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La sucesión testamentaria en Cataluña
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Orden: civil
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La sucesión testamentaria es aquella que se defiere por la voluntad del hombre manifestada en un testamento, esto es, el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o parte de ellos. En Cataluña, territorio con derecho civil especial o foral, se aborda la materia, fundamentalmente, en el Título II de la Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código Civil de Cataluña
La expresión "sucesión testamentaria" se refiere a aquella sucesión que se defiere por la voluntad del hombre manifestada en un testamento, el acto por el cual un sujeto dispone para después de su fallecimiento de todos sus bienes o parte de ellos. Cataluña, como territorio con derecho civil especial o foral, aborda la regulación de la materia en los art. 421.1-429.15 de Código Civil Catalán .