Ríos y humedales
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Administrativo
- Fecha última revisión: 22/07/2020
El Ministerio para la Transición Ecológica y el reto demográfico en consonancia con la normativa europea desarrolla la “Estrategia Nacional de Restauración de Ríos” (ENRR) para conservar y recuperar su buen.
Es importante tener presente el "Plan Estratégico Ramsar 1997-2002" para el establecimiento de políticas nacionales para sus humedales. Como consecuencia de Convenio de Ramsar en España se promovió la elaboración del "Plan Estratégico Español para la Conservación y Uso Racional de los Humedales".
El Ministerio para la Transición Ecológica y el reto demográfico en consonancia con la Directiva marco del agua (Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre) y la Directiva de evaluación y gestión de los riesgos de inundación (Directiva 2007/60/CE, de 23 de octubre), desarrolla la “Estrategia Nacional de Restauración de Ríos” (ENRR) para conservar y recuperar el buen estado de los ríos con el objetivo de:
- Fomento de la integración de la gestión de los ecosistemas fluviales en las políticas de uso y gestión del territorio, con criterios de sostenibilidad.
- Contribución a la mejora de la formación en los temas relativos a la gestión sostenible de los ríos y su restauración.
- Aportación de información y experiencias para mejorar las actuaciones en la restauración de los ríos de España.
- Fomento de la participación de la ciudadanía e implicación de los colectivos sociales en la gestión de los sistemas fluviales.
En la 6ª Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes (COP6) del Convenio de Ramsar, celebrada en Brisbane, Australia, en 1996, se adoptó el "Plan Estratégico Ramsar 1997-2002" para el establecimiento de políticas nacionales para sus humedales.
La entonces existente Dirección General para la Biodiversidad, en su calidad de Autoridad administrativa del Convenio de Ramsar en España, promovió que el Comité de Humedales encarara la elaboración del "Plan Estratégico Español para la Conservación y Uso Racional de los Humedales" con los siguientes fines:
- Garantizar la conservación y uso racional de los humedales, incluyendo su restauración o rehabilitación.
- Integrar la conservación y el uso racional de los humedales en las políticas sectoriales.
- Contribuir al cumplimiento de los compromisos del Estado Español en relación a los convenios, directivas, políticas y acuerdos europeos e internacionales relacionados con los humedales.
JURISPRUDENCIA:
STS, Sala de lo Contencioso, Nº 304/2020, de 2 de marzo, ECLI: ES:TS:2020:745
“Los siguientes proyectos correspondientes a actividades listadas en el anexo I que, no alcanzando los valores de los umbrales establecidos en el mismo, se desarrollen en zonas especialmente sensibles, designadas en aplicación de la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril de 1979, y de la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, o en humedales incluidos en la lista del Convenio de Ramsar, (FJ 5º ‘La sentencia de fecha 26 de junio de 2018, dictada por esta Sala en el recurso de casación núm. 6/2017’)”.
STS, Sala de lo Contencioso, Nº 507/2019, de 11 de abril, ECLI: ES:TS:2019:1239
“las actuaciones que afecten a espacios catalogados con alguna figura de protección, tales como Red Natura 2000 terrestre y marina (LIC, ZEC y ZEPA), lista de Humedales de Importancia Internacional (lista RAMSAR) y el resto de figuras recogidas en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, deberán someterse a una evaluación específica que se realizará de acuerdo con la legislación básica estatal y la adicional de las Comunidades Autónomas donde se localicen, sin comprometer los objetivos de conservación de estos lugares, (FJ 4º)”.
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Directiva 92/43/CEE de 21 de May DOUE (Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres) VIGENTE
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número: 0 Fecha de Publicación: 22/07/1992 Fecha de entrada en vigor: 11/08/1992 Órgano Emisor: Consejo De La Union Europea
- ANEXO VI. MÉTODOS Y MEDIOS DE CAPTURA Y SACRIFICIO Y MODOS DE TRANSPORTE PROHIBIDOS.
- ANEXO V. ESPECIES ANIMALES Y VEGETALES DE INTERÉS COMUNITARIO CUYA RECOGIDA EN LA NATURALEZA Y CUYA EXPLOTACIÓN.
- ANEXO IV. ESPECIES ANIMALES Y VEGETALES DE INTERÉS COMUNITARIO QUE REQUIEREN UNA PROTECCIÓN ESTRICTA.
- ANEXO III. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS LUGARES QUE PUEDEN CLASIFICARSE COMO LUGARES DE IMPORTANCIA COMUNITARIA Y DESIGNARSE ZONAS ESPECIALES DE CONSERVACIÓN.
- ANEXO II. ESPECIES ANIMALES Y VEGETALES DE INTERÉS COMUNITARIO PARA CUYA CONSERVACIÓN ES NECESARIO DESIGNAR ZONAS ESPECIALES DE CONSERVACIÓN.
Directiva 2000/60/CE de 23 de Oct DOUE (Establecimiento de marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas) VIGENTE
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número: 326 Fecha de Publicación: 22/12/2000 Fecha de entrada en vigor: 22/12/2000 Órgano Emisor: Parlamento Y Consejo
Ley 42/2007 de 13 de Dic (Patrimonio Natural y de la Biodiversidad) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 299 Fecha de Publicación: 14/12/2007 Fecha de entrada en vigor: 15/12/2007 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- ANEXO VIII. Geodiversidad del territorio español
- ANEXO VII. Procedimientos para la captura o muerte de animales y modos de transporte que quedan prohibidos
- ANEXO VI. Especies animales y vegetales de interés comunitario cuya recogida en la naturaleza y cuya explotación pueden ser objeto de medidas de gestión
- ANEXO V. Especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta
- ANEXO IV. Especies que serán objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución
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Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 1190/2013, 25-03-2015
Orden: Administrativo Fecha: 25/03/2015 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: De Oro-pulido Lopez, Mariano Num. Recurso: 1190/2013
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Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 4077/2012, 16-10-2014
Orden: Administrativo Fecha: 16/10/2014 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Calvo Rojas, Eduardo Num. Recurso: 4077/2012
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Sentencia Administrativo Nº 223/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1206/2014, 02-05-2016
Orden: Administrativo Fecha: 02/05/2016 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Díaz Fernández, Emilia Teresa Num. Sentencia: 223/2016 Num. Recurso: 1206/2014
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Sentencia Constitucional Nº 134/2004, TC, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad 1313/1997 y 1316/1, 22-07-2004
Orden: Constitucional Fecha: 22/07/2004 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 134/2004 Num. Recurso: Recurso de inconstitucionalidad 1313/1997 y 1316/1
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Sentencia Administrativo Nº 61/2015, AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 7, Rec 303/2014, 10-11-2015
Orden: Administrativo Fecha: 10/11/2015 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Lopez-muñiz Goñi, Jose Luis Num. Sentencia: 61/2015 Num. Recurso: 303/2014
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Resolución Vinculante de DGT, V1749-12, 10-09-2012
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 10/09/2012 Núm. Resolución: V1749-12
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Resolución Vinculante de DGT, V1513-07, 06-07-2007
Órgano: Sg De Tributación De No Residentes Fecha: 06/07/2007 Núm. Resolución: V1513-07
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Resolución Vinculante de DGT, v0518-07, 13-03-2007
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 13/03/2007 Núm. Resolución: v0518-07
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Resolución Vinculante de DGT, v0517-07, 13-03-2007
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 13/03/2007 Núm. Resolución: v0517-07