Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DEL METAL (28000745011982) de Madrid
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Convenio Colectivo de Sec... de Madrid

Última revisión
08/10/2014

Correccion. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DEL METAL (28000745011982) de Madrid

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Abril de 2014

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Documento oficial en PDF(Páginas 91-95)

RESOLUCION de 12 de septiembre de 2014, de la Direccion General de Trabajo de la Consejeria de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, deposito y publicacion del acta y tablas salariales, de la Comision Deliberadora de 10 de junio de 2014, por la que acuerdan rectificar errores en las tablas salariales publicadas en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de mayo de 2014, de la revision salarial del colectivo del Sector de Comercio del Metal (codigo numero 28000745011982). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 239 de 08/10/2014)

Preambulo

Examinada el acta de la citada fecha por medio de la cual la Comisión Deliberadora del Convenio Colectivo del Sector de Comercio del Metal, acuerdan rectificar errores en las tablas salariales de la revisión salarial de dicho Convenio, publicadas el 15 de mayo de 2014 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 23/2012, de 27 de setiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir el acta de 10 de junio de 2014 y las tablas salariales, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 12 de setiembre de 2014.

-La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Acta de la Comisión Deliberadora del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid

En Madrid, a las doce horas del día 10 de junio de 2014, en los locales de AECIM, calle Príncipe de Vergara, número 74, primero derecha, se reúne la Comisión Deliberadora del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid, con asistencia de:

Don José María Roncero Gómez de Bonilla, con DNI número 12.369.944, en su condición de Secretario de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Comercio de la Comunidad de Madrid, en virtud de la autorización conferida en el acta de firma de la Comisión Deliberadora del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid, de 27 de enero de 2014, para llevar a cabo los trámites de registro, eventual subsanación, depósito y publicación del Convenio Colectivo; y don Mariano Hoya Callosa, con DNI número 01.908.608, en representación de UGT, doña Mercedes González Calvo, con DNI número 01.114.052, en representación de CC OO, y don José Miguel Guerrero Sedano, con DNI número 9.707.677, en nombre de la representación empresarial, en virtud de la autorización conferida en el mencionado Acuerdo para que en nombre de la Comisión Negociadora firmen segundas y sucesivas copias del Convenio, así como para subsanar los errores formales que pudieran producirse, y en su calidad de portavoces para la negociación, según el Acuerdo Tercero del acta de constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid, de 9 de julio de 2013.

El objeto de la reunión es proceder a la rectificación de las tablas salariales correspondientes a la revisión al 31 de marzo de 2014 e incremento del Convenio para su segundo año de vigencia (1 de abril de 2014 al 31 de marzo de 2015), firmadas el día 18 de marzo de 2014 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 15 de mayo de 2014.

Se adoptan los siguientes:

ACUERDOS

Primero

Que, habiéndose observado errores en las tablas publicadas en la Resolución de 8 de abril de 2014, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del Convenio del Sector de Comercio del Metal, suscrita por la Comisión Deliberadora; en concreto, en las cifras contenidas en la tabla denominada "Tabla Transitoria Salario Convenio vigente a partir del 1 de abril de 2014" y en la tabla denominada "Tabla Transitoria Antigüedad vigente a partir del 1 de abril de 2014", proceden a realizar las rectificaciones oportunas y a firmar y aprobar las tablas correctas.

Segundo

La tabla denominada "Tabla Salarial vigente a partir del 1 de abril de 2014", publicada en dicha Resolución de 8 de abril de 2014, no contiene error alguno.

Tercero

Las tablas salariales que se adjuntan sustituyen a las publicadas el jueves 15 de mayo de 2014.

Cuarto

Remitir este acta y nuevas tablas salariales a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad Autónoma de Madrid para que proceda al oportuno trámite de registro y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, autorizando al Secretario de esta Comisión Deliberadora para llevar a cabo dichos trámites, subsanando los errores formales y/o materiales que pudieran producirse.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las doce horas del 10 de junio de 2014.

-Don José María Roncero Gómez de Bonilla (firmado).-Don Mariano Hoya Callosa (firmado).-Doña Mercedes González Calvo (firmado).-Don José Miguel Guerrero Sedano (firmado).

TABLA SALARIAL TRANSITORIA VIGENTE A PARTIR DEL 1-04-2014 COMERCIO METAL DE MADRID

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TABLA SALARIAL TRANSITORIA ANTIGÜEDAD VIGENTE A PARTIR DEL 1-04-2014

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TABLA SALARIAL VIGENTE A PARTIR DEL 1-04-2014

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(03/28.531/14)