Periodos asimilados a tiempo de trabajo efectivo
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 12/08/2020
NOVEDAD
- Con efectos de 12 de mayo de 2019 el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, modifica el art. 34ET, instaurando el deber de la empresa de garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente (Ver: Obligatoriedad de registro de la jornada de los trabajadores)
De forma excepcional nos podemos encontrar con determinados períodos que, aunque no se realizan específicamente a la realización del trabajo, se asimilan por reconocimiento en le normativa laboral, al tiempo de trabajo efectivo. Esta asimilación puede darse a efectos del cómputo de jornada o con efectos sobre la retribución del trabajador. Se trata de periodos que aún sin la realización de la propia actividad productiva por parte del trabajador, se realizan actividades que:
- Forman parte de las obligaciones contractuales contraídas por el trabajador
- Constituyen obligaciones empresariales
- Son actividades tuteladas por el ordenamiento jurídico.
En el estudio de este apartado han de destacarse:
- Tiempos de «toma y deje» del servicio
- Tiempo de descanso para el bocadillo en la jornada laboral
- Tiempo para realización de reconocimientos médicos
- Tiempo dedicado a la formación en prevención de riesgos laborales
- Disponibilidad horaria del trabajador fuera de la jornada de trabajo
Jurisprudencia
Se considera tiempo de trabajo el desplazamiento desde el domicilio de los trabajadores, utilizando vehículos de empresa, al domicilio del cliente, porque la actividad empresarial no sería factible sin el desplazamiento de trabajadores, materiales y herramientas a los domicilios de los clientes. Quiebra el principio de igualdad, cuando se computa como tiempo de trabajo para unos trabajadores y se niega a los afectados por el conflicto, porque los desplazamientos de los primeros son potencialmente más distantes.
STJUE de 10 de Septiembre de 2015, C-266/14
Se estudia la incidencia de la normativa comunitaria (Directiva 2003/88/CE) en empresas sin centro de trabajo, cuyos trabajadores se desplazan a los domicilios de los clientes en vehículos de empresa: "El artículo 2, punto 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, debe interpretarse en el sentido de que, en circunstancias como las controvertidas en el litigio principal, en las que los trabajadores carecen de centro de trabajo fijo o habitual, el tiempo de desplazamiento que dichos trabajadores dedican a los desplazamientos diarios entre su domicilio y los centros del primer y del último cliente que les asigna su empresario constituye 'tiempo de trabajo', en el sentido de dicha disposición".
Se afirma que, si los desplazamientos no se consideraran tiempo de trabajo, dejarían de ser el instrumento necesario para ejecutar prestaciones técnicas por parte de los trabajadores en los centros de estos clientes, lo cual conduciría a que, se produciría la 'desnaturalización de este concepto y el menoscabo del objetivo de protección de la seguridad y de la salud de estos trabajadores'.
Consiguientemente, si el desplazamiento al domicilio del cliente es esencial para el despliegue de la actividad de la empresa, quien no podría instalar ascensores, mantenerlos o repararlos, si no desplazara a sus operarios, junto con los materiales y herramientas necesarias, al domicilio de los clientes con la consiguiente repercusión en la facturación de esos servicios, es claro que, dichos desplazamientos deben ser considerados tiempo de trabajo. También, cuando el desplazamiento se realiza desde el domicilio de los trabajadores, quienes se trasladan a sí mismos, junto con los materiales y herramientas necesarios en los vehículos proporcionados por la empresa, conforme a la planificación realizada por ésta, como admite la propia Thyssenkrupp con los trabajadores, que prestan servicios en los domicilios de los clientes, salvo en los municipios de San Sebastián y Éibar, no concurriendo razones objetivas y proporcionadas, que justifiquen el trato diferenciado a los trabajadores, que prestan servicios únicamente en los municipios mencionados.
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Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 255 Fecha de Publicación: 24/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 13ª. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- D.T. 12ª. Salarios de tramitación.
Directiva 2003/88/CE de 4 de Nov DOUE (Aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo) VIGENTE
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número: 299 Fecha de Publicación: 18/11/2003 Fecha de entrada en vigor: 02/08/2004 Órgano Emisor: Consejo
- Artículo 29. Destinatarios
- Artículo 28. Entrada en vigor
- Artículo 27. Derogación
- Artículo 26. Evaluación del funcionamiento de las disposiciones relativas a los trabajadores del sector del transporte de pasajeros
- Artículo 25. Evaluación del funcionamiento de las disposiciones relativas a los trabajadores a bordo de buques de pesca marítima
RD-Ley 8/2019 de 8 de Mar (Medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 61 Fecha de Publicación: 12/03/2019 Fecha de entrada en vigor: 13/03/2019 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 6ª. Entrada en vigor.
- D.F. 5ª. Modificaciones presupuestarias.
- D.F. 4ª. Título competencial.
- D.F. 3ª. Modificación de la Ley 8/2009, de 28 de agosto de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española.
- D.F. 2ª. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
- Tiempo de toma y deje
- Tiempo para el bocadillo
- Exámenes y reconocimientos médicos
- Formación en prevención de riesgos
- Disponibilidad horaria
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Sentencia SOCIAL Nº 137/2018, AN, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 125/2018, 20-09-2018
Orden: Social Fecha: 20/09/2018 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Gallo Llanos, Ramon Num. Sentencia: 137/2018 Num. Recurso: 125/2018
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Sentencia SOCIAL Nº 15/2018, TSJ Aragon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 688/2017, 24-01-2018
Orden: Social Fecha: 24/01/2018 Tribunal: Tsj Aragon Ponente: Mora, José Enrique Mateo Num. Sentencia: 15/2018 Num. Recurso: 688/2017
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Sentencia SOCIAL Nº 106/2018, TSJ Baleares, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 342/2017, 15-03-2017
Orden: Social Fecha: 15/03/2017 Tribunal: Tsj Baleares Ponente: Roa Nonide, Alejandro Num. Sentencia: 106/2018 Num. Recurso: 342/2017
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Sentencia SOCIAL Nº 127/2019, AN, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 147/2019, 31-10-2019
Orden: Social Fecha: 31/10/2019 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Bodas Martin, Ricardo Num. Sentencia: 127/2019 Num. Recurso: 147/2019
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Sentencia SOCIAL Nº 589/2018, TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2/2018, 26-09-2018
Orden: Social Fecha: 26/09/2018 Tribunal: Tsj Castilla Y Leon Ponente: Martinez Toral, Carlos Jose Cosme Num. Sentencia: 589/2018 Num. Recurso: 2/2018
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Tiempo de descanso para el bocadillo en la jornada laboral
Orden: Laboral Fecha última revisión: 13/08/2020
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Orden: Laboral Fecha última revisión: 31/08/2021
El art. 23.1.a) del ET, relativo a la promoción y formación profesional en el trabajo, establece el derecho de las personas trabajadoras «Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir tur...
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Régimen general de la jornada laboral
Orden: Laboral Fecha última revisión: 11/05/2022
La jornada laboral es el tiempo que el trabajador dedica a la realización de las actividades por las que recibe un salario por parte del empresario. ¿Qué duración y qué límites debe tener la jornada de trabajo?Atendiendo a una concepción jur...
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Formulario de acuerdo entre RLT y empresa sobre la forma de realizar el registro de la jornada obligatorio (art. 34.9 del ET)
Fecha última revisión: 07/05/2019
ACUERDO SOBRE FORMALIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DEL REGISTRO DE JORNADA PARA LA EMPRESA [EMPRESA]En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [ANIO].REUNIDOSLa representación legal de la empresa [NOMBRE_EMPRESA] representada por D./D.ª [NOMB...
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Contratos de figuración para la realización de una obra audiovisual (figurantes)
Fecha última revisión: 22/01/2018
Datos de la empresa:CIF/NIF/NIE: [NUMERO]Nombre o razón social de la empresa: [NOMBRE_EMPRESA]Domicilio social: : [DENOMINACION_SOCIAL]Datos de la cuenta de cotización:Régimen [ESPECIFICAR] ...
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Fecha última revisión: 06/06/2016
Acuerdo sobre calendario laboral para la empresa [EMPRESA]En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [ANIO]REUNIDOS, la legal representación de la empresa [NOMBRE] representada por D./Dña. [NOMBRE] y D./Dña. [NOMBRE], [ESPECIFICAR_CARGO_EMPRESA_Y_ORIGEN_POD...
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Demanda de conflicto colectivo (modificación sustancial colectiva de las condiciones de trabajo sobre la jornada laboral).
Fecha última revisión: 21/06/2017
AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [PROVINCIA] / A LA SALA DE LO SOCIAL DEL TSJ DE [PROVINCIA]/ o A LA SALA DE LO SOCIAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL DE [PROVINCIA] (1)Demandante: [GRUPO_SINDICAL] (2)Demandado: [NOMBRE_EMPRESA]D./Dña [NOMBRE_ABOGADO_CL...
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Resolución de TEAC, 2787/2014/00/00, 04-12-2017
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Resolución Vinculante de DGT, V0384-15, 02-02-2015
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Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 11/07/2017 Núm. Resolución: V1816-17
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Resolución Vinculante de DGT, V1815-17, 11-07-2017
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 11/07/2017 Núm. Resolución: V1815-17
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Resolución de TEAC, 2789/2014/00/00, 22-11-2017
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 22/11/2017 Núm. Resolución: 2789/2014/00/00