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Responsable subsidiario (ISD)
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 13/03/2024
Serán subsidiariamente responsables del pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones los sujetos o entidades que señala el artículo 8 de la LISD y el artículo 19 del RISD, en los términos que en ellos se especifica. Por ejemplo, en las transmisiones «mortis causa» de depósitos, garantías o cuentas corrientes, lo serán los intermediarios financieros y las demás entidades o personas que hubieren ...
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