Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DEL METAL (20000325011981) de Gipuzkoa
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Convenio Colectivo de Sec...e Gipuzkoa

Última revisión
17/06/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DEL METAL (20000325011981) de Gipuzkoa

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 1996

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Convenio colectivo del Comercio del Metal. (Boletín Oficial de Gipuzkoa num. 39 de 23/02/1996)

Preambulo

GOBIERNO VASCO DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, ECONOMIA, TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Delegación Territorial de Trabajo de Gipuzkoa Convenios ColectivosN.º Orden 114/95-F.960

Vista la documentación presentada el día 6 de febrero de 1996, por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de «Comercio del Metal» (Código de Convenio n.º 2000325), de ámbito provincial, registrado con fecha 24 de julio de 1995, a la que se adjunta el correspondiente acuerdo firmado por la misma en la reunión celebrada el día 26 de enero del año en curso, sobre aplicación de la Revisión Salarial prevista en el artículo 9.º del Texto del Convenio Colectivo y que surtirá efectos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1996, solicitando su registro, depósito y publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 29-3-95), en relación con el Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, Decreto del Gobierno Vasco 39/81, de 2 de marzo, sobre creación y organización del Registro de Convenios Colectivos y Orden de 3 de noviembre de 1982, que los desarrolla, en relación con el Real Decreto 2.209/79, de 7 de setiembre y Decreto del Gobierno Vasco 141/95, de 7 de febrero (publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 20 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social.

Esta Delegación Territorial, ACUERDA

Primero.-

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Delegación Territorial, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-

Depositar una copia del mismo en la Sección de Relaciones Colectivas de esta Delegación.

Tercero.-

Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa.

Donostia-San Sebastián, a 9 de febrero de 1996.

-El Delegado de Trabajo, Bernardo Martínez Reyes. (821)(1518)

Acta de Revisión Convenio Colectivo Comercio Metal de Gipuzkoa 1996.

En Donostia-San Sebastián, a 26 de enero de 1996 y con la asistencia de la representación sindical: Eusebio Usabiaga, Lydia Muñoa y Ana Tobar (ELA-STV), Alberto Garro y Imanol Uzelai (LAB), Juan Ramón Unamuno, María Azkonaga y Lourdes Muguruza (CC.OO.) y Javier Cía (UGT); y la representación empresarial: José Manuel Gandásegui (FEderación Mercantil), Iñigo Malcorra (AEGA) y Arturo R. García Sanz y Juan Ramón Apezetxea (ADEGI), todos ellos integrantes de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de Gipuzkoa, se llega a los acuerdos siguientes:

1.º

Elaborar las tablas salariales para el período 01-01-96 al 31-12-96 incrementando las vigentes al 31-12-95 en un 4,3% (IPC de 1995). Asimismo elaborar la tabla de antigüedad para 1996 incrementando en un 2% la existente a 31-12-95.

Los salarios reales vigentes (masa salarial) a 31-12-95 se incrementarán a partir del 1.º de enero de 1996 en un 3% sobre la referida masa salarial.

Las tablas salariales y de antigüedad se adjuntan a la presente acta.

2.º

Incrementar los siguientes conceptos económicos:

Dietas:

Desayuno 224 pesetas. Comida 1.961 pesetas. Cena 1.422 pesetas. 3.º Las representaciones indicadas acuerdan solicitar de la Autoridad Laboral su inscripción y registro así como su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa.

Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados. TABLA SALARIAL COMERCIO METAL 1996 TABLA ANTIGÜEDAD COMERCIO METAL 1996 TABLAS