Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 06/11/2015
Específicamente se atribuyen a la Tesorería General competencias en las siguientes materias:
- Inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de trabajadores.
- Gestión y control de la cotización y recaudación de cuotas y demás recursos de financiación del Sistema.
- Aplazamiento y fraccionamiento de cuotas.
- Titularidad, gestión y administración de los bienes y derechos que constituyen el patrimonio único de la Seguridad Social.
- Formación, actualización y contabilización del Inventario General de Bienes y Derechos de la Seguridad Social.
- Ordenación de pagos de las obligaciones de la Seguridad Social.
- La elaboración de las propuestas del anteproyecto de recursos de la Seguridad Social.
- La elaboración del presupuesto monetario.
- La tramitación de operaciones de crédito y anticipos de tesorería necesarios para atender los desajustes financieros del Sistema.
- La constitución y gestión del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
- Gestión de la función reaseguradora de accidentes de trabajo.
- La gestión de los regímenes de previsión voluntaria a que se refiere el Decreto 1716/1974 de 25 de abril.
Por su parte el Real Decreto 328/2009, de 13 de marzo, por el que se modifica el Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero concede las siguientes funnciones a la Tesorería General de la Seguridad Social:
1.- Corresponden a la Tesorería General de la Seguridad Social las funciones de dirección, formulación de propuestas al Ministerio de Trabajo e Inmigración y, en general, ejecución y control directos de la gestión en orden a la inscripción de empresas, apertura de cuentas de cotización, formalización de la cobertura y tarifación respecto a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en los términos establecidos en este reglamento, así como la toma de razón de la extinción de las empresas y la instrumentación de la afiliación, altas y bajas de los trabajadores o asimilados, variaciones de datos de unas y otros y asignación del número de la Seguridad Social a los ciudadanos.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de la función inspectora de la actuación de las empresas y demás sujetos responsables y de los trabajadores y beneficiarios respecto de las materias reguladas en este Reglamento, que se ejerce a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la cual además emitirá los informes que, en relación con las funciones atribuidas a la Tesorería General de la Seguridad Social, le sean solicitados por ésta.
2.- La Tesorería General de la Seguridad Social mantendrá la adecuada coordinación con las entidades gestoras de la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal en el ejercicio de las funciones que le correspondan conforme a lo dispuesto en este Reglamento y afecten a la gestión o funciones atribuidas a dichas entidades, sin perjuicio de las relaciones con otras administraciones públicas y de la coordinación de competencias entre los respectivos órganos administrativos (Cfr. Art. 140 ,Ley 40/2015, de 1 de octubre y apdo. 4 del Art. 39 ,Ley 39/2015, de 1 de octubre).
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RDLeg. 8/2015 de 30 de Oct (TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 261 Fecha de Publicación: 31/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/01/2016 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 8ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 7ª. Competencias sobre la incapacidad temporal.
- D.F. 6ª bis. Ampliación del régimen de compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo por cuenta ajena.
- D.F. 6ª. Trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio.
- D.F. 5ª. Disposiciones relativas a trabajadores por cuenta ajena agrarios.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 236 Fecha de Publicación: 02/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/10/2016 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 236 Fecha de Publicación: 02/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/10/2016 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Real Decreto 84/1996 de 26 de Ene (Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 50 Fecha de Publicación: 27/02/1996 Fecha de entrada en vigor: 01/03/1996 Órgano Emisor: Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social
- D.F. UNICA. Normas de aplicación y desarrollo.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 3ª. Fechas de aplicación de las altas retrasadas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y de las altas y bajas en dicho Régimen y en el de Empleados de Hogar.
- D.T. 2ª. Exclusiones temporales de la afiliación y alta previas.
- D.T. 1ª. Opción de cobertura de las empresas sujetas a lo dispuesto en el artículo 204.2 de la Ley General de la Seguridad Social, de 30 de mayo de 1974.
Real Decreto 328/2009 de 13 de Mar (modifica Reglam. inscripcion de empresas y afiliacion, altas, bajas de trabajadores en la SS -RD. 84/1996-; el Reglam. general sobre cotizacion -RD. 2064/1995-; y Reglam. colaboración de la mutuas de accidentes -RD. 1993/1995-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 75 Fecha de Publicación: 28/03/2009 Fecha de entrada en vigor: 29/03/2009 Órgano Emisor: Ministerio De Trabajo E Inmigracion
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Sentencia Constitucional Nº 124/1989, TC, Pleno, Rec Conflicto positivo de competencia 792/1984, 07-07-1989
Orden: Constitucional Fecha: 07/07/1989 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 124/1989 Num. Recurso: Conflicto positivo de competencia 792/1984
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Sentencia SOCIAL Nº 1121/2020, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3845/2019, 27-05-2020
Orden: Social Fecha: 27/05/2020 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: De La Chica Carreño, Francisco Manuel Num. Sentencia: 1121/2020 Num. Recurso: 3845/2019
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Sentencia Social Nº 6050/2008, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1320/2007, 17-07-2008
Orden: Social Fecha: 17/07/2008 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Escudero Alonso, Luis Jose Num. Sentencia: 6050/2008 Num. Recurso: 1320/2007
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Sentencia SOCIAL Nº 2404/2017, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2100/2016, 06-09-2017
Orden: Social Fecha: 06/09/2017 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: De La Chica Carreño, Francisco Manuel Num. Sentencia: 2404/2017 Num. Recurso: 2100/2016
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Sentencia SOCIAL Nº 286/2017, TSJ Castilla La-Mancha, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 254/2016, 28-02-2017
Orden: Social Fecha: 28/02/2017 Tribunal: Tsj Castilla La-mancha Ponente: Rentero Jover, Jesús Num. Sentencia: 286/2017 Num. Recurso: 254/2016
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Fecha última revisión: 25/04/2018
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Formulario de demanda para la impugnación de alta de oficio en el RETA de un consejero o administrador societario (Orden Contencioso-Administrativo procedimiento abreviado)
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Resolución de 12 de febrero de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de A Coruña n.º 3, por la que se deniega la inscripción de un oficio solicitando la rectificación o subsidiariamente la cancelación de una inscripción practicada a favor de la Junta de Galicia.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 12/02/2013
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Resolución de 11 de febrero de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Ferrol, por la que se deniega la inscripción de un oficio solicitando la rectificación o subsidiariamente cancelación de unas inscripciones practicadas a favor de la Junta de Galicia.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 11/03/2013
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Resolución de 11 de febrero de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Vigo n.º 2, por la que se suspende la inscripción de un oficio solicitando la rectificación o subsidiariamente cancelación de una inscripción practicada a favor de la Junta de Galicia.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 11/02/2013
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Resolución de 8 de febrero de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Vigo n.º 2, por la que se suspende la inscripción de un oficio solicitando la rectificación o subsidiariamente cancelación de una inscripción practicada a favor de la Junta de Galicia.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 04/03/2013
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Resolución de 8 de febrero de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Vigo n.º 5, por la que se suspende la inscripción de un oficio solicitando la rectificación o subsidiariamente cancelación de una inscripción practicada a favor de la Junta de Galicia.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 08/02/2013