Responsabilidades y garantías en la Ley de Ordenación de la Edificación
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Responsabilidades y garantías en la Ley de Ordenación de la Edificación

Tiempo de lectura: 2 min

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Estado: VIGENTE

Orden: administrativo

Fecha última revisión: 02/03/2017

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Los Art. 17-20 ,Ley 38/1999, de 5 de noviembre rubricados como "Responsabilidades y garantías", buscan fijar las garantías suficientes a los usuarios de la edificación frente a los posibles daños que pudieran irrogarse, a través de preceptos relativos a la responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso edificatorio, los plazos de prescripción de las acciones, las garantías por daños materiales ocasionados por vicios y defectos de la construcción y los requisitos para la escrituración y la inscripción de las edificaciones.  

Con el objetivo, declarado en su Exposición de Motivos, de "establecer el marco general en el que pueda fomentarse la calidad de los edificios y (...) el compromiso de fijar las garantías suficientes a los usuarios frente a los posibles daños", el Capítulo IV de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, rubricado como "Responsabilidades y garantías", se ocupa de abordar las siguientes cuestiones: