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21/03/2025
Exención en la importación de bienes por traslado de sede de actividad (IVA)
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Tiempo de lectura: 4 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 21/03/2025
La exención del IVA en la importación de bienes por traslado de sede de actividad requiere cumplir unos requisitos específicos y excluye ciertos bienes que aparecen regulados en el art. 37 de la LIVA y el art. 16 del RIVA.
¿Qué exenciones existen en el IVA para la importación de bienes por traslado de sede de actividad?
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