SUCESIONES
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Civil
Por sucesión se entiende la sustitución de una persona en el conjunto de las relaciones jurídicas transmisibles, que correspondían, al tiempo de su muerte, a otra, o en bienes y derechos determinados dejados por el difunto (Castán).
Por sucesión se entiende, siguiendo a Castán, "la sustitución de una persona en el conjunto de las relaciones jurídicas transmisibles, que correspondían, al tiempo de su muerte, a otra, o en bienes y derechos determinados dejados por el difunto".
En cuanto a las clases de sucesiones, se puede distinguir entre sucesión universal o particular y entre sucesión testamentaria, legal o mixta. La herencia, por su parte, se identifica con el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extinguen por su muerte (Art. 659 ,Código Civil), debiéndose respetar la institución de la legítima (sucesión forzosa, 806 ,Código Civil). La partición hereditaria, actividad consistente en la división o repartimiento de la herencia,se encuentra regulada en los Art. ,Código Civil.
Por lo que respecta al acto testamentario, este se caracteriza por ser un acto unilateral, personalísmo y con posibilidad de revocación (669,670,737 ,Código Civil). En este sentido pueden disponer por testamento todos aquellos a los que la ley no se lo prohíba expresamente (Art. ,Código Civil).
En lo relativo al llamado a recibir los bienes, se hace necesario distinguir entre heredero y legatario (668 ,Código Civil) en función de si nos encontramos ante un supuesto de sucesión universal o particular (660 ,Código Civil).
La sucesión se defiere por la voluntad del hombre manifestada en el testamento y, a falta de este, por la disposición de la ley. La primera se llama testamentaria, y la segunda, legítima (658 ,Código Civil y Art. ,Código Civil). En cuanto a la sucesión contractual, la regla general en nuestro ordenamiento es la prohibición.
En lo concerniente a las sustituciones hereditarias y legados, las primeras son definidas como aquellas disposiciones testamentarias por la que el testador llama a un tercero a la herencia o legado, en defecto de otra persona, o después de ella (Art. ,Código Civil), mientras que los legados son considerados como una atribución "mortis causa" de un valor patrimonial hereditario a título singular, que viene ordenado en el testamento a favor de una persona determinada y a cargo del heredero o de otro legatario (Art. ,Código Civil).
En lo tocante a la regulación de la fiducia sucesoria u ordenación de la sucesión por comisario, es preciso considerar la legislación específica sobre la materia promulgada en determinados territorios con derecho civil especial o foral puesto que, en el ámbito del derecho común, tal figura se encuentra prohibida
Finalmente, la regulación de la sucesión de títulos nobiliarios,se encuentra de manera dispersa en nuestro ordenamiento jurídico, destacando el Real Decreto sobre concesión y rehabilitación de Títulos y Grandezas de España (27 de Mayo de 1912), el Real Decreto de 8 de julio de 1922 relativo a la rehabilitación de Grandezas de España y Títulos del Reino y la Ley de 4 de mayo de 1948 por la que se restablece la legalidad vigente al 14 de abril de 1931 en las Grandezas y Títulos del Reino. Conviene destacar en este sentido, las siguientes normas:
- Decreto de 4 de junio de 1948, por el que se desarrolla la Ley de 4 de mayo de 1948 sobre Grandezas y Títulos nobiliarios.
- Real Decreto 222/1988, de 11 de marzo, por el que se modifican los Reales Decretos de 27 de mayo de 1912 y 8 de julio de 1922 en materia de Rehabilitación de Títulos Nobiliarios.
No hay versiones para este comentario
- Medidas civiles por el COVID-19
- Circunstancias de la persona
- Familia y situaciones asimiladas
- Sucesiones ESTOY AQUÍ
- Generalidades
- La sucesión testamentaria
- Sustituciones hereditarias y legados
- Fiducia sucesoria u ordenación de la sucesión por comisario en territorios con derecho civil especial o foral
- Sucesión forzosa
- Sucesión intestada
- Sucesión contractual
- La comunidad hereditaria
- Particularidades de la sucesión de títulos nobiliarios
- Registro Civil
- Obligaciones y contratos
- Compraventa inmobiliaria
- Responsabilidad civil
- Derechos reales
- Propiedad horizontal y Arrendamientos urbanos
- Derecho Civil Especial o Foral
- Cláusula rebus sic stantibus
- Derecho Procesal Civil
Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 206 Fecha de Publicación: 25/07/1889 Fecha de entrada en vigor: 25/07/1889 Órgano Emisor: Presidencia Del Consejo De Ministros
Directiva 2014/65/UE de 15 de May DOUE (Mercados de instrumentos financieros) VIGENTE
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número: 172 Fecha de Publicación: 12/06/2014 Fecha de entrada en vigor: 02/07/2014 Órgano Emisor: Parlamento Europeo Y Consejo
- Generalidades
- La sucesión testamentaria
- Sustituciones hereditarias y legados
- Fiducia sucesoria u ordenación de la sucesión por comisario en territorios con derecho civil especial o foral
- Sucesión forzosa
- Sucesión intestada
- Sucesión contractual
- La comunidad hereditaria
- Particularidades de la sucesión de títulos nobiliarios
-
Sentencia CIVIL Nº 347/2018, AP - A Coruña, Sec. 4, Rec 83/2018, 02-11-2018
Orden: Civil Fecha: 02/11/2018 Tribunal: Ap - A Coruña Ponente: Gonzalez Carrero Fojon, Pablo Socrates Num. Sentencia: 347/2018 Num. Recurso: 83/2018
-
Sentencia Civil Nº 156/2009, AP - Asturias, Sec. 4, Rec 145/2009, 24-04-2009
Orden: Civil Fecha: 24/04/2009 Tribunal: Ap - Asturias Ponente: Soto-jove Fernandez, Jose Antonio Num. Sentencia: 156/2009 Num. Recurso: 145/2009
-
Sentencia CIVIL Nº 293/2019, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 845/2016, 24-05-2019
Orden: Civil Fecha: 24/05/2019 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Orduña Moreno, Francisco Javier Num. Sentencia: 293/2019 Num. Recurso: 845/2016
-
Sentencia Civil Nº 399/2010, AP - Madrid, Sec. 13, Rec 671/2009, 22-09-2010
Orden: Civil Fecha: 22/09/2010 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: De Bustos Gomez-rico, Modesto Num. Sentencia: 399/2010 Num. Recurso: 671/2009
-
Sentencia Civil Nº 103/2007, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 133/2007, 24-04-2007
Orden: Civil Fecha: 24/04/2007 Tribunal: Ap - Jaen Ponente: Aguirre Zamorano, Pio Jose Num. Sentencia: 103/2007 Num. Recurso: 133/2007
-
Regulación de las generalidades del derecho a suceder
Orden: Civil Fecha última revisión: 25/06/2021
Por sucesión se entiende la sustitución de una persona en el conjunto de las relaciones jurídicas transmisibles, que correspondían, al tiempo de su muerte, a otra, o en bienes y derechos determinados dejados por el difunto (Castán). En cuant...
-
Regulación de la herencia como objeto de la sucesión
Orden: Civil Fecha última revisión: 25/06/2021
La herencia se identifica con el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extinguen por su muerte.Tal y como dispone el Art. 658 ,Código Civil, la sucesión se defiere bien por la voluntad del hombre manifestada por med...
-
Regulación del derecho de sucesiones en la Comunidad Foral de Navarra
Orden: Civil Fecha última revisión: 06/08/2019
Por sucesión se entiende la sustitución de una persona en el conjunto de las relaciones jurídicas transmisibles, que correspondían, al tiempo de su muerte, a otra, o en bienes y derechos determinados dejados por el difunto (Castán).En lo que ...
-
Partición y exceso de adjudicación (ISD)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 14/04/2021
Las cuestiones relativas a la participación y excesos de adjudicación en las adquisiciones mortis causa se encuentran reguladas en el artículo 27 de la LISD y artículos 56 y 57 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba...
-
Sucesión testamentaria
Orden: Civil Fecha última revisión: 16/04/2016
La sucesión testamentaria (Cfr. Art. 658 ,Código Civil) es aquella que se defiere por la voluntad del hombre manifestada en un testamento, esto es, el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o parte de...
-
Formulario de demanda de liquidación de sociedad de gananciales por fallecimiento acumulada a división judicial de herencia
Fecha última revisión: 06/05/2022
S/Ref.: [NÚMERO] AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD] QUE POR TURNO DE REPARTO CORRESPONDA D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales y de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], según acredito mediante (ESCRITURA DE PODER / P...
-
Formulario de demanda en la que se ejercita la acción de división judicial de la herencia presentada por legatario de parte alícuota
Fecha última revisión: 01/09/2020
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [ESPECIFICAR]Don / Doña. [NOMBRE PROCURADOR], Procurador/a de los Tribunales, actuando en nombre y representación de [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [DNI] con domicilio a efectos de notificaciones en [DIRECCIÓN]...
-
Escrito de partición hereditaria efectuada por testador
Fecha última revisión: 07/01/2020
En la ciudad de [CIUDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO] D/Doña [NOMBRE] , mayor de edad, casado, con domicilio en [ESPECIFICAR], de profesión [ESPECIFICAR], con DNI [NUMERO]ecial , vecina de [LOCALIDAD], domiciliada en calle [CALLE] , de [NUM...
-
Formulario de contestación a demanda de liquidación de sociedad de gananciales por fallecimiento acumulada a división judicial de herencia
Fecha última revisión: 01/09/2020
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [ESPECIFICAR]Don / Doña. [NOMBRE PROCURADOR], Procurador/a de los Tribunales, actuando en nombre y representación de [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [DNI] con domicilio a efectos de notificaciones en [DIRECCIÓN]...
-
Escrito solicitando división judicial de herencia por ineficacia de la cláusula de arbitraje testamentario
Fecha última revisión: 01/09/2020
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [ESPECIFICAR]Don / Doña. [NOMBRE PROCURADOR], Procurador/a de los Tribunales, actuando en nombre y representación de [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [DNI] con domicilio a efectos de notificaciones en [DIRECCIÓN]...
-
Caso práctico: falta de acuerdo en división de la herencia tras fallecimiento
Fecha última revisión: 05/07/2021
-
Caso práctico: diferencias entre heredero y legatario a efectos fiscales en el ISD
Fecha última revisión: 14/04/2021
-
Caso práctico: La partición hereditaria
Fecha última revisión: 28/11/2012
-
Caso práctico: Posibilidad de inscribir el legado sin abrir la sucesión intestada.
Fecha última revisión: 28/11/2012
-
Análisis STS Nº 604/2009 de 17/09/2009, rec. 2658/2004. Partición hereditaria y rescisión por lesión de la legítima
Fecha última revisión: 28/11/2012
PLANTEAMIENTOUn hombre casado en régimen de gananciales fallece habiendo dispuesto en testamento de varios bienes inmuebles gananciales y privativos en favor de sus hijos y su esposa supérstite. Ante la falta de acuerdo, se plantean iniciar un pro...
PLANTEAMIENTODiferencias entre heredero y legatario.Cuando una persona fallece puede dejar uno o varios bienes o derechos determinados a alguien en particular. Estos bienes se separan de la herencia y no son objeto de reparto entre los herederos.¿Q...
PLANTEAMIENTOLa partición hereditaria1.- ¿Que sucederá en aquellas situaciones en que haya una discordancia entre la partición y la disposición testamentaria?2.- ¿Que sucederá si el testador no fijó las cuotas entre los herederos, sino que ...
PLANTEAMIENTOSe produce el fallecimiento de una señora, soltera sin dejar ascendientes ni descendientes, habiendo otorgado testamento ológrafo en el que se limita a dejar a una hermana la participación que le corresponde en una vivienda, y por ta...
RESUMENAcción rescisoria por lesión de la partición hereditaria realizada en escritura pública. El causante realizó en el testamento una adjudicación de un bien a una de sus hijas, lo que implica el acatamiento por los herederos de dicha norma...
-
RESOLUCION de 19 de mayo de 2005, de la Direccion General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Agustin Fernandino Goitia, y otros, contra la negativa del registrador de la propiedad n. º 1,,de San Sebastian, a inscribir una escritura de particion de herencia.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 19/05/2005
-
Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad accidental de Fuenlabrada n.º 3 a inscribir una escritura de partición de herencia.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 21/01/2013
-
RESOLUCION de 22 de noviembre de 2006, de la Direccion General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por don Marcos Antonio y doña Alicia Consuelo Lino Sanchez y don Marcus Antonio Gomez Anderson, contra la negativa del registrador de la propiedad numero 14 de Madrid a inscribir una escritura de particion y adjudicacion de herencias.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 22/11/2006
-
RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid, don Isidoro LoraTamayo Rodríguez, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Santander número 1, don Rafael Arozarena Poves, a inscribir una escritura de adición de liquidación de una sociedad de gananciales y de partición de herencia, en virtud de apelación del recurrente.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 17/05/2002
-
Resolución de 18 de junio de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Colmenar Viejo n.º 1, por la que se suspende la práctica de la inscripción de una escritura de partición de herencia.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 18/06/2013