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El procedimiento contencioso-administrativo en 1.ª o única instancia
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Marco jurídico y fases del procedimiento contencioso-administrativo en 1.ª o única instancia
El procedimiento contencioso-administrativo se puede tramitar de diversas formas. Por un lado, puede tramitarse como procedimiento ordinario y, por otro lado, como procedimiento abreviado (art. 78 de la LJCA), sin olvidar, además, ciertos procedimientos especiales regulados en el título V de la LJCA (arts. 114-127 quinquies de la LJCA), como puede ser el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona.
El procedimiento contencioso-administrativo en 1.ª o única instancia (procedimiento ordinario) se encuentra regulado en el capítulo I del título IV de la LJCA. Su contenido es el siguiente:
- Sección 1.ª: Diligencias preliminares (arts. 43-44 de la LJCA).
- Sección 2.ª: Interposición del recurso y reclamación del expediente (arts. 45-48 de la LJCA).
- Sección 3.ª: Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso (arts. 49-51 LJCA).
- Sección 4.ª: Demanda y contestación (arts. 52-57 de la LJCA).
- Sección 5.ª: Alegaciones previas (arts. 58-59 de la LJCA).
- Sección 6.ª: Prueba (arts. 60-61 de la LJCA).
- Sección 7.ª: Vista y conclusiones (arts. 62-66 de la LJCA).
- Sección 8.ª: Sentencia (arts. 67-73 de la LJCA).
- Sección 9.ª: Otros medios de terminación del procedimiento (74-77 de la LJCA).