Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (49000405011981) de Zamora
Convenios
Convenio Colectivo de Sec... de Zamora

Última revisión
25/06/2012

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (49000405011981) de Zamora

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 25 de Junio de 2012

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Documento oficial en PDF(Páginas 20-21)

Resolucion de 21 de junio de 2012, de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegacion Territorial de la Junta de Castilla y Leon en Zamora, por la que se dis- pone el registro y la publicacion del Acta de la Comision Paritaria del Convenio Colectivo provincial del Sector de Comercio de Alimentacion de Zamora, en el que se acuerda señalar una tarde no laborable en Zamora capital. Codigos de Convenio numero 49000405011981. (Boletín Oficial de Zamora num. 75 de 25/06/2012)

Preambulo

C.C. PROVINCIAL SECTOR DE COMERCIO DE ALIMENTACIÓN DE ZAMORA. - Fijando tarde no laborable en Zamora capital -

Códigos de Convenio número 49000405011981.

Resolución de 21 de junio de 2012, de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Zamora, por la que se dis- pone el registro y la publicación del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo provincial del Sector de Comercio de Alimentación de Zamora, en el que se acuerda señalar una tarde no laborable en Zamora capital.

Visto el acuerdo de la Comisión Paritaria del convenio colectivo provincial del Sector de Comercio Alimentación suscrito con fecha de 20/06/12, a fin de señalar una tarde no laborable, en la localidad de Zamora capital con motivo de las fiestas de San Pedro, según lo establecido en el artículo 8 del mencionado convenio (Boletín Oficial de la Provincia de 13/07/2011) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apdos. 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución legislación laboral), y Orden de 21 de noviembre de 1996, de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo por la que se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 3 del Decreto 2/2011, de 27 de junio (BOCyL de 28 de junio), de Reestructuración de Consejerías.

Esta Oficina Territorial de Trabajo resuelve:

Primero:

Ordenar la inscripción del citado acuerdo, en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo:

Disponer su publicación el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.

Así lo acuerdo y firmo en Zamora, a ventiuno de junio del año dos mil doce.

La Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo en Zamora.-P.A. La Secretaria Técnica, M.ªCarmen Prieto Arias.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO ALIMENTACIÓN DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

Asistentes: Por AZEDA: (CEOE*CEPYME Zamora)

D. Emilio Martín Velasco.

D. José Martín Porris.

Asesores: D.ªSusana Iglesias Miguel.

Por U.G.T. D.ªNieves García Galán.

Por CC.OO. D.ªCristina Miguel Franco.

En Zamora, siendo las 13.00 horas del día 20 de junio de 2012, se reúnen en la Sede de la Confederación Empresarial CEOE*CEPYME Zamora (Plaza de Alemania, n° 1, de Zamora), las personas relacionadas al margen en calidad de miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Comercio Alimentación de la provincia de Zamora.

El objeto de la reunión consiste en señalar para 2012 la tarde no laborable en la localidad de Zamora capital con motivo de las fiestas de San Pedro, dando con ello cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de referido Convenio Sectorial.

Las partes por unanimidad,

ACUERDAN

Primero.-

Fijar como no laborable en Zamora capital la tarde del día 28 de junio de 2012 con motivo de las fiestas de San Pedro.

Segundo.-

Dar traslado del anterior acuerdo a la autoridad laboral para su registro y posterior publicación oficial.

Y siendo las 13:30 horas se da por concluida la reunión en el lugar y fecha arriba indicados, de cuyo contenido se levanta la presente acta que es firmada por las partes en prueba de conformidad.

Por AZEDA CEOE*CEPYME Zamora, Por U.G.T, Por CC.O.O. (Rubricados).