Convenio Colectivo de Emp...de Bizkaia

Última revisión
04/06/2020

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE GETXO. PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL de Bizkaia

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 42-47)

Aprobacion del incremento retributivo para 2020 y la Relacion de Puestos de Trabajo del personal de la Residencia Municipal de Getxo. (Boletín Oficial de Bizkaia num. 105 de 04/06/2020)

En ejecución del acuerdo del Consejo Rector número 14, de 20 de mayo de 2020, se procede a publicar en su totalidad el acuerdo junto con la Relación de Puestos de Trabajo.

ACUERDO

Primero: Incrementar las retribuciones del personal en los conceptos retributivos en un 2,00% respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2019 con efectos a 1 de enero de 2020.

El incremento se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:

- Retribuciones básicas: Son las que retribuyen al personal según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Grupo o Subgrupo y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias. Su cuantía se fija por las leyes de Presupuestos Generales del Estado: ' Sueldo: Su cuantía viene determinada por el grupo o subgrupo de clasificación

y está determinada en el artículo 3. Cinco del Real Decreto-Ley 2/2020, de 21

de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones

en el ámbito del sector público. Respecto de las cuantías del año 2019 han

experimentado un incremento de un 2,00% respecto de las vigentes a 31 de

diciembre de 2019, con efectos de 1 de enero de 2020.

' Trienios: consisten en una cantidad, que será igual para cada Subgrupo, por

cada tres años de servicio, al igual que el Salario Base, su cuantía se determina

en el artículo 3. Cinco del Real Decreto-Ley 2/2020, de 21 de enero, por el que

se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del

sector público. Respecto de las cuantías del año 2019 han experimentado un

incremento de un 2,00% respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2019,

con efectos de 1 de enero de 2020.

ARRUNTEKO ORDAINSARIAK / PAGAS ORDINARIAS

Hileko Munta (eurotan)Urteko Guztirakoa (eurotan)

Cuantía Mensual(euros)Total anual(euros) Taldea/Azpitaldea /7/2007 Legea Grupo/Subgrupo Ley 7/2007

Soldata (eurotan)Hirurtekoak (eurotan) Soldata (eurotan)Hirurtekoak (eurotan)

Sueldo (euros)Trienios (euros) Sueldo (euros)Trienios (euros )

A11.203,56 46,3214.442,72 555,84

A21.040,69 37,7812.488,28 453,36

C1781,39 28,599.376,68 343,08

C2650,33 19,467.803,96 233,52

(30/1984 Legea) eta talde profesionalak (7/2007 Legea)

595,2214,65 7.142,64175,80 E (Ley 30/1984) y Agrupaciones Profesionales (Ley 7/2007)

APARTEKO ORDAINSARIAK / PAGAS EXTRAORDINARIAS

Taldea/Azpitaldea / 7/2007 Legea Soldata (eurotan) Hirurtekoak (eurotan)

Grupo/Subgrupo Ley 7 / 2007Sueldo (euros) Trienios (euros )

A1742,70 28,59

A2759,00 27,54

C1675,35 24,69

C2644,40 19,27

(30/1984 Legea) eta talde profesionalak (7/2007 Legea)

595,2214,65

E (Ley 30/1984) y Agrupaciones Profesionales (Ley 7/2007)

- Retribuciones complementarias: son las que retribuyen las características de los puestos de trabajo, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el personal. Su cuantía global será fijada por el Consejo Rector dentro de los límites máximos y mínimos que se señalen por el Estado. ' Complemento de destino: Correspondiente al nivel del puesto que se desem

peñe, cuya cuantía se fijará anualmente en los Presupuestos Generales de la

Comunidad Autónoma de Euskadi tal y como determina el artículo 79.1a de la

ley 6/1989 de 6 de julio de la Función Pública Vasca, y que para este ejercicio

2020 se han visto incrementados en un 2,00% respecto de las vigentes a 31 de

diciembre de 2019, con efectos de 1 de enero de 2020 tal y como se recoge en

la Ley 13/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos

Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2020 y la Resolución

20/2020, de 4 de febrero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por

el que se aprueban los incrementos para el año 2020 de las retribuciones del

personal al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

' Complemento específico: retribuye las condiciones de especial dificultad téc

nica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad y

su cuantía viene fijada en la Relación de Puestos de Trabajo. La aplicación de

estos criterios supone un cambio en las cuantías que tiene reflejo en la RPT,

y también en el complemento de destino, por lo que de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 9.i) de los Estatutos de la Residencia corresponde al

Consejo Rector su aprobación e incremento en 2,00% respecto de las vigentes

a 31 de diciembre de 2019, con efectos de 1 de enero de 2020.

' Complementos Personales de Antigüedad y Transitorio: Parte del personal al

servicio de la Residencia Municipal de Getxo viene percibiendo como consecuencia de la Adecuación Retributiva aprobada mediante acuerdo del Consejo

Rector de fecha 18 de julio de 2012. Dicho acuerdo adecuaba a las disposiciones recogidas en el Convenio laboral de la Residencia los conceptos retributivos que anteriormente se venían percibiendo. El artículo 77 del citado

Convenio preveía la percepción de estos complementos para aquellos supuestos en los que por aplicación del nuevo sistema retributivo se produjera una

minoración sobre las retribuciones que se vinieran percibiendo anteriormente.

Estos complementos son actualizables por lo que corresponden aplicarles un

incremento de un 2,00% respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2019,

con efectos de 1 de enero de 2020, respecto de las cuantías personales que

tienen todos aquellos trabajadores que tienen asignado un Complemento personal transitorio y en cuanto al complemento personal de antigüedad las cuantías vigentes para cada uno de los subgrupos con el incremento operado serán

las siguientes.

Taldea/Azpitaldea EBEPUrtarrila-ekaina Hirurtekoak OP

Grupo/Subgrupo Ley 7/2007Enero-junio Trienios CP (€ )

A117,67

A218,75

C116,91

C219,18

Talde profesionalak

20,45

Agrupaciones profesionales

Segundo: Aprobar la modificación de la RPT en orden a la aplicación de dichos acuerdos.

Tercero: Facultar a la Presidenta para la ejecución de los acuerdos.

Cuarto: Publicar el presente acuerdo, juntamente con la RPT modificada por el contenido del punto segundo anterior, en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

En Getxo, a 22 de mayo de 2020.-La Presidenta de la Residencia Municipal de Getxo, Keltse Eiguren Alberdi

-O

ADMINIS

ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE

ADMINISTRAADMINISTRA

ALENTE

O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV

Y FINANZAS, BUP

ALENTEALENTE ALENTE. ALENTE

ALENTE

O EQUIV

O EQUIV O EQUIV O EQUIV

O EQUIV

O EQUIV

ALENTEALENTE

ALENTE

ALENTE

ADMINISTRCIÓN

HOSTELERÍA

ARMACIA

O EQUIV Titulacion requerida

ARAF

AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA

O P

A EN COCINA

. LIBRE O EQUIVTÉCNICO DE GRADO MEDIO EN GESTIÓN

TÉCNICO EN COCINATÉCNICO EN COCINA TÉCNICO EN COCINA

TÉCNICO EN COCINA

TT

TÉCNICO DE GRADO MEDIO EN GESTIÓN TÉCNICO DE GRADO MEDIO EN GESTIÓN

ARMACIA

OR DE

A O EQUIV

.

DE GETXO, 2020

, MONIT

T ESCOLARIDAD

TIV

A O EQUIVA O EQUIV

AL

T. SUPERIORDIPLOMADO EN ENFERMERIA TÉCNICO ESPECIALISTDIPLOMADO EN ENFERMERIA. O EQUIV DIPLOMADO EN ENFERMERIA. O EQUIVCER B.U.PTÉCNICO DE GRADO SUPERIOR DE EQUIVGRADUADO EN ESO, GRADUADO EN ESO, GRADUADO EN ESO, GRADUADO EN ESO GRADUADO EN ESO, TRAGRADUADO ESC, TIVGRADUADO ESC, TIVTÉCNICO DE F TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS

ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL

MUNICIP

MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP

Centro de trabajo

RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA

ANEXO P

SS SN NN NS NN NN NN NN NN NN NN NN NN T.

30/04/629/7/96 29/7/9629/7/96

01/01/0631/12/02 30/04/0601/01/06 F Precep.

31/12/2007

32 33 12 21 11 12 22 22 22 22 22 22 2

4

OS DE TRABAJO RESIDENCIAPL

CE 9.542

21.58021.580 19.85021.580 21.58019.850 21.58019.850

40.80529.525 19.08324.577 24.57717.785 19.60619.278 19.27819.278 19.27818.375 18.37518.375 17.78519.934 19.850

9

1111 1111 1111 1111 1111 1111 1111 1111 1111

2620 1417 1714 14 CD

G

A1A2 C1A2 A2AP C1C1 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2

P

CC CC CC CC CC CC CC CC CC CC CC CC C F.

A.D

RELACIÓN DE PUEST

R.D50%

100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%

LL LL

LL LL LL LL LL LL LL LL LL LL LL R.J.

Libre

RecepcionistaRecepcionista Recepcionista

Tiempo Denominación

GerenteResp. Asistencial Jefe de CocinaEnfermera/o Enfermera/oOperario/a de Mantenimiento Monitora/r Administrativo/a Cocinero/aCocinero/a Cocinero/aCocinero/a Aux. AdmAux. Adm Aux. AdmAux. Farmacia Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica

001002 003004 005006 007008 009010 011012 013014 015016 017018 020021 022023 024025 026027

Núm.. ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE ALENTEALENTE

O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV

ALENTE

Titulacion requerida

O EQUIV

ALENTEALENTE

ALENTE

AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA

TRABAJO SOCIAL

TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS C.ESCOLARIDAD OEQUIVC.ESCOLARIDAD O EQUIV C.ESCOLARIDAD O EQUIVDIPLOMADO EN DIPLOMADO EN ENFMERIATÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS

ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL ALAL AL

MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP

Centro de trabajo

RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIA

P NN NN NN NN NN NN NN NN NN NN NN NN NN NN NN N T.

01/01/0601/01/06 01/01/0601/01/06 01/01/0601/01/06 01/01/0601/01/06 01/01/0601/01/06 31/12/0230/04/06 30/04/0630/04/06 30/04/06 F Precep.

22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 11 13 32 22 2 22 PL

CE

23.05924.577 21.58019.850 21.58021.580

21.58019.934 19.93421.580 19.85021.580 21.58021.580 19.93421.580 21.58019.934 21.58021.580 21.58021.580 21.58021.580 19.93421.580 21.58021.580 15.81715.817 15.817

88 8

1111 1111 1111 1111 1111 1111 1111 1111 1111 1111 1111 1717 1111 1111 CD

G C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 C2C2 APAP APA2 A2C2 C2C2 C2

P CC CC CC CC CC CC CC CC CC CC CC CC CC CC CC C F.

100100 100100 100

R.D 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100% 100%100%

LL LL

LL LL LL LL LL LL LL LL LL LL LL LL LL L R.J.

Denominación

Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica Aux.ClinicaAux.Clinica CamareraLimpiadoraCamareraLimpiadora CamareraLimpiadoraTrabajador/a social Enfermera/oAux.Clínica Aux.ClínicaAux.Clínica Aux.Clínica

028029 030031 032033 034036 038039 040041 042044 045046 047049 051052 055057 058059 060061 062063 065067 068

ALENTEALENTE ALENTEALENTE

O EQUIV O EQUIV O EQUIV O EQUIV

Y RECURSOS HUMANOS

Titulacion requerida

AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA AUXILIARES DE ENF ERMERÍAAUXILIARES DE ENF ERMERÍA

ALENTE

TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS TÉCNICO EN CUIDADOS GRADO EN RELACIONES LABORALES O EQUIV

ALAL ALAL AL

MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP MUNICIP

Centro de trabajo

RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIARESIDENCIA RESIDENCIA

P NN NN N T.

F Precep.

19/06/2018

22 3 22 PL

CE 21.58021.580 19.93421.580 23.059

1111 1111

17 CD

G C2C2 C2C2 A2

P CC CC C F.

100100 100100 R.D

100%

LL LL L R.J.

Alta.

Denominación

Aux.ClínicaAux.Clínica Aux.ClínicaAux.Clínica Técnico en Recursos Humanos

Dirección.

Tipo de Puesto. 069070 071072 074

RJ: Régimen Jurídico Priorizacion R.D: Regimen Dedicación. L: Laboral. FP: Forma Provisión. AD: Alta C: Concurso. G: Grupo. CD: Complemento Destino. CE: Complemento Especifico. PL: Perfil Lingüístico. T.P: S: Singularizado. N: Normalizado.

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