Convenio Colectivo de Empresa de AMBULANCIAS DISTRITO MACARENA, S.L. de Sevilla
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Convenio Colectivo de Emp...de Sevilla

Última revisión
03/04/2013

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de AMBULANCIAS DISTRITO MACARENA, S.L. de Sevilla

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Octubre de 2012 en adelante

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Delegacion Territorial de Economia, Innovacion, Ciencia y Empleo de Sevilla. Empresa Ambulancias Distrito Macarena, S.L. (Boletín Oficial de Sevilla num. 75 de 03/04/2013)

Preambulo

Acta de finalización del procedimiento de Conciliación-Mediación previo a huelga ante la Comisión de ConciliaciónMediación del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (SERCLA)

Vista el Acta de finalización del procedimiento de Conciliación-Mediación previo a huelga ante la Comisión de ConciliaciónMediación del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (SERCLA), su referencia: 41\2012\0149, promovido por don Rafael García Serrano, en calidad de Secretario General de la Fed. Transportes, Comunicaciones y Mar UGT-Sevilla, y el Comité de Huelga de Ambulancias Distrito Macarena, S.L., frente a la empresa Ambulancias Distrito Macarena, S.L.

Visto lo dispuesto en el art. 8, punto 2, del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo («in fine»), BOE de 11-03-77, a cuyo tenor se determina, que el pacto que ponga fin a la huelga tendrá la misma eficacia que lo acordado en Convenio Colectivo.

Visto lo dispuesto en el art. 90 del referido Estatuto en relación con el art. 2.1.d («in fine») del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, según el cual, serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el Titulo III del referido Estatuto, así como los Acuerdos que ponen fin a la huelga.

Visto lo dispuesto en el art. 4, punto 1 («in fine») del Reglamento de Funcionamiento y Procedimiento del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (Sercla) (BOJA número 23, de 4 de febrero de 2004), que determina que el texto del Acuerdo o Laudo que tenga atribuida eficacia de Convenio Colectivo, será remitido a la Autoridad Laboral para su registro y publicación, en los términos previstos en el art. 90 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo).

Visto lo dispuesto en el art. 6.1.c del RD 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, que establece que los Laudos arbitrales y los Acuerdos de Mediación acordados en el seno de un sistema de Mediación o Arbitraje, serán objeto de inscripción a solicitud del órgano de dirección del organismo correspondiente.

Esta Delegación Territorial acuerda:

Primero:

Registrar y ordenar el depósito del Acuerdo adoptado en el Sercla, de fecha 01/10/2012, entre Ambulancias Distrito Macarena, S.L., y Comité de Huelga.

Segundo:

Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sevilla a 14 de febrero de 2013.

-La Delegada Territorial, Aurora Cosano Prieto.

ACTA DE FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A HUELGA ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN

En Sevilla a 1 de octubre de 2012, en el conflicto número 41\2012\0149, don Rafael García Serrano, DNI 28402642B, en calidad de Secretario General de la Fed. Transportes, Comunicaciones y Mar UGT-Sevilla, y el Comité de Huelga de Ambulancias Distrito Macarena, S.L., frente a Ambulancias Distrito Macarena, S.L., se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los miembros que al final se relacionan:

Antecedentes:

Con fecha 18/09/2012, se registró de entrada escrito de iniciación ante el Sercla, interponiendo el presente conflicto.

Con fecha 19/09/2012, se cursaron citaciones para las partes, constando en el expediente la recepción de las mismas.

Convocadas las partes en tiempo y forma comparecen:

Por la parte promotora, don Rafael García Serrano, DNI 28402642B, don Valentín Domínguez Perera, DNI 52268314D, don Venancio García Sánchez., DNI 28714438L, don Rafael Girón Martínez, DNI 31201622Y, don Ángel Luis Oliva García, DNI 76246572P y don Fernando Zamora Castillo, DNI 28900076R.

En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto: Don Rafael María Lemos Lasheras, DNI 46336425G, en virtud de poder otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, don José Luis Maroto Ruiz, fecha 21 de junio de 2005, con el número 2385 de su protocolo, que exhibe y retira.

Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación: Que no se produzcan retrasos continuos en el abono de salarios; que se salden las deudas salariales correspondientes a los festivos de los meses de mayo, junio, julio y agosto y la nómina del mes de agosto de 2012; falta de acuerdo en la propuesta de reducción salarial realizada por la empresa con eliminación de los conceptos de Plus de Ambulanciero y Paga Extra de Navidad; falta de entrega de uniformes y falta de adecuación de la sala de descanso de los conductores.

Se hace constar que el presente acto comienza a las 13.00 horas, finalizando a las 13.20 horas, siendo el número de trabajadores afectados por este conflicto el de 150.

Finalización del procedimiento: CON AVENENCIA, al haber alcanzado las partes el acuerdo siguiente:

La Empresa retira la propuesta de descuelgue del Convenio, que consistía en la no aplicación del Plus de Convenio (Plus Ambulanciero) y la Paga Extra de diciembre (Paga Navidad).

Aceptando la oferta de los trabajadores en su escrito de 10 de septiembre de 2012, de reducción del 5% de las retribuciones salariales brutas, que coincide con la reducción porcentual en el importe de la facturación aplicado por el Contratante del Servicio Publico.

Dicha reducción se empezará aplicar en la nomina del mes de octubre, con el Concepto de «Deducción 5% Acuerdo Sercla» y tendrá una duración de año.

Los promotores del conflicto desconvocan en este acto la huelga planteada.

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V.º B.º: La Presidencia de la Comisión de Conciliación-Mediación, Francisco Javier Medina Benjumea.-La Secretaría de la Comisión de Conciliación-Mediación, M.ª Reyes Blanco Bello.