENTE
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número: 303 Fecha de Publicación: 02/12/2000 Órgano Emisor: Consejo
Real Decreto 1368/1985 de 17 de Jul (Relación laboral especial de minusválidos que trabajen en Centros Especiales de Empleo) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 189 Fecha de Publicación: 08/08/1985 Fecha de entrada en vigor: 01/10/1985 Órgano Emisor: Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social
- ANEXO. MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES MINUSVÁLIDOS AL AMPARO DEL REAL DECRETO 1368/1985, DE 17 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA RELACIÓN LABORAL DE CARÁCTER ESPECIAL DE LOS MINUSVÁLIDOS QUE TRABAJEN EN LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
- D.F. UNICA.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. UNICA.
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
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Sentencia SOCIAL Nº 983/2019, TSJ Asturias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 535/2019, 14-05-2019
Orden: Social Fecha: 14/05/2019 Tribunal: Tsj Asturias Ponente: Ordoñez Diaz, Catalina Num. Sentencia: 983/2019 Num. Recurso: 535/2019
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Sentencia SOCIAL Nº 163/2018, JSO Gijón, Sec. 3, Rec 697/2017, 18-04-2018
Orden: Social Fecha: 18/04/2018 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Gijón Ponente: Ordoñez Diaz, Catalina Num. Sentencia: 163/2018 Num. Recurso: 697/2017
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Sentencia SOCIAL Nº 709/2017, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 485/2017, 14-07-2017
Orden: Social Fecha: 14/07/2017 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Torres Andres, Juan Miguel Num. Sentencia: 709/2017 Num. Recurso: 485/2017
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Sentencia SOCIAL Nº 8/2018, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1817/2017, 10-01-2018
Orden: Social Fecha: 10/01/2018 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: Utrera Martín, Ernesto Num. Sentencia: 8/2018 Num. Recurso: 1817/2017
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Sentencia SOCIAL Nº 336/2021, JSO Burgos, Sec. 3, Rec 899/2020, 18-11-2021
Orden: Social Fecha: 18/11/2021 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Burgos Ponente: Gomez Giralda, Marta Num. Sentencia: 336/2021 Num. Recurso: 899/2020
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Comunicación extinguiendo el contrato en período de prueba por parte de la empresa
Fecha última revisión: 07/04/2016
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO][DATOS_EMPRESA]CIF: [NUMERO] Sr./Sra. D./Dña [NOMBRE_TRABAJADOR_A]Muy Señor/a mío/a:La Dirección de la empresa [NOMBRE_EMPRESA] le comunica mediante el presente escrito, a fecha de hoy, la extinción...
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Cláusula contractual para la consignación de periodo de prueba.
Fecha última revisión: 30/04/2018
I.- CLAUSULA NUM. [NUMERO]. Cláusula contractual de periodo de pruebaDe conformidad a lo dispuesto en los Arts. 14.1 del Estatuo de los Trabajadores y [NUM_ARTICULO] del Convenio Colectivo aplicable se establece un período de prueba desde [PLAZO] h...
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Comunicación extinguiendo el contrato en período de prueba por parte del trabajador
Fecha última revisión: 16/11/2017
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO] D./Dña [NOMBRE_TRABAJADOR_A]DNI: [NUMERO] A la att. de [NOMBRE_EMPRESA]Muy Señores/as míos/as:Mediante el presente escrito le comunico, a fecha de hoy, mi intención de extinguir el contrato de trabajo...
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Demanda contra despido de trabajador no dado de alta en Seguridad Social.
Fecha última revisión: 31/05/2016
AL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº [NUM_JUZGADO] DE [PROVINCIA]D./DÑA. [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], Letrado/a en ejercicio del Ilte. Colegio de Abogados de [PROVINCIA], con despacho abierto en [LOCALIDAD], calle [CALLE] nº [NUMERO], el cual vengo a designar ...
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Comunicación extinguiendo el contrato en período de prueba (empleados de hogar)
Fecha última revisión: 16/11/2017
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO] Sr./Sra. D./Dña [NOMBRE_CABEZA_FAMILIA]DNI [NUMERO] Sr./Sra. D./Dña [NOMBRE_TRABAJADOR_A]Muy Señor/a mío/a:Le comunica mediante el presente escrito, a fecha de hoy, la extinción del contrato de trabaj...
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Análisis sobre los límites a la facultad empresarial de desistimiento en período de prueba. Accidente del trabajador (STS 12/07/2012)
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Resolución Vinculante de DGT, V1852-08, 14-10-2008
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 14/10/2008 Núm. Resolución: V1852-08
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Órgano: Instituto Contable Y Auditoria De Cuentas Fecha: 01/03/2016 Núm. Resolución: 105/MARZO 2016
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Resolución Vinculante de DGT, V1887-09, 07-08-2009
Órgano: Sg De Impuestos Sobre El Consumo Fecha: 07/08/2009 Núm. Resolución: V1887-09
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Resolución Vinculante de DGT, V3918-15, 09-12-2015
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 09/12/2015 Núm. Resolución: V3918-15