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09/05/2025
Regulación del pago por cesión de bienes
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 09/05/2025
El pago, como una de las formas de extinción de las obligaciones, se contempla en el capítulo IV del título I del libro IV del CC. La modalidad especial de pago por cesión de bienes se regula en el art. 1175 del Código Civil (CC) con el siguiente tenor:
«El deudor puede ceder sus bienes a los acreedores en pago de sus deudas. Esta cesión, salvo pacto en contrario, sólo libera a aquél de respon...
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