Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (47000065011982) de Valladolid
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Convenio Colectivo de Sec...Valladolid

Última revisión
11/05/2010

Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (47000065011982) de Valladolid

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2010

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Documento oficial en PDF(Páginas 9-10)

Resolucion por la que se dispone el registro, deposito y publicacion de revision de conceptos salariales y extrasalariales para 2010 del Convenio Colectivo del Sector de Comercio de Alimentacion de Valladolid. Codigo: 4700065 (Boletín Oficial de Valladolid num. 105 de 11/05/2010)

Preambulo

Convenios Colectivos

Expte.: 1826

Código: 4700065

Resolución de 21 de abril de 2010, de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, por la que se dispone el Registro, Depósito y Publicación de la Revisión de los conceptos salariales y extrasalariales vigentes para el año 2010 del Convenio Colectivo de ámbito provincial para el Sector de "Comercio de Alimentación de Valladolid"

Visto el Acta de la Comisión Paritaria relativa a la revisión de los conceptos salariales y extrasalariales vigentes para el año 2010 del Convenio Colectivo de ámbito provincial para el sector de "COMERCIO DE ALIMENTACIÓN DE VALLADOLID" (Código 4700065), suscrita el día 1 de marzo de 2010, de una parte por la representación empresarial y, de otra, por los representantes de CC.OO. y U.G.T., con fecha de entrada en este Organismo el día 19 de abril de 2010, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, y Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y Orden de 21 de noviembre de 1996 de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo por la que se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, en relación con lo dispuesto en los Arts. 1 y 3 del Decreto 2/2007, de 2 de julio, (B.O.C. y L. del 3), de Reestructuración de Consejerías, esta Oficina Territorial

ACUERDA

Primero.

Inscribir dicha revisión de los conceptos salariales y extrasalariales vigentes para el año 2010 del Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero.

Depositar un ejemplar de la misma en esta Entidad.

Valladolid, 21 de abril de 2010. La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo, Agustina Arias Gallego.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO PROVINCIAL PARA EL SECTOR DE COMERCIO DE ALIMENTACIÓN DE VALLADOLID

En Valladolid a 1 de marzo de 2010 se reúne la Comisión Paritaria del Convenio de ámbito provincial para el Comercio de Alimentación de Valladolid en la sede de CC.OO. sita en Plaza Madrid n.° 4 en La Flecha comparecen los representantes de:

Por la parte Empresarial:

Jesús Manjón Miguel (Mayorista de Frutas y Verduras).

Cesáreo González Sotelo (Adafruva, Asociados de Detallistas de Alimentación, Fruta y Verduras).

Jesús García (Copemar).

Fernando de las Heras Cantalapiedra (Gremio Provincial de Empresarios Carniceros Charcuteros).

Por CC.OO.:

Luis Sáez González.

Antonio Estrada González.

Por U.G.T.:

Fernando de la Cal Bueno.

Con carácter previo, se establece la capacidad y legitimación de esta Comisión Negociadora para acordar la revisión de los conceptos salariales y extrasalariales, establecidas en el vigente Convenio Colectivo, firmado con fecha 21/11/2008, con vigencia desde el 01/02/2008, para revisarse dichos conceptos, conforme prevé el Capítulo IX en la Disposición Adicional Primera de dicho Convenio.

Como quiera que el objeto de esta convocatoria es proceder a dicha revisión Salarial (conforme establece el Capítulo IX del Convenio), se acuerda que los indicados conceptos salariales y extrasalariales del Convenio, vigentes para el período 01/02/10 hasta el 31/01/11 sufrirá un incremento para cada categoría profesional del 1,00% en la siguiente forma.

Artículo 12. Las tablas Salariales, con vigencia del 01/02/10 al 31/01/11 serán las siguientes.

Nivel

Salario Mes

Salario Anual

I

579,99 €

8.699,85 €

II

776,48 €

11.647,20 €

III

842,51 €

12.637,65 €

IV

899,34 €

13.490,10 €

V

940,30 €

14.104,50 €

VI

983,75 €

14.756.25 €

VII

1.007,14 €

15.107,10 €

VIII

1.058,14 €

15.872,10 €

Artículo 16. Plus de Nocturnidad.

4,35 €.

Artículo 17. Plus de Distancia.

4,35 €.

Artículo 18. Dietas y Viajes.

15,07 € Por salida, con una comida.

27,35 € Por salida, con dos comidas.

49,19 € Por salida, con pernoctado fuera de casa.

Artículo Párrafo B. Bolsas de vacaciones: 163,86 €.

Lo que de plena conformidad y por unanimidad los miembros presentes indicados de la comisión negociadora en la fecha y lugar anteriormente indicado acordando su remisión a la Oficina Territorial de Trabajo para su inserción en el B.O.P.

Sin más asuntos que tratar, se cierra la reunión siendo las 20:00 horas del día arriba indicado.