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06/06/2024
Renuncia al pago de la pensión alimenticia a los hijos
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 06/06/2024
¿Puede renunciar uno de los progenitores al pago de la pensión de alimentos de su o sus hijos? La respuesta es no, no puede. (Artículo 151 del Código Civil).
¿Se puede renunciar a la pensión de alimentos por acuerdo entre los progenitores?
De acuerdo con el Código Civil, el derecho de alimentos no es renunciable ni transmisible a un tercero. Tampoco los alimentos pueden compensarse con lo que el ali...
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